Resolución de 30 de octubre de 2017, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Federación de Asociaciones de Personas Sordociegas de España, para la celebración del encuentro de jóvenes sordociegos de España 2017 en Sabiñanigo (Huesca) y el encuentro de mujeres sordociegas en Madrid.

Nº de Disposición: BOE-A-2017-13412|Boletín Oficial: 283|Fecha Disposición: 2017-10-30|Fecha Publicación: 2017-11-21|Órgano Emisor: Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

El Real Patronato sobre Discapacidad y la Federación de Asociaciones de Personas Sordociegas de España (Fasocide) han suscrito, con fecha 8 de mayo de 2017, un Convenio de colaboración para la celebración del encuentro de jóvenes sordociegos de España 2017 en Sabiñanigo (Huesca) y el encuentro de mujeres sordociegas en Madrid, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 30 de octubre de 2017.–El Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, Mario Garcés Sanagustín.

ANEXO

Convenio de colaboración entre el Real Patronato sobre Discapacidad y la Federación de Asociaciones de Personas Sordociegas de España (Fasocide) para la celebración del encuentro de jóvenes sordociegos de España 2017 en Sabiñánigo (Huesca) y el encuentro de mujeres sordociegas en Madrid

En Madrid, a 8 de mayo de 2017.

REUNIDOS

De una parte, don Mario Garcés Sanagustín, Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, nombrado por Real Decreto 539/2016, de 18 de noviembre («BOE» núm. 280, del 19), en calidad de Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, y conforme a lo establecido en el Real Decreto 200/2012, de 23 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2. g) del Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad, aprobado por el Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, modificado por Real Decreto 1/2013, de 11 de enero.

Y, de la otra, don Francisco Javier Trigueros Molina, con docuento nacional de identidad número 52.777.884-Z, presidente de la Federación de Asociaciones de Personas Sordociegas de España (Fasocide), con CIF G86394327 y domicilio social en la calle Prim, número 3, 3.º 308, 28004 Madrid (Madrid), nombrado en Asamblea General Extraordinaria de 6 de abril de 2014, según consta en la Resolución de Inscripción de los titulares de la junta directiva en el Registro Nacional de Asociaciones, en nombre y representación de la entidad y de acuerdo con las facultades que le otorga.

Las partes intervienen en la representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para obligarse y convenir, y al efecto

EXPONEN

Primero.

Que el Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo de la Administración General del Estado, que tiene encomendada, entre otras funciones recogidas en el artículo 3 de su Estatuto, promover la aplicación de los derechos humanos, los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos a las acciones sobre discapacidad, facilitar la colaboración entre distintas instituciones, prestar apoyos a organismos en materia de estudios, investigación y desarrollo, información, documentación y formación, emitir dictámenes técnicos y recomendaciones y desarrollar actividades como órgano técnico de encuentro, reflexión, debate y propuesta, así como difundir y promover el más amplio conocimiento de la discapacidad.

Segundo.

Que la Federación de Asociaciones de Personas Sordociegas de España (Fasocide) tiene como fines primordiales entre otros promover y desarrollar la participación e inserción de las Personas Sordociegas en la vida social española, facilitando la misma en las instituciones tanto públicas como privadas, así como fomentar, buscar y crear todo tipo de actuaciones que permitan cubrir las necesidades específicas de las personas sordociegas en todos los ámbitos para mejorar su calidad de vida, procurando su desarrollo humano, intelectual y social.

Tercero.

Que el Real Patronato sobre Discapacidad y la Federación de Asociaciones de Personas Sordociegas de España (Fasocide) reconocen que la realización de actividades conjuntas es un vehículo que facilita la integración social de las personas con discapacidad, así como un medio de sensibilizar a la sociedad, lo que favorece la rehabilitación y reinserción social de esta personas.

Este convenio es uno de los definidos en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y se encuentra, por consiguiente, sometido al régimen jurídico que dicha norma establece para los convenios.

Por todo lo expuesto, ambas partes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.1.d) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, y en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente Convenio de colaboración tiene por objeto instrumentar la participación conjunta entre el Real Patronato sobre Discapacidad y la Federación de Asociaciones de Personas Sordociegas de España en la realización de las siguientes actividades:

– «Encuentro de Jóvenes Sordociegos de España 2017», que se celebrará en Sabiñanigo (Huesca).

