Resolución de 31 de enero de 2023, del Instituto Cervantes, por la que se publica la Tercera Adenda de extensión del Convenio con la Fundación Premio Convivencia Ciudad Autónoma de Ceuta.

Nº de Disposición: BOE-A-2023-3057|Boletín Oficial: 31|Fecha Disposición: 2023-01-31|Fecha Publicación: 2023-02-06|Órgano Emisor: Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la tercera Adenda del Convenio entre el Instituto Cervantes y la Fundación Premio Convivencia Ciudad Autónoma de Ceuta suscrito el 29 de octubre de 2020.

Madrid, 31 de enero de 2023.–La Secretaria General del Instituto Cervantes, Carmen Noguero Galilea.

TERCERA ADENDA DE EXTENSIÓN DEL CONVENIO ENTRE EL INSTITUTO CERVANTES Y LA FUNDACIÓN PREMIO CONVIVENCIA CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA, SUSCRITO EL 29 DE OCTUBRE DE 2020

De una parte, don Luis Manuel García Montero, Director del Instituto Cervantes, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 933/2018, de 20 de julio (BOE de 21 de julio), de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, actúa en nombre y en representación del Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos de la presente adenda en la calle Alcalá, 49, 28014 Madrid, con NIF Q-2812007 I.

Y de otra parte, don Carlos Rontomé Romero, Consejero de Educación y Cultura de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en virtud de su nombramiento por Decreto de 21 de junio de 2019, de la Presidencia de la Ciudad de Ceuta, y Presidente de la Fundación Premio Convivencia Ciudad Autónoma de Ceuta, cargo para el que fue nombrado por acuerdo del Patronato de dicha Fundación, en su sesión de 18 de julio de 2019, que fue elevado a público mediante la escritura otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Andalucía don Francisco Javier Balsera Ruiz, el 16 de octubre de 2019, con el número 2751 de su protocolo, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de sus Estatutos, actúa en nombre y en representación de la citada Fundación, con domicilio a los efectos de la presente adenda en paseo del Revellín, 30, 3.ª, 51001, de Ceuta, y con NIF G-51000024.

Las partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir la presente adenda y, a tal efecto

EXPONEN

I. Que el Instituto Cervantes (en adelante el IC) y la Fundación Premio Convivencia Ciudad Autónoma de Ceuta (en adelante, la Fundación) suscribieron, el 29 de octubre de 2020, un convenio con el objeto de establecer las condiciones para que la Fundación colaborase en la financiación del programa de actividades culturales del IC en Tetuán, Marruecos, con efectos desde su publicación en el BOE el 13 de noviembre de 2020, prorrogado y modificado mediante adenda de 5 de marzo de 2021 (BOE de 17 de marzo) y prorrogado mediante adenda de extensión de 23 de diciembre de 2021 (BOE de 31 de diciembre).

II. Que en la cláusula séptima del citado convenio se establece que las partes pueden suscribir acuerdos de prórroga por años naturales que se incorporarán al mismo progresivamente, a medida que se vayan formalizando. En dichos acuerdos se detallarán las actividades a realizar y la aportación de la Fundación al IC.

III. Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada y desean prorrogarla.

IV. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la presente adenda ha sido informada favorablemente por el servicio jurídico del Instituto Cervantes.

V. Que la presente adenda ha sido objeto de la autorización prevista en el artículo 50.2.c) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, con fecha 20 de diciembre de 2022.

De acuerdo con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de formalizar la presente adenda de prórroga del citado convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

La presente adenda tiene por objeto prorrogar el convenio a que se refiere el exponendo I anterior y detallar las actividades a realizar y la aportación de la Fundación al IC para 2023.

La finalidad exclusiva de la ayuda de la Fundación será la de contribuir a sufragar los gastos originados por el intercambio y/o itinerancia de las actividades que se señalan a continuación y que tanto el IC, a través de su centro en Tetuán, como la Fundación llevarán a cabo durante la vigencia de la presente adenda:

– Organizar y promover conferencias, seminarios, jornadas, congresos y manifestaciones artísticas y culturales de todo género.

– Desarrollar y promover toda clase de actividades teatrales y musicales.

– Colaborar, junto con otras instituciones, en la organización de cursos de formación en español.

– Publicar documentos de investigación de carácter sociocultural, que permitan el conocimiento mutuo.

Segunda.

La Fundación destinará la cantidad de siete mil ciento veinticinco euros (7.125 €) para colaborar en los gastos que se deriven de la realización de las actividades mencionadas en la cláusula anterior, con cargo a su presupuesto para el año 2023, en el que cuenta con crédito suficiente.

Tercera.

Mediante la presente adenda las partes prorrogan el convenio suscrito el 29 de octubre de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2023.

El resto de condiciones reguladas en el citado convenio permanecen vigentes.

Cuarta.

La presente adenda queda perfeccionada desde la fecha de la firma del último de los signatarios y resultará eficaz desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación. Asimismo, esta adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad, firman la presente adenda en las fechas indicadas.–Por el Instituto Cervantes, el Director, Luis Manuel García Montero, 25 de enero de 2023.–Por la Fundación Premio Convivencia Ciudad Autónoma de Ceuta, el Presidente, Carlos Rontomé Romero, 23 de enero de 2023.