Resolución de 6 de noviembre de 2018, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat en relación con la Ley 22/2017, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2018.

Nº de Disposición: BOE-A-2018-15554|Boletín Oficial: 275|Fecha Disposición: 2018-11-06|Fecha Publicación: 2018-11-14|Órgano Emisor: Ministerio de Política Territorial y Función Pública

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 6 de noviembre de 2018.–La Secretaria General de Coordinación Territorial, María de los Llanos Castellanos Garijo.

ANEXO

Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat en relación con la Ley valenciana 22/2017, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2018

La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat Valenciana en su reunión celebrada el 19 de septiembre de 2018 ha adoptado el siguiente acuerdo:

1. De conformidad con las negociaciones previas celebradas por el Grupo de Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral Generalitat Valenciana-Administración General del Estado, de fecha 21 de marzo de 2018, para el estudio y propuesta de solución de la discrepancia competencial manifestada con relación a la Ley 22/2017, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2018, ambas partes la consideran solventada de conformidad con las actuaciones desarrolladas y en razón del compromiso siguiente:

En relación con la discrepancia manifestada sobre la Disposición adicional vigésimo sexta «Del régimen de la carrera profesional horizontal del personal funcionario de carrera y laboral fijo de administración y servicios de las universidades públicas de la Comunitat Valenciana» ambas partes coinciden en que la interpretación conforme con el bloque de constitucionalidad ha de entenderse en el sentido de considerar que la implantación progresiva del complemento de carrera profesional del personal funcionario de carrera y laboral fijo de administración y servicios de las universidades públicas de la Comunitat Valenciana se realizará cumpliendo los límites establecidos en las normas básicas sobre retribuciones recogidos principalmente en el artículo 18 y concordantes de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018; pudiendo tomarse en consideración su posible imputación al apartado dos, último párrafo, del citado artículo 18, que permite autorizar un incremento adicional de la masa salarial.

2. En razón del acuerdo alcanzado, ambas partes consideran resueltas las discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada.

3. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979 de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana».