Resolución de 8 de febrero de 2018, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión del Ministerio de Hacienda y Función Pública a la Sociedad Mercantil Estatal Ingeniería y Economía del Transporte, S.M.E. M.P., SA, para el apoyo para la provisión de servicios compartidos a distintas entidades de la Administración General del Estado.

Nº de Disposición: BOE-A-2018-2319|Boletín Oficial: 44|Fecha Disposición: 2018-02-08|Fecha Publicación: 2018-02-19|Órgano Emisor: Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales

La Secretaría de Estado de Función Pública y el Presidente de la Sociedad Mercantil Estatal Ingeniería y Economía del Transporte S.M.E. M.P., SA, han suscrito, con fecha 1 de junio de 2017, un Acuerdo de encomienda de gestión para el apoyo para la provisión de servicios compartidos a distintas Entidades de la Administración General del Estado

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 11.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación del referido acuerdo de encomienda de gestión, como anejo a la presente resolución.

Madrid, 8 de febrero de 2018.–El Subsecretario de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, José María Jover Gómez-Ferrer.

ANEJO

Acuerdo de encomienda de gestión de la Administración General del Estado (Ministerio de Hacienda y Función Pública) a la Sociedad Mercantil Estatal «Ingeniería y Economía del Transporte S.M.E. M.P., SA» (INECO) para el apoyo para la provisión de servicios compartidos a distintas Entidades de la Administración General del Estado

REUNIDOS

De una parte, doña Elena Collado Martínez, Secretaria de Estado de Función Pública, nombrada para este cargo por Real Decreto 437/2016, de 11 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 274, del 12), actuando en nombre y en representación de la Secretaría de Estado de Función Pública, del Ministerio de Hacienda y Función Pública, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 62.1.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y de otra parte don Isaac Martín-Barbero, en su calidad de Presidente de la sociedad mercantil estatal Ingeniería y Economía del Transporte S.M.E. M.P., SA (INECO), que actúa en nombre y representación de dicha sociedad conforme a las facultades que le fueron delegadas por acuerdo del Consejo de Administración de dicha sociedad de fecha 10 de febrero de 2017, formalizado en escritura autorizada por el Notario de Madrid don Fernando Sánchez-Arjona Bonilla, el 20 de febrero de 2017 y con número 388 de su protocolo.

Ambas partes se reconocen plena capacidad legal para formalizar el presente Acuerdo de Encomienda de Gestión y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

La Comisión de Estrategia TIC, en su reunión del día 15 de septiembre de 2015, conforme a lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, sobre organización e instrumentos operativos de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, aprobó la declaración de servicios compartidos por la cual se designaban 14 servicios TIC cuyo uso era obligatorio y sustitutivo frente a otros disponibles en las distintas entidades de la Administración General del Estado.

De acuerdo con lo establecido en el citado artículo, la declaración de medio o servicio compartido habilita a la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (en adelante DTIC) para adoptar las medidas necesarias para su provisión compartida.

Segundo.

Que conforme a lo establecido en el Real Decreto 802/2014, de 19 de septiembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, corresponde al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y en concreto a la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, bajo la superior dirección del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, y a través de la DTIC, la gestión, dirección e impulso de las atribuciones ministeriales relativas a la incorporación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones a la prestación de los servicios públicos, el desarrollo de la administración electrónica y la cooperación con otras Administraciones Públicas en esta materia.

De acuerdo a la última reestructuración ministerial, según el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, estas funciones son asumidas por la Secretaría General de Administración Digital (en adelante SGAD), como parte de la Secretaría de Estado de Función Pública, enmarcada en el Ministerio de Hacienda y Función Pública.

Tercero.

En el modelo de prestación actual, la operación, explotación y el soporte a usuarios se proporciona mediante recursos propios y contratos de asistencia técnica tradicional (basados en la contratación de perfiles), enfocados sobre todo a la prestación de servicios en el ámbito de la Secretaría de Estado de Función Pública.

