Resolución de 31 de octubre de 2017, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Asociación Acción Visión España, para la realización del Proyecto Miradas Cercanas.

Nº de Disposición: BOE-A-2017-13415|Boletín Oficial: 283|Fecha Disposición: 2017-10-31|Fecha Publicación: 2017-11-21|Órgano Emisor: Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

El Real Patronato sobre Discapacidad y la Asociación Acción Visión España han suscrito, con fecha 17 de julio de 2017, un Convenio de colaboración para la realización del Proyecto Miradas Cercanas, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 31 de octubre de 2017.–El Secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Mario Garcés Sanagustín.

ANEXO

Convenio de colaboración entre el Real Patronato sobre Discapacidad y la Asociación Acción Visión España para la realización del proyecto «Miradas cercanas»

En Madrid, a 17 de julio de 2017.

REUNIDOS

De una parte, don Mario Garcés Sanagustín, Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, nombrado por Real Decreto 539/2016, de 18 de noviembre (BOE número 280, de 19 de noviembre), en calidad de Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, y conforme a lo establecido en el Real Decreto 485/2017, de 12 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2.g) del Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad, aprobado por el Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, modificado por Real Decreto 1/2013, de 11 de enero.

Y de la otra, don José María Casado Aguilera, con DNI 15.790.271-N, Presidente de la Asociación Acción Visión España, con CIF G86471588 y domicilio social en la C/ Profesor Martín Lagos, s/n, 28040 Madrid, nombrado en la Composición de la Junta Directiva de 4 de marzo de 2016, según consta en el Acta de Asamblea General, en nombre y representación de la entidad y de acuerdo con las facultades que le otorga.

Las partes intervienen en la representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para obligarse y convenir, y al efecto

EXPONEN

Primero.

Que el Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo de la Administración General del Estado, que tiene encomendada, entre otras funciones recogidas en el artículo 3 de su Estatuto, promover la aplicación de los derechos humanos, los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos a las acciones sobre discapacidad, facilitar la colaboración entre distintas instituciones, prestar apoyos a organismos en materia de estudios, investigación y desarrollo, información, documentación y formación, emitir dictámenes técnicos y recomendaciones y desarrollar actividades como órgano técnico de encuentro, reflexión, debate y propuesta, así como difundir y promover el más amplio conocimiento de la discapacidad.

Segundo.

Que la Asociación Acción Visión España tiene como fines primordiales, entre otros, la atención de las necesidades del colectivo de personas con baja visión, fomentando la autonomía personal; la promoción de la información, sensibilización y difusión social de las patologías que provocan la baja visión; la contribución a promover la investigación sobre esas patologías y el impulso, creación y desarrollo de protocolos de actuación.

Tercero.

Que el Real Patronato sobre Discapacidad y la Asociación Acción Visión España reconocen que la realización de actividades conjuntas es un vehículo que facilita la integración social de las personas con discapacidad, así como un medio de sensibilizar a la sociedad, lo que favorece la rehabilitación y reinserción social de estas personas.

Este convenio es uno de los definidos en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y se encuentra, por consiguiente, sometido al régimen jurídico que dicha norma establece para los convenios.

Por todo lo expuesto, ambas partes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.1.d) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente Convenio de Colaboración tiene por objeto instrumentar la participación conjunta entre el Real Patronato sobre Discapacidad y la Asociación Acción Visión España para la realización del proyecto «Miradas cercanas» que se realizará durante todo el año hasta el 20 de noviembre de 2017 por diferentes ciudades españolas.

La colaboración entre el Real Patronato sobre Discapacidad y la Acción Visión España durante el año 2017, para ejecutar las actividades previstas, se desarrollarán con las actuaciones expresadas en el Anexo unido a este acuerdo.

Segunda. Compromisos del Real Patronato sobre Discapacidad.

El Real Patronato sobre Discapacidad aportará:

– La participación en la organización de los talleres de fotografía y en las exposiciones mediante la difusión social, las inscripciones y en la selección de materiales para la exposición.

– La publicidad, a través de sus canales de comunicación, de la máxima difusión de los talleres y de las exposiciones.

