Resolución de 30 de noviembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Junta de Andalucía y el Consejo Consultivo de Andalucía, en materia de seguridad y protección de los edificios judiciales, correspondiente al año 2021.

Nº de Disposición: BOE-A-2021-20353|Boletín Oficial: 294|Fecha Disposición: 2021-11-30|Fecha Publicación: 2021-12-09|Órgano Emisor: Ministerio del Interior

Habiéndose suscrito el 26 de noviembre de 2021 la adenda al convenio suscrito con fecha 18 de diciembre de 2019 entre el Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil), la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de la Junta de Andalucía y el Consejo Consultivo de Andalucía en materia de seguridad y protección de los edificios judiciales de la Comunidad Autónoma de Andalucía y del edificio sede de dicho consejo, correspondiente al año 2021, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución,

Madrid, 30 de noviembre de 2021.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver Martínez.

ANEXO

Adenda al convenio suscrito con fecha 18 de diciembre de 2019 entre el Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil), la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de la Junta de Andalucía y el Consejo Consultivo de Andalucía, en materia de seguridad y protección de los edificios judiciales de la Comunidad Autónoma de Andalucía y del edificio sede de dicho consejo, correspondiente al año 2021

A 26 de noviembre de 2021.

REUNIDOS

De una parte, don Fernando Grande-Marlaska Gómez, Ministro del Interior, según el Real Decreto 8/2020, de 12 de enero, por el que se nombran Ministros del Gobierno, en representación de este ministerio y en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra parte, don Juan Antonio Marín Lozano, Vicepresidente de la Junta de Andalucía y Consejero de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, en virtud, respectivamente, del Decreto del Presidente 3/2019, de 21 de enero, por el que se designa Vicepresidente de la Junta de Andalucía a don Juan Antonio Marín Lozano, y del Decreto del Presidente 4/2019, de 21 de enero, por el que se designan los Consejeros y las Consejeras de la Junta de Andalucía, actuando en representación de la citada consejería, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas legalmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1 y 2.i) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Y, de otra parte, doña María Jesús Gallardo Castillo, en su condición de Presidenta del Consejo Consultivo de Andalucía, actuando en representación del mismo, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto del Presidente 11/2019, de 27 de diciembre, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 6, párrafo 3.º, de la Ley 4/2005, de 8 de abril, del Consejo Consultivo de Andalucía.

EXPONEN

Que el día 18 de diciembre de 2019, se firmó un convenio entre el Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil), la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de la Junta de Andalucía y el Consejo Consultivo de Andalucía, en materia de seguridad y protección de los edificios judiciales de la Comunidad Autónoma de Andalucía y del edificio sede de dicho consejo.

Que la cláusula sexta apartado 3 del convenio dispone que, «Para las actualizaciones anuales del Convenio, que en ningún caso tendrán naturaleza de modificación de éste por tratarse de meras adaptaciones del mismo para el mejor cumplimiento del objeto y fines para los que se perfeccionó, se acordará en el seno de la Comisión Mixta de Seguimiento el número, empleos y distribución de efectivos del Cuerpo de la Guardia Civil de cada Destacamento precisos para cubrir la seguridad de los edificios bajo su responsabilidad, los incentivos al personal, las necesidades de éste y las relativas al servicio, así como los recursos económicos y materiales que aportará la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de la Junta de Andalucía y el Consejo Consultivo de Andalucía, para hacer frente a los gastos derivados de la aplicación del Convenio y sus actualizaciones. Las decisiones que acuerde la Comisión Mixta de Seguimiento se recogerán en un Acta y se trasladarán a una adenda anual al presente Convenio, que será suscrita por las mismas autoridades que éste. La actualización deberá recoger, al menos, los incrementos que establezcan las leyes anuales de presupuestos, y demás normas de aplicación, referidas a las retribuciones básicas y complementarias de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado».

Que una vez recibida de la Dirección General de la Guardia Civil la valoración económica para el año 2021 de los efectivos de personal actualizados vinculados al convenio, con fecha 9 de febrero de 2021, la Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio acordó actualizar el importe máximo del convenio para el ejercicio 2021 y que asciende a un total de quince millones ochocientos veinticuatro mil cuatrocientos veintinueve euros, con sesenta y cuatro céntimos (15.824.429,64 euros) que en la actualidad ha sido fiscalizada de conformidad por la Intervención General de la Junta de Andalucía y distribuida de la siguiente forma:

1. Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local: quince millones setecientos cincuenta y ocho mil, trescientos ochenta y ocho euros con cuarenta y seis céntimos (15.758.388,46 euros).