– «Encuentro de Mujeres Sordociegas», que se celebrará en Madrid.

La colaboración entre el Real Patronato sobre Discapacidad y la Federación de Asociaciones de Personas Sordociegas de España durante el año 2017, para ejecutar los encuentros, se desarrollará con las actuaciones expresadas en el Anexo unido a este acuerdo.

Segunda. Compromisos del Real Patronato sobre Discapacidad.

El Real Patronato sobre Discapacidad aportará:

• La participación del personal en el diseño genérico de los programas, tanto del encuentro de jóvenes sordociegos como del encuentro de mujeres sordociegas, en el desarrollo de los contenidos y metodología a emplear, así como en la organización de la programación. Igualmente, la participación del personal técnico del Real Patronato sobre Discapacidad en el desarrollo y ejecución de los encuentros, con una comunicación adecuada al programa y presencia en el acto inicial o de clausura, así como participación activa en las mesas redondas que se celebren en los encuentros.

• La gestión a nivel institucional de los encuentros. Las relaciones con los organismos e instituciones implicadas o interesadas en la realización de las actividades conveniadas, tanto a nivel de administración institucional como territorial en cualquiera de sus ámbitos, ya sea local, autonómica o estatal.

• La comunicación y difusión de las actividades, objeto de este convenio, en los soportes, redes sociales y medios de comunicación en los que el Real Patronato sobre Discapacidad tenga presencia.

• El asesoramiento técnico específico referido al fondo documental y bibliográfico del que dispone el Real Patronato sobre Discapacidad, que resulte necesario para la realización de las actividades programadas, y en particular, los fondos del Centro Español de Documentación sobre la Discapacidad.

• Una aportación económica de quince mil euros con veintiséis céntimos (15.000,26 euors) con cargo a la aplicación 26.106.231F.226.06 del presupuesto de gastos del Organismo para el año 2017, y destinada a cofinanciar las actividades objeto de este convenio, conforme figura en el anexo.

En cumplimiento del apartado 3 del artículo 21 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, el abono de la aportación económica del Real Patronato sobre Discapacidad se efectuará una vez justificadas las actividades previstas mediante la presentación de las correspondientes facturas y/o justificantes de gastos. El ingreso se realizará en la cuenta número ES06 2100 6407 3402 0005 0383.

Dicho abono se efectuará contra certificado suscrito por el Director del organismo, acreditativo de la realización de las actividades y de la recepción de conformidad de la justificación documental correspondiente.

Tercera. Compromisos de la Federación de Asociaciones de Personas Sordociegas de España (Fasocide).

La Federación de Asociaciones de Personas Sordociegas de España se compromete a colaborar en el objeto de este Convenio, a través de:

• La participación de los cuadros directivos y técnicos en el diseño genérico de los programas, en el desarrollo de los contenidos y metodología a emplear, así como en la organización de las propias actividades, tanto del encuentro de jóvenes sordociegos como del encuentro de mujeres sordociegas.

• La participación activa de los recursos humanos de los que dispone en el desarrollo y ejecución de los encuentros.

• La comunicación y difusión de las actividades, objeto de este convenio, en los soportes, redes sociales y medios de comunicación que sean utilizados habitualmente por Fasocide.

• Una aportación económica de siete mil treinta y tres euros con dos céntimos (7.033,02 euros), destinada a cofinanciar las actividades previstas en el anexo de este Convenio. La citada aportación económica se efectuará a medida que las actividades lo requieran y, en todo caso, deberá estar desembolsada en su totalidad antes de que finalicen los efectos del presente Convenio.

Cuarta. Ausencia de relación laboral.

La relación del personal de la Federación con el Real Patronato sobre Discapacidad no supondrá más compromiso que el estipulado en el presente Convenio, ni del mismo se deriva obligación alguna propia de un contrato laboral ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.

Quinta. Derechos de explotación.

Los derechos de explotación, en todas las modalidades, de la documentación que se produzca como consecuencia de las actuaciones contempladas en el presente Convenio y sin perjuicio de lo dispuesto en la Sección segunda del Capítulo III del Título II Libro I de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, serán propiedad del Real Patronato sobre Discapacidad, en la parte proporcional al porcentaje de financiación. Dicha documentación podrá utilizarse en los cursos y actividades que se programen desde este organismo siempre que cuente con el consentimiento de la Federación de Asociaciones de Personas Sordociegas de España y respetando, en todo caso, el derecho moral que le corresponde al autor de la documentación y que es inalienable según el artículo 14 del citado texto legal.

Sexta. Logotipo.

Asimismo, la documentación y la información tanto impresa como electrónica sobre las actividades objeto del presente Convenio deberán incluir el logotipo del Real Patronato sobre Discapacidad y hacer referencia a este organismo en su calidad de coorganizador, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, que establece los criterios de imagen institucional y regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado y de acuerdo a lo establecido en la Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Guía de Comunicación Digital para la Administración General del Estado.

Séptima. Obligaciones.

La Federación de Asociaciones de Personas Sordociegas de España se obliga a:

1. Elaborar una nota de prensa con detalle del contenido de las actividades a realizar, tanto del encuentro de jóvenes sordociegos como del encuentro de mujeres sordociegas, con anterioridad, o durante o después de su celebración. Igualmente, se elaborará una nota de prensa con las especificaciones de los trabajos realizados después del desarrollo del encuentro y de las actividades formativas. Dichas notas se enviarán al Real Patronato sobre Discapacidad, que podrá utilizarlas en los medios de comunicación que considere oportunos para el cumplimiento de sus fines de difusión.

2. Elaborar una memoria anual de las actuaciones desarrolladas objeto de este convenio, incluyendo las notas de prensa citadas anteriormente, tanto en soporte papel como en soporte informático.

3. Justificar al Real Patronato sobre Discapacidad la totalidad de los gastos y pagos realizados.

Gastos: se remitirá una relación detallada de todos los gastos realizados indicando su naturaleza así como la cuantía total para cada tipo de gasto.

Deberán adjuntarse los originales de las facturas y/o documentos contables de valor probatorio equivalente justificativos del gasto realizado, y si se pidiese la devolución de los mismos, se deberá solicitar expresamente y, en este caso, adjuntar también fotocopias de los mismos.

Los gastos o los compromisos de gastos previstos, deberán realizarse desde la fecha de la firma del Convenio hasta la finalización de la actividad.

Pagos: Los pagos efectuados deberán justificarse en el plazo de un mes desde la recepción de la aportación correspondiente al Real Patronato sobre Discapacidad. El incumplimiento de este extremo conllevará la obligación de reintegro parcial o total de los fondos recibidos, así como el pago de intereses de demora que se devenguen desde el día en el que se realizó el pago hasta el momento en el que se acuerde la procedencia del reintegro.

El tipo de interés de demora aplicable será el que se estipula en el artículo 17 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

4. En todo caso, la aportación de la Memoria Anual de actuaciones desarrolladas y la justificación de gastos efectuados, debe realizarse como fecha límite el 10 de noviembre de 2017.

Octava. Comisión de seguimiento.

Con el fin de facilitar la coordinación y el seguimiento del presente Convenio se constituirá una Comisión mixta, que estará formada por dos representantes de cada una de las partes.

Los dos representantes del Real Patronato sobre Discapacidad serán designados por el Director de dicho organismo y los dos representantes de la Federación serán designados por el Presidente.

La Comisión se reunirá tantas veces como sea necesario para la buena marcha de las actuaciones a desarrollar en el marco del Convenio.

La Comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente Convenio y supletoriamente por lo estipulado en la Sección tercera, del Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Novena. Modificación del Convenio.

Los términos de este Convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes suscriptoras, siempre que no suponga un incremento del coste de las actividades a desarrollar. Dicha modificación se hará efectiva por acuerdo de las partes a propuesta de la Comisión mixta, y se incorporará como parte inseparable del texto del Convenio. En todo caso, la modificación del Convenio exigirá la suscripción del correspondiente acuerdo de modificación por parte de las entidades firmantes del mismo, limitándose la Comisión mixta a proponer que se lleve a cabo dicha modificación.

Décima. Protección de datos.

En cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal se informa al representante de la Federación de Asociaciones de Personas Sordociegas de España de que sus datos personales se incorporan en ficheros de datos de carácter personal cuya titularidad ostenta el Real Patronato sobre Discapacidad con la finalidad de gestionar las relaciones institucionales, los convenios y la agenda de contactos. Se informa asimismo de que tiene la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que legalmente le corresponden mediante carta dirigida al Real Patronato sobre Discapacidad, ref. Protección de datos, calle Serrano, 140, 28006 Madrid.

