Resolución de 6 de agosto de 2020, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica la Adenda al Convenio de Delegación de la Unión Europea, para la implementación de la acción Apoyo a la cadena de valor ganadera en Nicaragua (bovinos).

Nº de Disposición: BOE-A-2020-9570|Boletín Oficial: 217|Fecha Disposición: 2020-08-06|Fecha Publicación: 2020-08-12|Órgano Emisor: Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y una vez que ha sido inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Adenda n.º 1 del Convenio de delegación entre la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y la Unión Europea para la implementación de la acción Apoyo a la Cadena de Valor Ganadera en Nicaragua (BOVINOS) DCI-LA/2016/380-238, cuyo texto figura anexo a esta resolución.

Asimismo, se indica que la nueva versión de los anexos I, III modificados por la Adenda n.º 1 se encuentran disponibles en la sede electrónica de la AECID (www.aecid.gob.es).

Madrid, 6 de agosto de 2020.–El Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P.S. (Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre), el Jefe de Departamento de Cooperación con África Subsahariana, Cristian Font Calderón.

ANEXO

Adenda N.º 1 al Convenio de Delegación de la UE con la AECID para la implementación de la acción apoyo a la cadena de valor ganadera en Nicaragua (Bovinos) DCI-LA/2016/380-238.

La Unión Europea, representada por la Comisión Europea, en lo sucesivo («el Órgano de contratación»), por una parte, y,

La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), con sede en Avda. Reyes Católicos, 4.28040 Madrid, España (en Io sucesivo, «la Organización»), por Otra, han convenido en lo siguiente:

En las Condiciones Particulares del Acuerdo de Delegación.

La Cláusula 2 de las Condiciones Particulares del Convenio de Financiación establece:

Cláusula 2. Periodo de Ejecución.

Donde dice:

«2.3 El periodo de aplicación del presente convenio. según lo establecido en el Anexo I será de 48 meses, finalizando el 19 de agosto del 2020.

2.4 La organización firmará los distintos contratos y los contratos de subvención necesarios para la aplicación del presente convenio a más tardar el 19 de agosto 2020.»

Debe decir:

«2.3 El periodo de aplicación del presente convenio será de 66 meses, finalizando el 19 de febrero del 2022.

2.4 La organización firmará los distintos contratos y los contratos de subvención necesarios para la aplicación del presente convenio a más tardar el 19 de febrero 2022.»

Cláusula 6. Anexos.

6.1 Se adjuntan a las presentes Condiciones Particulares los siguientes documentos, que forman parte integrante del convenio:

Se modifica el Anexo I: Descripción de la acción, tanto en el desglose detallado de las actividades de esta acción, como en el item 2.5 - Presupuesto Indicativo.

Se modifica el Anexo III: Presupuesto indicativo de la acción por resultados.

Todas las demás estipulaciones del contrato y sus apéndices anteriores se mantienen sin cambios.

La presente adenda entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de España. La organización deberá informar de forma escrita inmediatamente la fecha de publicación al órgano de contratación.

Hecho en español en tres originales, incluidos dos originales para la Comisión Europea (órgano de contratación) y un original para el beneficiario (la organización).

Por el órgano de contratación, 30 de julio de 2020, el Jefe de la Delegación de Cooperación de la Unión Europea en Nicaragua, Pelayo Castro Zuzuárregui.–Por la organización, 31 de julio de 2020, el Presidente de la AECID, P.D. (Resolución de 2 de Julio de 2009), el Director de AECID, P.S. (Artículo 18 Estatuto AECID), la Directora de Cooperación con América Latina y El Caribe, por delegación de firma (Resolución de 28 de julio de 2020), Ignacio Nicolau Ibarra, Coordinador General de la Cooperación Española en Nicaragua.