– Una aportación económica de cuatro mil euros (4.000,00 €), con cargo a la aplicación 26.106.231F.226.06 del presupuesto de gastos del organismo para el año 2017, y destinada a cofinanciar las actividades objeto de este convenio, conforme figura en el Anexo.

En cumplimiento del apartado 3 del artículo 21 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, el abono de la aportación económica del Real Patronato sobre Discapacidad se efectuará una vez justificadas las actividades previstas mediante la presentación de las correspondientes facturas y/o justificantes de gastos. El ingreso se realizará en la cuenta número IBAN: ES70 2100 5731 7802 0020 5617.

Dicho abono se efectuará contra certificado suscrito por el Director del Organismo, acreditativo de la realización de las actividades y de la recepción de conformidad de la justificación documental correspondiente.

Tercera. Compromisos de la Asociación Acción Visión España.

La Asociación Acción Visión España se compromete a colaborar en el objeto de este Convenio, a través de:

– En la definición, acciones, difusión social, inscripciones, formación de grupos y todo lo que sea relevante tanto para los talleres como de las exposiciones.

– Una aportación económica de cuatro mil euros (4.000,00 €), destinada a cofinanciar las actividades previstas en el Anexo de este Convenio. La citada aportación económica se efectuará a medida que las actividades lo requieran y, en todo caso, deberá estar desembolsada en su totalidad antes de que finalicen los efectos del presente Convenio.

Cuarta. Ausencia de relación laboral.

La relación del personal de la Asociación con el Real Patronato sobre Discapacidad no supondrá más compromiso que el estipulado en el presente Convenio, ni del mismo se deriva obligación alguna propia de un contrato laboral ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.

Quinta. Derechos de explotación.

Los derechos de explotación, en todas las modalidades, de la documentación que se produzca como consecuencia de las actuaciones contempladas en el presente Convenio y sin perjuicio de lo dispuesto en la Sección segunda del Capítulo III del Título II Libro I de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, serán propiedad del Real Patronato sobre Discapacidad, en la parte proporcional al porcentaje de financiación. Dicha documentación podrá utilizarse en los cursos y actividades que se programen desde este organismo siempre que cuente con el consentimiento de la Asociación Acción Visión España y respetando, en todo caso, el derecho moral que le corresponde al autor de la documentación y que es inalienable según el artículo 14 del citado texto legal.

Sexta. Logotipo.

Asimismo, la documentación y la información tanto impresa como electrónica sobre las actividades objeto del presente Convenio deberán incluir el logotipo del Real Patronato sobre Discapacidad y hacer referencia a este organismo en su calidad de coorganizador, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, que establece los criterios de imagen institucional y regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado.

La eventual publicidad y difusión que en su caso se lleve a cabo sobre las actividades objeto del Convenio, se estará en lo que resulte de aplicación a lo dispuesto en la Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Guía de Comunicación Digital para la Administración General del Estado.

Séptima. Obligaciones.

La Asociación Acción Visión España se obliga a:

1. Elaborar una nota de prensa con detalle de los trabajos realizados antes, durante o después del desarrollo del proyecto «Miradas cercanas». Dicha nota se enviará al Real Patronato sobre Discapacidad, que podrá utilizarla en los medios de comunicación que considere oportunos para el cumplimiento de sus fines de difusión.

2. Elaborar una Memoria Anual de las actuaciones desarrolladas objeto de este convenio, incluyendo las notas de prensa citadas anteriormente, para su presentación al Real Patronato sobre Discapacidad, tanto en soporte papel como en soporte informático.

3. Justificar al Real Patronato sobre Discapacidad la totalidad de los gastos y pagos realizados.

Gastos: Se remitirá una relación detallada de todos los gastos realizados, indicando su naturaleza así como la cuantía total para cada tipo de gasto.

Deberán adjuntarse los originales de las facturas y/o documentos contables de valor probatorio equivalente justificativos del gasto realizado, y si se pidiese la devolución de los mismos, se deberá solicitar expresamente y, en este caso, adjuntar también fotocopias de los mismos.

Los gastos o los compromisos de gastos previstos, deberán realizarse desde la fecha de la firma del Convenio hasta la finalización de la actividad.