Undécima. Plazo de vigencia.

El presente Convenio surtirá efectos a partir de la fecha de su firma en los términos previstos en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y tendrá eficacia hasta el 10 de noviembre de 2017. No procede la prórroga del convenio.

Duodécima. Extinción del convenio.

Serán causas de extinción de este convenio, el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución, siendo éstas las señaladas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Será motivo de resolución, el incumplimiento total o parcial de las obligaciones contenidas en el mismo por alguna de las partes.

Los efectos de la resolución del Convenio se regirán por lo previsto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo que resulte de aplicación al Convenio que nos ocupa.

Decimotercera. Responsabilidad civil.

El Real Patronato sobre Discapacidad queda exonerado de cualquier responsabilidad civil derivada de la ejecución de la actividad objeto de este convenio.

Decimocuarta. Resolución de controversias y jurisdicción.

Este Convenio tiene naturaleza administrativa, según lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Se regirá por las estipulaciones en él contenidas y, en lo no previsto en éstas, así como para la resolución de las dudas que pudieran presentarse, por lo dispuesto en el Título Preliminar, Capítulo VI, de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Las controversias que pudieran surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos se resolverán entre las partes agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben el presente Convenio de colaboración por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.–El Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, Mario Garcés Sanagustín.–El Presidente de la Federación de Asociaciones de Personas Sordociegas de España, Francisco Javier Trigeros Molina.

ANEXO

Actividades

1. Encuentro de jóvenes sordociegos

La comisión de juventud de Fasocide comenzó a trabajar en 2015.

Por ahora está compuesta por las comisiones de juventud de diferentes miembros de Fasocide: Asocide-Euskadi, Asocide, Asocide-Cataluña y Asocide-CV.

Los/as jóvenes sordociegos/as componen un colectivo que se enfrenta en el día a día a una serie de retos muy específicos. La Sordoceguera es una discapacidad que resulta de la combinación de dos deficiencias sensoriales (visual y auditiva). Dos deficiencias sensoriales multiplican e intensifican el impacto, generando una discapacidad severa que es diferente y única.

La sordoceguera genera en las personas que la padecen problemas de comunicación únicos y necesidades especiales derivadas de la dificultad para percibir de manera global, conocer, y por tanto interesarse y desenvolverse en su entorno.

Los/as jóvenes sordociegos/as están en un momento clave de su desarrollo. En la mayoría de los casos, la Sordoceguera empieza a manifestarse en la juventud. Esta discapacidad implica una serie de limitaciones y barreras, especialmente relativas a la comunicación, que pueden afectar de manera radical al desarrollo de la persona en diferentes esferas de su vida (personal, social, formativo-profesional). Dependiendo de la persona y su contexto, el joven sordociego/a utilizará diferentes sistemas de comunicación, ya sea lengua de signos a corta distancia, lengua de signos apoyada (se recibe por el tacto), lengua oral adaptada (volumen alto, poca distancia, evitando ruidos del entorno, etc.) así como diferentes medios tecnológicos para la comunicación a distancia (video conferencia, adaptación de las pantallas de ordenadores y móviles, líneas braille, etc.)

Para poder desarrollarse de modo satisfactorio, es de vital importancia que los/as jóvenes Sordociegos/as puedan asumir su nueva condición, contando con todos los recursos necesarios para su desarrollo personal, social y formativo-laboral, y en un marco en el que puedan conocer y compartir experiencias con jóvenes Sordociegos/as como ellos, que así mismo puedan servir de modelos con los que identificarse y que les aporten motivación para enfrentarse a las barreras a las que se enfrentan en su vida cotidiana.

La organización del Encuentro, entre Fasocide, desde la Comisión de Juventud y el Real Patronato sobre Discapacidad, se encargan conjuntamente de la organización de este encuentro, contando con la colaboración de las asociaciones que componen Fasocide.

Tanto Fasocide como el Real Patronato sobre Discapacidad consideran que un Encuentro como este es una gran oportunidad para los jóvenes sordociegos: conocer nuevos lugares, practicar deporte, hacer amigos, ver que hay más gente como ellos, disfrutar del ambiente nocturno, disfrutar de la gastronomía. Se trata de que se disfrute como lo que se es.