2. Consejo Consultivo de Andalucía: sesenta y seis mil, cuarenta y un euros con dieciocho céntimos (66.041,18 euros).

De acuerdo con lo dispuesto en la citada cláusula 6.3, las actualizaciones a que hacen referencia las estipulaciones primera, segunda y tercera de esta adenda son válidas para el ejercicio presupuestario 2021 y, de acuerdo con la cláusula 10.ª, quedan condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo en el Presupuesto de la Junta de Andalucía.

Por todo lo anterior, las partes acuerdan suscribir la presente adenda al convenio referido que se regirá por las siguientes:

ESTIPULACIONES

Primera.

Actualizar el catálogo de efectivos de personal de la Guardia Civil destinados a la prestación del servicio, acordada por la Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio con fecha 9 de febrero de 2021, con la distribución que se detalla en el anexo I del acta de la sesión de fecha 9 de febrero de 2021, de la Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio.

Segunda.

Establecer el coste máximo del convenio para el ejercicio 2021, conforme a lo acordado por la Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio con fecha 9 de febrero de 2021, en un importe de quince millones ochocientos veinticuatro mil cuatrocientos veintinueve euros, con sesenta y cuatro céntimos (15.824.429,64 euros), por los conceptos y la distribución que se detalla en el anexo II del acta de la sesión de fecha 9 de febrero de 2021, de la Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio.

Tercera.

El coste del convenio para el ejercicio 2021 se ha establecido conforme a la legislación vigente en materia de retribuciones de personal de la Guardia Civil. No obstante, si en el futuro las retribuciones de los efectivos vinculados al convenio experimentaran alguna alteración como consecuencia de la publicación de otras normas que le fueran de aplicación, el mismo se entenderá automáticamente actualizado de forma concordante con dichas normas. En este caso, para llevar a cabo el posible reajuste de los documentos contables en vigor, la Dirección General de la Guardia Civil efectuará una nueva valoración detallada de los costes anuales del convenio, de acuerdo con la cual, la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local y el Consejo Consultivo de Andalucía, realizarán el oportuno ajuste contable, de forma que los sucesivos pagos mensuales queden garantizados.

Cuarta.

El Convenio entre el Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil), la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de la Junta de Andalucía y el Consejo Consultivo de Andalucía en materia de seguridad y protección de los edificios judiciales de la Comunidad Autónoma de Andalucía y del edificio sede de dicho consejo, de 18 de diciembre de 2019, queda modificado como sigue:

Uno. El apartado 1 de la cláusula segunda queda redactado del siguiente modo:

«1. La Dirección General de la Guardia Civil mantendrá en la Comunidad Autónoma de Andalucía destacamentos específicos para la prestación de los servicios de vigilancia y protección de los edificios e instalaciones judiciales dependientes administrativamente de la citada Comunidad Autónoma y de la sede del Consejo Consultivo de Andalucía, ubicada en la ciudad de Granada. Tales destacamentos se encuadrarán en una unidad en cada Comandancia con dependencia orgánica y funcional del mando correspondiente de la Guardia Civil.

Las sedes de los edificios e instalaciones a proteger así como el número total de efectivos encargados de su seguridad, se determinarán en el seno de la Comisión Mixta de Seguimiento.

Consecuentemente, la Comisión Mixta de Seguimiento, siempre que no supongan la modificación del contenido mínimo y esencial del convenio podrá acordar las medidas oportunas en cuanto a las necesidades del servicio u organizativas de la Comunidad, que sean necesarias para cubrir la vigilancia de las sedes que se determinen, relativas a la ampliación o reducción del número de efectivos de la Guardia Civil preciso en cada sede, así como sus empleos, siempre y cuando no comporte un incremento en el gasto ni en el número total de efectivos de la Comunidad Autónoma. Igualmente se podrá ampliar o modificar el número de las sedes a proteger.»

Dos. Se añade un segundo párrafo al apartado 1 de la cláusula cuarta, con la siguiente redacción:

«La aportación de la Junta de Andalucía y del Consejo Consultivo de Andalucía a la Dirección General de la Guardia Civil, se efectuará mediante los oportunos ingresos en la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, a favor de la Dirección General de la Guardia Civil, acorde a los importes que figuren en las certificaciones emitidas por los órganos competentes de dicha Dirección General, a efectos de la generación de crédito en su presupuesto de gastos.»