Pagos: Los pagos efectuados deberán justificarse en el plazo de un mes desde la recepción de la aportación correspondiente al Real Patronato sobre Discapacidad. El incumplimiento de este extremo conllevará la obligación de reintegro parcial o total de los fondos recibidos, así como el pago de intereses de demora que se devenguen desde el día en el que se realizó el pago hasta el momento en el que se acuerde la procedencia del reintegro.

4. En todo caso, la aportación de la Memoria Anual de actuaciones desarrolladas y la justificación de gastos efectuados, debe realizarse como fecha límite el 25 de noviembre de 2017.

Octava. Comisión de seguimiento.

Con el fin de facilitar la coordinación y el seguimiento del presente Convenio se constituirá una Comisión Mixta, que estará formada por dos representantes de cada una de las partes.

Los dos representantes del Real Patronato sobre Discapacidad serán designados por el Director de dicho organismo y los dos representantes de la Asociación Acción Visión España, serán designados por su Presidencia.

La Comisión se reunirá tantas veces como sea necesario para la buena marcha de las actuaciones a desarrollar en el marco del Convenio.

La Comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente Convenio y supletoriamente por lo estipulado en la Sección tercera del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Novena. Modificación del Convenio.

Los términos de este Convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes suscriptoras, siempre que no suponga un incremento del coste de las actividades a desarrollar. Dicha modificación se hará efectiva por acuerdo de las partes a propuesta de la Comisión Mixta, y se incorporará como parte inseparable del texto del Convenio. En todo caso, la modificación del Convenio exigirá la suscripción del correspondiente acuerdo de modificación por parte de las entidades firmantes del mismo, limitándose la Comisión Mixta a proponer que se lleve a cabo dicha modificación.

Décima. Protección de datos.

En cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal se informa al representante de la Asociación Visión España que sus datos personales se incorporan en ficheros de datos de carácter personal cuya titularidad ostenta el Real Patronato sobre Discapacidad con la finalidad de gestionar las relaciones institucionales, los convenios y la agenda de contactos. Se informa asimismo de que tiene la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que legalmente le corresponden mediante carta dirigida al Real Patronato sobre Discapacidad Ref. Protección de datos, calle Serrano, 140, 28006 Madrid.

Undécima. Plazo de vigencia.

Siguiendo el contenido del artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el presente Convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes, que se materializará a través de la firma. El plazo de vigencia del presente Convenio comprenderá desde la fecha de su firma hasta el 25 de noviembre de 2017. No procede la prórroga del convenio.

Duodécima. Extinción del convenio.

Serán causas de extinción de este convenio, el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución, siendo éstas las señaladas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Será motivo de resolución, el incumplimiento total o parcial de las obligaciones contenidas en el mismo por alguna de las partes.

Los efectos de la resolución del Convenio se regirán por lo previsto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo que resulte de aplicación al Convenio que nos ocupa.

Decimotercera. Responsabilidad civil.

El Real Patronato sobre Discapacidad queda exonerado de cualquier responsabilidad civil derivada de la ejecución de la actividad objeto de este convenio.

Decimocuarta. Naturaleza jurídica, resolución de controversias y orden jurisdiccional.

Este Convenio tiene naturaleza administrativa, según lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Se regirá por las estipulaciones en él contenidas y, en lo no previsto en éstas, así como para la resolución de las dudas que pudieran presentarse, por lo dispuesto en el Título Preliminar, Capítulo VI, de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Las controversias que pudieran surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos se resolverán entre las partes agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben el presente Convenio de Colaboración por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, Mario Garcés Sanagustín.–Por la Asociación Acción Visión España, José María Casado Aguilera.

ANEXO

Actividad a realizar en el año 2017

Realización del proyecto «Miradas cercanas»

Acción Visión España nace en 2012 con el objetivo de agrupar y representar a las personas que conviven con Baja Visión independientemente de la patología que la provoque. Su objetivo principal es trabajar para hacer visibles, tanto ante la sociedad civil como ante la Administración, las necesidades de este colectivo que en España asciende aproximadamente a 1 millón de personas.

La Asociación y el Real Patronato sobre Discapacidad pretenden durante el año 2017 realizar bajo el proyecto «Miradas cercanas» dos acciones continuadas en el tiempo, siendo la de los Talleres de fotografía esencial para el resultado final de las Exposiciones simultáneas presenciales y virtual que hará visible cómo son las realidades que vemos con las patologías de baja visión.