En el encuentro puede disfrutarse de una comunicación sin barreras, una movilidad sin barreras, la participación en actividades lúdicas sin barreras; asimismo, se trata de construir su propia identidad y la autoestima, gracias a la interacción con otros iguales, de potenciar capacidades y paliar debilidades, así como de enriquecer la cultura, y en definitiva la vida de estas personas.

Es un encuentro para los jóvenes sordociegos, entre 18 y 35 años aproximadamente, para saber si tienen que participar al conocer sus casos particulares, por si son casos que han estado sometidos a aislamiento o sobreprotección, etc.

El encuentro de jóvenes sordociegos de España, se realizará del 4 al 8 de julio en Huesca (Aragón), en el Centro vacacional Isín (Sabiñanigo).

Se estima que acudirán jóvenes sordociego/as: 25, Guías-Intérpretes = 14 Coordinador/a = 2 Voluntarios = 5. Para que se vean satisfechas las necesidades de comunicación, información, movilidad y seguridad de todos nosotros. Sin ellos no habrá encuentro, son imprescindibles.

Los coordinadores, guías-intérpretes y voluntarios son personal externo al RPD y a Fasocide.

En el Encuentro se disfrutará de:

• Comunicación sin barreras.

• Movilidad sin barreras.

• Participar en actividades lúdicas sin barreras.

• Construir mi identidad, mi autoestima, etc., gracias a la interacción con mis otros iguales.

• Potenciar mis capacidades, paliar mis debilidades.

• Enriquecer mi cultura, mi vida.

• Muchas otras más ventajas.

Observaciones: dependiendo del nivel de autonomía y sistemas de comunicación de los participantes el número de personas voluntarias podrá variar, para poder cubrir las necesidades del grupo.

Presupuesto estimado: XV Encuentro de Jóvenes Sordociegos de España en Isín (Huesca) del 4 al 8 de julio de 2017.

Gastos alojamiento y manutención

Número de participantes

Importe total

Euros

4, 5 y 6 de julio.

Albergue Centro vacacional Isín (Huesca).

En régimen de pensión completa.

(26,00 € × persona x día).

14 Guías-intérpr.

2 coordinadores/as.

5 voluntarios/as.

(Los coordinadores, guías-intérpretes y voluntarios son personal externo al RPD y a Fasocide).

1.638,00

7 de julio.

Albergue Centro vacacional Isín (Huesca).

En régimen de media pensión (21,00 € × persona).

14 Guías-intérpr.

2 coordinadores/as.

5 voluntarios/as.

(Los coordinadores, guías-intérpretes y voluntarios son personal externo al RPD y a Fasocide).

441,00

7 de julio.

Experiencia Gastronómica, probando nuevos sabores.

30,00 € × persona.

14 Guías-intérpr.

2 coordinadores/as.

5 voluntarios/as.

(Los coordinadores, guías-intérpretes y voluntarios son personal externo al RPD y a Fasocide).

630,00

8 de julio.

Albergue Centro vacacional Isín (Huesca).

Comida 6,00 € × persona.

14 Guías-intérpr.

2 coordinadores/as.

5 voluntarios/as.

(Los coordinadores, guías-intérpretes y voluntarios son personal externo al RPD y a Fasocide).

126,00

Total.

2.835,00

Gastos salariales

Salario

Euros

Seguridad Social

Euros

Total

Euros

Importe total

Euros

14 guías-intérpretes (Personal externo al RPD y a FASOCIDE).

500,00

202,98

702,98

9.841,72

2 coordinadores/as (Personal externo al RPD y a FASOCIDE).

600,00

243,58

843,58

1.687,16

11.528,88

Otros gastos

Importe total

Euros

Autocar para desplazamientos ida y vuelta desde punto de encuentro en Zaragoza y desplazamientos diarios en las actividades.

2.304,50

Gastos de actividades (tirolina, arbolismo, visitas guíadas.

1.200,00

Total presupuesto XV encuentro de jóvenes sordociegos: 17.868,38 euros.

Aportación Real Patronato sobre Discapacidad (68,08%): 12.164,80 euros.

Aportación Fasocide (31,92%): 5.703,58 euros.