Tres. El apartado 2 de la cláusula Cuarta queda redactado del siguiente modo:

«2. Partiendo del acuerdo que adopte la Comisión Mixta de Seguimiento, conforme a lo señalado en el punto 3 de la cláusula sexta y en el punto 1 de la cláusula segunda, la Dirección General de la Guardia Civil hará llegar a la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local y al Consejo Consultivo de Andalucía un documento conteniendo razonadamente el coste máximo que deberán asumir, por todos y cada uno de los conceptos de retribuciones complementarias, productividad, prestación del servicio en días festivos y nocturnos, prestación combinada del servicio, indemnizaciones por razón del servicio, incentivos por desplazamientos y prestación voluntaria de servicios en sedes judiciales distintas a las de su destacamento de destino, armamento y equipación policial y uniformidad, para cada uno de los ejercicios presupuestarios de su vigencia. Dicha estimación se efectuará valorando la prestación del servicio según los costes unitarios establecidos en las sucesivas leyes de Presupuestos Generales del Estado y conforme a la normativa reguladora de las retribuciones, indemnizaciones por razón del servicio, etc., de aplicación a los miembros de la Guardia Civil.

El Convenio se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 227.01.14B de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local y 227.01.11D del Consejo Consultivo.

La formalización de la actualización o adaptación del Convenio a las nuevas necesidades surgidas no podrá tener lugar sin la previa fiscalización de conformidad por parte de la Intervención General de la Junta de Andalucía.

La Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local y el Consejo Consultivo de Andalucía abonarán mensualmente, contra certificación del órgano en cada caso competente de la Guardia Civil, los gastos derivados del presente Convenio.

Efectuados los ingresos, la Junta de Andalucía y el Consejo Consultivo de Andalucía aportarán a la Dirección General de la Guardia Civil la documentación necesaria al objeto de iniciar los trámites preceptivos para poder generar el crédito necesario en el presupuesto de gastos de la Dirección General.»

Cuatro. El apartado 3 de la cláusula 6.ª queda redactado del siguiente modo:

«3. Para las actualizaciones anuales del Convenio, que en ningún caso tendrán naturaleza de modificación de éste por tratarse de meras adaptaciones del mismo para el mejor cumplimiento del objeto y fines para los que se perfeccionó, se acordará en el seno de la Comisión Mixta de Seguimiento el número, empleos y distribución de efectivos del Cuerpo de la Guardia Civil de cada Destacamento precisos para cubrir la seguridad de los edificios bajo su responsabilidad, los incentivos al personal, las necesidades de éste y las relativas al servicio, así como los recursos económicos y materiales que aportará la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de la Junta de Andalucía y el Consejo Consultivo de Andalucía, para hacer frente a los gastos derivados de la aplicación del Convenio y sus actualizaciones.

La actualización deberá recoger, al menos, los incrementos que establezcan las leyes anuales de presupuestos, y demás normas de aplicación, referidas a las retribuciones básicas y complementarias de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Las decisiones que acuerde la Comisión Mixta de Seguimiento se recogerán en un Acta y se trasladarán a un acuerdo que será suscrito por las mismas autoridades firmantes del presente Convenio, salvo que supongan una modificación de los términos del mismo, en cuyo caso habrá de tramitase la correspondiente adenda.»

Cinco. El párrafo tercero de la cláusula décima queda redactado del siguiente modo:

«En el caso de prórroga, resolución o modificación del Convenio, no teniendo tal naturaleza las simples actualizaciones anuales que no supongan la modificación del contenido mínimo y esencial del convenio y que podrán ser acordadas en el seno de la Comisión de Seguimiento, se requerirá igualmente su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de órganos e instrumentos de cooperación del Sector Público.»

Quinta.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la presente adenda se formaliza con la firma de las partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima. Asimismo, serán publicados en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

Sexta.

Las partes prestan expresamente su consentimiento para que se dé al presente convenio la publicidad exigida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Y en prueba de conformidad, firman el presente documento electrónicamente en el lugar indicado y en la fecha de firma.–El Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska Gómez.–El Vicepresidente de la Junta de Andalucía y Consejero de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, Juan Antonio Marín Lozano.–La Presidenta del Consejo Consultivo de Andalucía, María Jesús Gallardo Castillo.