La declaración de Servicios Compartidos convierte a la SGAD en prestador de servicios para la AGE y sus OOPP. Al aumentar el número de usuarios de estos sistemas, los Acuerdos de Nivel de Servicio con las distintas entidades han de ser más exigentes, necesitando enriquecer los procesos de explotación, operación y soporte de los mismos.

Cuarto.

Sin embargo, el calendario de adopción de los servicios compartidos hace necesario reforzar los servicios que provee la SGAD con carácter inmediato, para lo cual, se considera preciso contar con medios adicionales pertenecientes a una sociedad especializada en el desarrollo de este tipo de tareas y medio propio de la Administración, como es el caso de INECO.

Quinto.

Que tanto el objeto social de INECO, como las características de su personal y de los medios a su alcance, posibilitan su colaboración para alcanzar el objetivo de satisfacer las necesidades antes indicadas, realizando los trabajos técnicos requeridos.

Asimismo, INECO, de conformidad con el artículo 24.6 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante, TRLCSP), tiene la consideración de medio propio y servicio técnico de la Administración General del Estado según ha hecho constar en sus estatutos sociales por medio de escritura pública autorizada por el Notario de Madrid, don José Periel Martín, en fecha 19 de octubre de 2010, número de protocolo 2.809, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid tomo 22.342, folio 141, hoja M-85151, inscripción 222.

Sexto.

Que las razones anteriormente expuestas justifican la formalización de un Acuerdo de Encomienda de Gestión entre la Secretaría de Estado de Función Pública e INECO.

Que, ambas partes, al amparo de las atribuciones que les confieren sus respectivas normas de funcionamiento, proceden a suscribir el presente Acuerdo de Encomienda de Gestión, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto de la presente encomienda es el encargo, por parte de la Secretaría de Estado de Función Pública, a través de la SGAD del Ministerio de Hacienda y Función Pública, a la sociedad mercantil estatal INECO de la asistencia técnica en la gestión de sistemas así como la atención a los usuarios de los mismos para la provisión de Servicios TIC compartidos.

Segunda. Obligaciones de INECO.

INECO se obliga por el presente Acuerdo a cumplir la encomienda de gestión de acuerdo con las instrucciones de la Secretaría de Estado de Función Pública a través de la SGAD y, en particular, a realizar las actuaciones descritas a continuación, y cuyo detalle consta en la memoria técnica y presupuestaria que figura como Anexo I a este Acuerdo. Dichas actuaciones son las siguientes:

1. Asistencia técnica de gestión de comunicaciones:

– Apoyo al seguimiento de la red de comunicaciones de voz y datos en el ámbito nacional e internacional.

– Apoyo al seguimiento de la integración y gestión de los servicios de comunicaciones móviles.

– Apoyo a la gestión de la red LAN en los CPD que participan en el servicio.

– Apoyo a la administración de sistemas de videoconferencia y webconferencia.

2. Asistencia técnica de la redacción del pliego del Contrato Centralizado de Telecomunicaciones (Fase II):

– Apoyo a la revisión del texto de Fase I e identificación de puntos de mejora.

– Apoyo a propuesta de redacción de requisitos.

– Apoyo a consolidación de información de Ministerios y Organismos participantes.

3. Asistencia técnica del Servicio de Soporte Nivel 2 de los Servicios Compartidos:

– Apoyo a la gestión de incidencias y peticiones.

– Apoyo a la gestión de usuarios.

– Apoyo a tareas de monitorización y seguimiento de niveles de servicio.

Otras obligaciones de INECO serán:

a) Proporcionar el personal adecuado para la ejecución del proyecto, tanto en número recursos como en conocimientos, de conformidad con lo establecido en la cláusula cuarta y el anexo I de este acuerdo. La SGAD podrá verificar en cualquier momento la idoneidad técnica de dicho personal para los trabajos a ejecutar.

b) La supervisión del correcto desempeño por parte del personal integrante en el equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.

c) Avisar a la SGAD de los posibles cambios de personal adscrito a la ejecución del contrato, tanto de carácter ocasional como de carácter permanente, con quince días de antelación.

d) El cumplimiento de las obligaciones que, en materia de protección de datos personales y de propiedad industrial e intelectual, se prevén en la cláusula décima de este Acuerdo de Encomienda.

