Resolución de 7 de febrero de 2018, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio marco de colaboración en materia de gestión electoral con la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Nº de Disposición: BOE-A-2018-2311|Boletín Oficial: 44|Fecha Disposición: 2018-02-07|Fecha Publicación: 2018-02-19|Órgano Emisor: Ministerio del Interior

Habiéndose suscrito el 20 de noviembre de 2017 la Adenda de prórroga del Convenio Marco de Colaboración en materia de gestión electoral entre la Administración General del Estado (Ministerio del Interior) y la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 7 de febrero de 2018.–El Secretario General Técnico del Ministerio del Interior, P.S. (Real Decreto 770/2017, de 28 de julio), el Vicesecretario General Técnico del Ministerio del Interior, Antonio Cerrolaza Gómez.

ANEXO

Adenda de prórroga del Convenio marco de colaboración en materia de gestión electoral entre la Administración General del Estado (Ministerio del Interior) y la administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco

En Madrid, a 20 de noviembre de 2017.

REUNIDOS

De una parte, el Ministro del Interior, Sr. D. Juan Ignacio Zoido, actuando en representación de este Ministerio.

Y de otra, la Consejera de Seguridad, Sra. Dña. Estefanía Beltrán de Heredia, actuando en representación de este Departamento.

Las partes se reconocen mutuamente, en la calidad en que cada una interviene, la capacidad legal para la firma de la presente adenda de prórroga y, a tal efecto,

EXPONEN

Que el MIR y la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco han suscrito el correspondiente Convenio marco en materia de gestión electoral.

Que de acuerdo con lo establecido en la cláusula sexta del Convenio marco, este finaliza su vigencia el día 31 de diciembre del año 2017, siendo prorrogable, si así lo acuerdan las partes, de manera expresa y antes de la finalización del periodo de vigencia. Cada prórroga tendrá una duración máxima de cuatro años.

Que la gestión de procesos electorales, tanto en casos de concurrencia electoral, como en aquellos casos en los que no se produzca dicha concurrencia, justifica la necesidad de adoptar determinadas soluciones comunes que, en virtud de la colaboración y coordinación que ha de primar entre Administraciones Públicas, faciliten la gestión electoral y permitan llevar a cabo, con eficacia y eficiencia, el complejo operativo electoral.

Que ambas partes consideran necesario dar continuidad a la colaboración prevista en dicho Convenio marco por un período de cuatro años.

Que de acuerdo con lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda de prórroga cuenta con el informe favorable del Servicio Jurídico del Ministerio del Interior y del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

En virtud de ello, y en los términos previstos en los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ambas partes acuerdan:

Cláusula única. Prórroga del Convenio.

De conformidad con lo establecido en la cláusula sexta del Convenio marco de colaboración en materia de gestión electoral, las partes acuerdan la prórroga de dicho Convenio, en su totalidad, hasta el 31 de diciembre de 2021.

Y en prueba de conformidad, firman el presente documento, tres ejemplares para cada una de las siguientes partes firmantes, en el lugar y fecha al principio indicados.–El Ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido.–La Consejera de Seguridad, Estefanía Beltrán de Heredia.