Comisión de mujer

Las mujeres sordociegas se enfrentan en su vida cotidiana a una multitud de barreras en el acceso a la información y a la comunicación que tienen como consecuencia, entre otras, falta de autonomía, dificultades para el pleno desarrollo personal, educativo, profesional y social, y un alto nivel de aislamiento. Las mujeres tienen que sumar a las dificultades a las que se enfrentan por su discapacidad otra serie de barreras y discriminaciones específicas derivadas de su condición como mujeres. La falta de acceso a la comunicación y la información tiene un impacto en el desarrollo de las diferentes esferas de su vida: personal, educativa, sexual, familiar, reproductiva, y profesional. La doble discriminación que se produce en la convergencia de los ejes de género y discapacidad, genera graves situaciones de violación de derechos humanos. Es de máxima importancia que estas mujeres puedan identificar sus necesidades, puedan establecer lazos con otras mujeres que compartan su misma situación, puedan acceder a toda la información relativa a sus derechos y tengan acceso a todos los servicios, tanto generales como específicos para mujeres, con o sin discapacidad, que aseguren su completo desarrollo y bienestar.

La Comisión de Mujer de Fasocide se crea en abril de 2016, aprobándose su creación en la asamblea general de Fasocide. Esta comisión surge con el objetivo de mejorar la calidad de vida de uno de los colectivos que se han identificado como más vulnerables dentro del conjunto de las personas sordociegas: las mujeres sordociegas.

La recién creada Comisión de Mujer de Fasocide tiene como objetivo asegurar que las necesidades específicas de las mujeres Sordociegas sean identificadas y cubiertas, construyendo paso a paso un camino hacia la igualdad de oportunidades para este colectivo, el cual se enfrenta a importantes problemas de acceso a la comunicación y la información. En este sentido, entre las atribuciones de la Comisión de Mujer recogidas en los estatutos de Fasocide se encuentran:

• Presentar propuestas de programas y actividades.

• Elaborar propuestas de formación e innovación en promoción del empleo.

• Participar en jornadas y congresos de interés para mujeres sordociegas, y difundir la información entra las socias.

• Promover la participación de las mujeres sordociegas en la vida asociativa.

• Colaborar con instituciones públicas y privadas en asuntos relativos a la mujer y a la igualdad de oportunidades.

• Canalizar propuestas que prevengan o eliminen acciones de maltrato dirigidas a mujeres sordociegas.

• Mantener intercambios con organizaciones de mujeres sordociegas de otros países, y participar en comisiones de mujer de otros países.

A partir de la creación de la Comisión de Mujer, el primer paso ha consistido en empezar a dar a conocer la existencia de la comisión y sus objetivos al resto de mujeres Sordociegas. Dadas las barreras de acceso a la comunicación y a la información a las que se enfrente este colectivo, es importante poder aprovechar las escasas oportunidades en que el colectivo puede juntarse en un mismo espacio y contar con la presencia de guías-intérpretes profesionales. En este sentido, se aprovechó la oportunidad que ofrecía el pasado XVI Encuentro Nacional de Personas Sordociegas en Pontevedra (6-9 octubre 2016). En dicho encuentro se reservó una franja horaria para presentar la recién creada Comisión de Mujer a todas las mujeres Sordociegas que desearan informarse. Hubo una gran afluencia de público. El acto, que estuvo precedido por la presentación del presidente de Fasocide, consistió en la presentación de la comisión por su representante Marina Martín. Las mujeres asistentes mostraron interés en la Comisión, y se quedó a la espera de las diferentes propuestas que de la misma salieran. Aunque esta presentación tuvo muy buena acogida, fue breve y las diferentes mujeres quedaron con ganas de conocerse mejor, compartir las necesidades derivadas de su condición de mujeres sordociegas y a la espera de propuestas más concretas para empezar a conocerse y trabajar.

El siguiente paso ha sido la contratación de una guía-intérprete/asistente 10 horas semanales para apoyar la labor de la representante de la comisión. Esto permite empezar a desarrollar actividades y proyectos más concretos. Posteriormente, se ha empezado a contactar vía correo electrónico a las diferentes mujeres que son miembro de las asociaciones que forman parte de Fasocide, para empezar a conocerlas mejor e identificar mejor sus necesidades.

Actualmente la Comisión de Mujer se ha lanzado a organizar su primer encuentro estatal de mujeres sordociegas.

I Encuentro de Mujeres Sordociegas-2017.

Comunidad de Madrid.

1. ¿Quién lo organiza?

El Real Patronato sobre Discapacidad y Fasocide, desde la Comisión de Mujer, se encargan de la organización de este encuentro, contando con la colaboración de las asociaciones que componen Fasocide.

2. ¿Para qué se hace el encuentro?

Este encuentro es una gran oportunidad para las mujeres sordociegas. Desde la reciente creación de la comisión no ha existido la oportunidad de pasar tiempo juntas entre mujeres, tener la oportunidad de conocerse mejor, de fortalecer los lazos entre mujeres de diferentes asociaciones miembro, de compartir experiencias y generar lazos que permitan empezar a construir el trabajo de la comisión. Entendemos que conocerse y disfrutar juntas establece una base sólida para el trabajo posterior que pueda desarrollarse desde la comisión.

3. ¿Por qué un encuentro?

El encuentro permite salir del aislamiento, compartir tiempo y disfrute con otras mujeres que viven situaciones parecidas, y en un ambiente distendido establecer vínculos de disfrute y confianza.

En el encuentro las mujeres sordociegas disfrutarán de:

• Comunicación sin barreras.

• Movilidad sin barreras.

• Participación en actividades lúdicas sin barreras.

• Construcción de identidad grupal como mujeres Sordociegas y mejora de la autoestima, gracias a la interacción con otras mujeres.

4. ¿Para quiénes es?

Para mujeres sordociegas mayores de 18 años. En este primer encuentro, que se plantea como un encuentro piloto, se pretende la participación de alrededor de 10 mujeres Sordociegas, participando mujeres de las diferentes asociaciones miembro de Fasocide. La participación de un grupo reducido de mujeres permite fomentar la interacción entre ellas, facilitando la generación de confianza, el disfrute y el establecimiento de lazos que puedan ser mantenidos en el tiempo y en la distancia, siendo de este modo aprovechados más adelante para el crecimiento sostenible de la Comisión y para el desarrollo de otras actividades de la misma.

5. ¿Dónde y cuándo tendrá lugar el encuentro?

Se celebrará durante un fin de semana, a determinar en la segunda quincena de septiembre o en la primera semana de octubre.

Tendrá lugar en la Comunidad Autónoma de Madrid, cuya centralidad geográfica facilita los desplazamientos desde diferentes puntos de España y el aprovechamiento del tiempo para el encuentro.

6. ¿Qué necesitaremos?

9 guías-intérpretes y 1 coordinadora para que se vean satisfechas las necesidades de comunicación, información, movilidad y seguridad de todo el grupo.

7. Presupuesto estimado.

Gastos salariales

Salario (2 días)

Euros

Seguridad Social

Euros

Total

Euros

Importe total

Euros

10 guías-intérpretes (Personal externo al RPD y a Fasocide).

218,00

88,49

306,49

3.064,90

Gastos Alojamiento y manutención

N.º participantes

Importe total

Euros

Alojamiento y desayuno 1 noche.

Precio estimado por persona 50,00 euros.

10 Guías-intérp. (Personal externo al RPD y a Fasocide).

500,00

2 comidas y 1 cena.

Precio estimado 20 euros por persona y menú.

10 Guías-intérp. (Personal externo al RPD y a Fasocide).

600,00

Total.

1.100,00

Total presupuesto I encuentro de mujeres sordociegas: 4.164,90 euros.

Aportación Real Patronato sobre Discapacidad (68,08%): 2.835,46 euros.

Aportación FASOCIDE (31,92%): 1.329,44 euros.

Los gastos a efectuar con cargo a las aportaciones de las partes, a efectos de justificación tendrán carácter estimativo entre ellos. Al tratarse de cuantías estimadas se permitirá una variación de un + 20% entre las partidas presupuestadas, siempre que en otras haya un déficit por la misma cantidad y cuando no se supere el importe total de las actividades a realizar. En caso de que la variación sea superior y se vaya a compensar con la reducción de otras partidas sin incrementar el gasto total será de aplicación lo previsto en la cláusula novena.

En el caso de que el coste real de la actividad fuera inferior al presupuestado se reducirán proporcionalmente las aportaciones de cada una de la partes en relación a la aportación inicial comprometida por cada una de ellas.