Tercera. Compromisos adquiridos por la Secretaría de Estado de Función Pública.

Con carácter general, la Secretaría de Estado de Función Pública, a través de la SGAD, asumirá la dirección de las actuaciones cuya gestión se encomienda, y el seguimiento de la gestión y ejecución de las actuaciones previstas.

Asimismo, asumirá los siguientes compromisos:

1. Pondrá a disposición de INECO la infraestructura informática necesaria para la correcta ejecución de los trabajos.

2. Pondrá a disposición de INECO la información y contactos necesarios para llevar a cabo las tareas.

3. Llevará la Dirección técnica del proyecto.

4. Supervisará los trabajos llevados a cabo por INECO y, si procede, aceptación de los mismos, procediendo a certificar las actividades ejecutadas.

Por tanto la dirección técnica de las actividades incluidas en la Encomienda es competencia exclusiva de la SGAD. INECO designará un responsable integrado en su propia plantilla, que asumirá las funciones de interlocutor con la SGAD y la coordinación de su equipo.

Cuarta. Requisitos del equipo de trabajo.

Para desarrollar las funciones objeto de esta Encomienda, es preciso que el equipo de trabajo que realice las actividades esté formado por personal cualificado en los campos técnicos a las que dichas actividades pertenecen, que son los de administración de sistemas y gestión de comunicaciones.

Por otro lado:

– El encomendado se compromete a que exista estabilidad en el equipo de trabajo y a informar a la SGAD de los posibles cambios de personal ocasiones o permanentes, adscrito a la ejecución del contrato, con quince días de antelación.

– El encomendado asume la obligación de ejercer de modo real y efectivo sobre el personal del equipo que ejecuta el proyecto el poder de dirección inherente a todo empresario, así como las obligaciones que se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. Ninguna incidencia de este tipo será repercutida a la SGAD.

– Dada la tipología de los trabajos a ejecutar, se estima conveniente que estos se realicen en las dependencias del Ministerio de Hacienda y Función Pública, en Madrid.

Quinta. Financiación.

Los gastos originados por la realización de las actividades objeto del presente Acuerdo de Encomienda de Gestión correrán a cargo del presupuesto del Ministerio de Hacienda y Función Pública, a la aplicación presupuestaria 15.29.921N.227.06.

El presupuesto máximo de gasto derivado de la presente Encomienda de Gestión será de dos millones doce mil cuatrocientos cuarenta y cinco euros con setenta y un céntimos (2.012.445,71 €) que se desglosa como sigue:

Anualidad 2017

Actividad

Coste

Euros

Paquete 01. Asistencia técnica para el servicio unificado de telecomunicaciones

385.272,36

01.01 Seguimiento de la red de comunicaciones de voz y datos en el ámbito nacional

162.193,00

01.02 Seguimiento de los servicios de comunicaciones móviles

55.862,60

01.03 Seguimiento de la red de comunicaciones de voz y datos en el ámbito internacional

58.036,20

01.04 Gestión de la red LAN en los CPD que participan en el servicio

76.648,20

01.05 Administración de sistemas de videoconferencia y webconferencia

32.532,36

Paquete 02. Asistencia técnica de la redacción del pliego del Contrato Centralizado de Telecomunicaciones (Fase II)

455.991,12

02.01 Revisión del pliego de Fase I

112.090,60

02.02 Propuesta de redacción

164.830,75

02.03 Consolidación de información aportada por Entidades

31.541,00

02.04 Estimación presupuestaria

32.173,35

02.05 Homogeneización del texto de los Lotes

115.355,42

Paquete 03. Soporte de Nivel 2 para Servicios Compartidos

392.954,93

03.01 Pase a producción de los desarrollos

156.946,90

03.02 Instalación de parches

156.295,65

03.03 Plan de pruebas

79.712,38

Total anualidad 2017

1.234.218,41

Anualidad 2018

Actividad

Coste

Euros

Paquete 01. Asistencia técnica para el servicio unificado de telecomunicaciones

385.272,36

01.01 Seguimiento de la red de comunicaciones de voz y datos en el ámbito nacional

162.193,00

01.02 Seguimiento de los servicios de comunicaciones móviles

55.862,60

01.03 Seguimiento de la red de comunicaciones de voz y datos en el ámbito internacional

58.036,20

01.04 Gestión de la red LAN en los CPD que participan en el servicio

76.648,20

01.05 Administración de sistemas de videoconferencia y webconferencia

32.532,36

Paquete 02. Asistencia técnica de la redacción del pliego del Contrato Centralizado de Telecomunicaciones (Fase II)

0,00

02.01 Revisión del pliego de Fase I

0,00

02.02 Propuesta de redacción

0,00

02.03 Consolidación de información aportada por Entidades

0,00

02.04 Estimación presupuestaria

0,00

02.05 Homogeneización del texto de los Lotes

0,00

Paquete 03. Soporte de Nivel 2 para Servicios Compartidos

392.954,94

03.01 Pase a producción de los desarrollos

156.946,90

03.02 Instalación de parches

156.295,65

03.03 Plan de pruebas

79.712,39

Total anualidad 2018

778.227,30

Total anualidades 2017 y 2018

Actividad

Coste

Euros

Paquete 01. Asistencia técnica para el servicio unificado de telecomunicaciones

770.544,72

01.01 Seguimiento de la red de comunicaciones de voz y datos en el ámbito nacional

324.386,00

01.02 Seguimiento de los servicios de comunicaciones móviles

111.725,20

01.03 Seguimiento de la red de comunicaciones de voz y datos en el ámbito internacional

116.072,40

01.04 Gestión de la red LAN en los CPD que participan en el servicio

153.296,40

01.05 Administración de sistemas de videoconferencia y webconferencia

65.064,72

Paquete 02. Asistencia técnica de la redacción del pliego del Contrato Centralizado de Telecomunicaciones (Fase II)

455.991,12

02.01 Revisión del pliego de Fase I

112.090,60

02.02 Propuesta de redacción

164.830,75

02.03 Consolidación de información aportada por Entidades

31.541,00

02.04 Estimación presupuestaria

32.173,35

02.05 Homogeneización del texto de los Lotes

115.355,42

Paquete 03. Soporte de Nivel 2 para Servicios Compartidos

785.909,87

03.01 Gestión de Incidencias y Peticiones

313.893,80

03.02 Gestión de Usuarios

312.591,30

03.03 Monitorización y Seguimiento del nivel de servicio

159.424,77

Total anualidades 2017 y 2018

2.012.445,71

Estos importes no incluyen IVA por no estar el servicio prestado por INECO sujeto al mismo, conforme a la Ley 28/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifican, entre otras, la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

La distribución de importes por Paquetes de Trabajo tiene carácter estimativo y no suponen límite inferior o superior de gasto. Sus valores finales se establecerán a partir de los gastos realmente incurridos. En caso de no alcanzarse el valor estimado para cada Paquete de Trabajo, el presupuesto remanente podrá trasladarse a otros Paquetes de Trabajo, siempre que no se supere el presupuesto total de la encomienda.

Se autoriza la subcontratación por parte de INECO, de aquella parte de los trabajos que no constituyan parte esencial de la Encomienda, entendiéndose por parte esencial la planificación y seguimiento de los trabajos, el control de la ubicación, entrega, recepción y custodia de los expedientes e interlocución con la SGAD. En cualquier caso, la subcontratación no superará el 50% del presupuesto de la encomienda.

El citado importe tiene la consideración, en todo caso, de gasto máximo de la encomienda, incluyendo el IVA correspondiente de la subcontratación y otros gastos de aprovisionamiento.

Las cantidades a facturar serán las que correspondan a los trabajos efectivamente ejecutados y certificados.

Sexta. Tarifas aplicables.

El importe de los costes de la mano de obra se determinará utilizando las tarifas oficiales para encomiendas de gestión de la Administración General del Estado a la sociedad mercantil estatal INECO vigentes en el momento, aprobadas por Orden del Ministerio de Fomento de 9 de mayo de 2016.

Conforme a la orden ministerial mencionada, se aplicarán las tarifas horarias de «Oficina» para aquellos recursos que realicen su trabajo desde las instalaciones de INECO y las tarifas mensuales de «Oficina Cliente» para aquellos que realicen su trabajo en las dependencias del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

Séptima. Facturación y pago.

Los servicios prestados se abonarán mediante factura presentada por INECO de acuerdo con el principio del servicio hecho ante el Registro Contable de Facturas previsto en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas electrónicas en el Sector Público, ante la SGAD, que deberá prestar conformidad expresa.

En la factura se deberán constar los códigos siguientes:

– O.C. (Oficina Contable): EA0002721.

– O.G. (Órgano Gestor): E04941501.

– U.T. (Unidad Tramitadora): EA0002932.

Se realizarán cuatro pagos correspondientes a los trabajos realizados en los períodos siguientes:

– Desde la fecha de inicio al 31 de agosto de 2017.

– Desde el 1 de septiembre de 2017 al 30 de noviembre de 2017.

– Desde 1 de diciembre de 2017 al 28 de febrero de 2018.

– Desde 1 de marzo de 2018 a la fecha de finalización de la encomienda.

Los pagos se realizarán una vez certificados por la SGAD los servicios efectivamente prestados, con cargo a la partida presupuestaria correspondiente.

El coste de la encomienda tiene el carácter de presupuesto de gasto máximo. Sólo se abonarán los servicios efectivamente prestados y certificados y hasta el límite de dicho presupuesto de gasto máximo.

Octava. Seguimiento y control de la encomienda.

Para velar por la adecuada realización de las actividades mencionadas, la SGAD realizará el seguimiento y control de la Encomienda. En la reunión de inicio de la Encomienda la SGAD establecerá la periodicidad y elementos de gestión que conformarán dicho seguimiento y control.

Todas las reuniones se realizarán en las instalaciones de la SGAD, salvo acuerdo puntual en otro sentido por ambas partes. En dichas reuniones, INECO levantará acta de la reunión, que será firmada por ambas partes, y en la que se especificarán de forma clara las decisiones tomadas y las acciones pendientes de realizar que resulten imprescindibles para la correcta ejecución de los trabajos de la Encomienda. El cumplimiento de dichas acciones será comprobado por la SGAD en las reuniones de seguimiento.

Novena. Resolución.

La presente Encomienda de Gestión podrá finalizar anticipadamente por incumplimiento de las obligaciones de INECO o por razones de interés público, mediante resolución de la SGAD del Ministerio de Hacienda y Función Pública, sin perjuicio de la continuidad de aquellas actuaciones que se encontraran en ejecución en el momento de la resolución.

Décima. Confidencialidad, protección de datos y derechos de propiedad industrial e intelectual.

Las partes firmantes del presente Acuerdo de Encomienda, se comprometen a hacer un uso responsable de los datos de carácter personal suministrados en virtud de la presente Encomienda, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal y su normativa de desarrollo. A los efectos de la citada Ley, INECO tendrá la condición de encargado del tratamiento de los datos de carácter personal a los que pudiera tener acceso en ejecución de la presente encomienda.

Las responsabilidades de cualquier índole que se pudieran derivar de la indebida utilización de la información suministrada en ejecución de esta Encomienda, deberán ser hechas efectivas por INECO, sin que pueda suministrar ninguna información ni dar publicidad de las mismas a personas o entidades no autorizadas expresamente por la SGAD.

Al término de la Encomienda, INECO devolverá, destruirá y disociará los datos de carácter personal contenidos en todos los informes, documentos y otros materiales que hayan sido revelados o puestos a su disposición con arreglo a lo previsto en el presente Acuerdo, así como cualesquiera copias de ellos. En caso de pérdida o revelación de información confidencial, INECO lo notificará inmediatamente a la SGAD.

Esta encomienda no supone la concesión, expresa o implícita, de derecho alguno respecto a derechos de autor o propiedad intelectual o industrial, por lo que los trabajos efectuados por el personal de INECO al amparo de la presente Encomienda de Gestión serán propiedad de la SGAD a todos los efectos, incluyendo la utilización de éstos, así como la propiedad intelectual y propiedad industrial de los mismos.

Undécima. Titularidad de competencias.

La presente Encomienda de Gestión no supone cesión de titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas a la SGAD.

Decimosegunda. Vigencia.

La presente Encomienda de Gestión surtirá efectos desde la fecha de su firma y finalizará el 30 de mayo de 2018, pudiendo ser prorrogada por decisión expresa del órgano encomendante con anterioridad a su vencimiento.

Decimotercera. Modificación de la encomienda.

La presente Encomienda podrá modificarse de manera ejecutiva por la SGAD, en los términos legales previstos, cuando resulte necesario para la mejor realización de su objeto.

Decimocuarta. Régimen jurídico y controversias.

El presente Acuerdo suscrito tiene la naturaleza de los previstos en el artículo 4.1.n) y 24.6, del TRLCSP, y se regirá por sus propias normas, aplicándose los principios de aquel texto refundido para resolver las dudas que pudieran suscitarse, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2 de la misma norma.

Decimoquinta. Anexos.

La presente Encomienda de Gestión, incluido su Anexo, constituye el acuerdo íntegro entre las Partes respecto al asunto objeto de la Encomienda.

Anexo I. Memoria Técnica de la Encomienda de Gestión.

Y para que conste y surta los efectos oportunos se extiende y firma el presente documento en Madrid, 1 de junio de 2017.–La Secretaria de Estado de Función Pública, Elena Collado Martínez.–El Presidente de la Sociedad Mercantil Estatal Ingeniería y Economía del Transporte S.M.E. M.P. SA, Isaac Martín-Barbero.

ANEXO I

Memoria técnica y presupuestaria

1. Objeto del encargo.

El objeto de la presente encomienda es el encargo a la sociedad mercantil estatal INECO de la asistencia técnica en la gestión de la Secretaría General de Administración Digital (SGAD) del Ministerio de Hacienda y Función Pública para la provisión de Servicios de tecnologías de la información y de la comunicación (en adelante, TIC) compartidos.

En concreto el encargo se centrará en el apoyo a la realización de las siguientes actividades:

1. Asistencia técnica de gestión de comunicaciones:

– Apoyo al seguimiento de la red de comunicaciones de voz y datos en el ámbito nacional e internacional.

– Apoyo al seguimiento de la integración y gestión de los servicios de comunicaciones móviles.

– Apoyo a la gestión de la red LAN en los CPD que participan en el servicio.

– Apoyo a la administración de sistemas de videoconferencia y webconferencia.

2. Asistencia técnica de la redacción del pliego del Contrato Centralizado de Telecomunicaciones (Fase II):

– Apoyo a la revisión del texto de Fase I e identificación de puntos de mejora.

– Apoyo a propuesta de redacción de requisitos.

– Apoyo a consolidación de información de Ministerios y Organismos participantes.

3. Asistencia técnica del Servicio de Soporte Nivel 2 de los Servicios Compartidos:

– Apoyo a la gestión de incidencias y peticiones.

– Apoyo a la gestión de usuarios.

– Apoyo a tareas de monitorización y seguimiento de niveles de servicio.

De acuerdo con ello, el Acuerdo de Encomienda alcanza al conjunto de tareas y actividades planificadas y previstas durante el periodo de vigencia de la misma, según se describe en los paquetes de trabajo que se recogen en los apartados siguientes.

2. Paquetes de trabajo.

La gestión material se encomienda se concreta en la ejecución de los paquetes de trabajo que se describen a continuación:

• Paquete de trabajo 1.–Asistencia técnica para el servicio unificado de telecomunicaciones. Consistirá en el apoyo a:

– 1.01 Seguimiento de la red de comunicaciones de voz y datos en el ámbito nacional.

Esta actividad comprenderá el apoyo al seguimiento y planificación de los despliegues, el apoyo para la Validación de los diseños de las soluciones a desplegar en las distintas sedes, así como el apoyo al seguimiento de la correcta prestación del servicio por el proveedor.

– 1.02 Seguimiento de los servicios de comunicaciones móviles.