En este marco, el Real Patronato sobre Discapacidad y la Asociación Acción Visión España ponen en marcha un proyecto para continuar con el desarrollo del Plan de Visibilidad con una acción más directa centrada en el mundo de la cultura y con el atractivo de hacerse más continuada en el tiempo y cercana a intereses derivados de opciones personales de ocio y tiempo libre.

Intentamos, a la vez, que la baja visión esté presente no sólo en el ámbito sanitario, sino que se entienda como algo transversal que implica a toda la persona y en todas las actividades de la vida diaria, incluido los ámbitos de la cultura y el ocio.

El objetivo principal de este proyecto es:

Dar visibilidad a la realidad de la baja visión ante la sociedad y las administraciones públicas, entendiendo ésta como una situación integral que afecta a todos los aspectos de la vida durante las 24 horas de los 365 días del año.

Los objetivos específicos son:

– Hacer patente el impacto personal de la baja visión, ofreciendo la oportunidad de conocer cómo vemos las realidades cercanas.

– Promover la diversidad en el uso de nuestro tiempo libre y de nuestros espacios de ocio, no poniendo límites ni prejuicios ante situaciones de baja visión.

– Incrementar en número y calidad la red de colaboraciones con Acción Visión España y con sus asociaciones.

– Generar mensajes de equidad y de inclusividad hacia las personas con baja visión ante las situaciones de la vida diaria.

De acuerdo con la estrategia y el plan de acción de la entidad, planteamos tanto el Real Patronato sobre Discapacidad como la Asociación Acción Visión España, el desarrollo de este proyecto a lo largo del año 2017.

1. Talleres de fotografía

Son sesiones didácticas, impartidas por personas expertas en el campo de la fotografía, con la finalidad de aumentar nuestros conocimientos para la realización de fotografías y su posterior edición. Esta edición de las fotografías tiene una doble versión: una de carácter artístico, donde se aprecian los detalles propios de la fotografía como habilidad gráfica; y, otra, de carácter creativo, donde se manipula la imagen para representar cómo se verían esas imágenes con una patología de baja visión. Las imágenes objeto del taller serían monumentos conocidos o espacios reconocibles de la ciudad, de tal modo que su visión fuera cercana y familiar a las personas asistentes a las exposiciones.

2. Exposiciones

Con las fotografías seleccionadas en cada uno de los talleres, se organizará en cada una de las ciudades participantes una exposición, con la muestra artística, en la que se destaca que personas con baja visión pueden obtener buenas fotografías, y la muestra creativa, destacando cómo se ve la realidad cercana de la ciudad con ojos afectados de patologías visuales de baja visión. Estas exposiciones presenciales se complementan con una exposición virtual, ubicada en la página web de Acción Visión España.

El proyecto «Miradas cercanas» se pondrá en marcha con la coorganización expresa del Real patronato de la Discapacidad, prestando especial atención a poner en valor esta actividad organizativa compartida.

Presupuesto

Concepto

Presupuesto

Euros

Coordinación general (Facturado por empresa)

2.000

Materiales para exposiciones

1.400

Memoria audiovisual

2.000

Carteles, folletos y catálogos.

1.600

Exposición virtual accesible

1.000

Total

8.000

Aportación del Real Patronato sobre Discapacidad: 4.000,00 euros (50,00%).

Aportación de la Asociación Acción Visión España: 4.000,00 euros (50,00%).

Total presupuesto: 8.000,00 euros.

Los gastos a efectuar con cargo a las aportaciones de las partes, y que se desglosan en el cuadro anterior, a efectos de justificación tendrán carácter estimativo entre ellos. Al tratarse de cuantías estimadas se permitirá una variación de un + 20% en cada una de las partidas presupuestadas, siempre y cuando no se supere el importe total de las actividades a realizar. En caso de que la variación sea superior será de aplicación lo previsto en la cláusula octava.

En el caso de que el coste real de la actividad fuera inferior al presupuestado se reducirán proporcionalmente las aportaciones de cada una de la partes en relación a la aportación inicial comprometida por cada una de ellas.