Se hará un seguimiento del despliegue de los distintos elementos que conforman la solución de comunicaciones móviles, según sean solicitados por las entidades. Apoyo a la gestión de la solución de gestión movilidad corporativa en las distintas entidades Apoyo al seguimiento de la prestación del servicio.

– 1.03 Seguimiento de la red de comunicaciones de voz y datos en el ámbito internacional.

Seguimiento y planificación de los despliegues de los servicios de Comunicaciones de voz y datos en el ámbito internacional, Validación de los diseños de las soluciones a desplegar en las distintas sedes, seguimiento de la correcta prestación del servicio por el proveedor.

– 1.04 Gestión de la red LAN en los CPD que participan en el servicio.

Apoyo en la administración de los equipos LAN de los CPD, optimización y segmentación de los tráficos en redes diferentes (VLANs), securización de los distintos tráficos de red con los equipos de seguridad, diseño de soluciones de LAN para la provisión de servicios desde los CPD a las distintas ubicaciones y equipos presentes en el contrato.

– 1.05 La administración de sistemas de videoconferencia y webconferencia.

Soporte al usuario de videoconferencia en remoto, configuración de nuevo equipamiento, pruebas de integración entre diferentes sistemas de videoconferencia y videocolaboración. Configuración y gestión de salas virtuales, supervisión del correcto desarrollo de las videoconferencias, extracción de datos de los sistemas y generación de informes.

• Paquete de trabajo 2.–Asistencia técnica de la redacción del pliego del Contrato Centralizado de Telcomunicaciones (Fase II):

– 2.01 Revisión del pliego de Fase I.

Esta actividad comprende el análisis y revisión del texto correspondiente al pliego de Fase I, con el objeto de poder identificar puntos de mejora en el mismo. Se analizarán posibles interpretaciones a la redacción existente, identificando cuestiones que puedan dar lugar a dudas, que estén incompletas o cuya redacción aconseje introducir modificaciones.

– 2.02 Propuesta de redacción.

En base al resultado de la actividad de revisión y a los requisitos que se vayan a incorporar, procedentes de las Entidades participantes en el contrato, se propondrá un nuevo texto que incluya dichos ajustes o modificaciones.

– 2.03 Consolidación de información aportada por Entidades.

Revisar la información aportada por las Entidades sobre sus respectivos servicios, con el propósito de garantizar su completitud y coherencia. Consolidar y sintetizar toda la información de forma que sea fácilmente comprensible y aprovechable en el proceso de licitación y posterior gestión del contrato.

– 2.04 Estimación presupuestaria.

Apoyo al cálculo del presupuesto de licitación del contrato, teniendo en cuenta los servicios demandados en el mismo y sus costes de referencia.

– 2.05 Homogeneización del texto de los Lotes.

Revisión de la redacción del texto de los Lotes del contrato, con el objetivo de homogeneizar todas aquellas cuestiones comunes y transversales.

• Paquete de trabajo 3.–Servicio de soporte de Nivel 2 a las unidades TIC de los siguientes servicios compartidos:Servicio de alojamiento de infraestructuras TIC, Servicio de nube híbrida (NubeSARA), Servicio de correo electrónico unificado, Servicio de gestión del registro, Gestión de notificaciones, Gestión de nómina, Servicio integrado de gestión de personal, Servicio común de generación y validación de firmas electrónicas, Servicio de gestión de expedientes y documentos electrónicos y Servicio de gestión de archivo electrónico.

– 3.01 Gestión de incidencias y peticiones.

Apoyo a la atención de incidencias y peticiones en un primer nivel de resolución, escalándolas a los equipos de desarrollo o sistemas cuando proceda.

– 3.02 Gestión de usuarios:

Apoyo a la atención de peticiones de altas, bajas y modificación de usuarios en los Servicios Compartidos.

– 3.03 Monitorización y seguimiento del nivel de servicio de los distintos servicios.

Apoyo a las tareas de monitorización y de seguimiento de la medida de los acuerdos de nivel de servicio.

3. Tarifas aplicables.

El importe de los costes de la mano de obra se determinará utilizando las tarifas oficiales para encomiendas de gestión de la Administración General del Estado a la sociedad mercantil estatal INECO vigentes en el momento, aprobadas por Orden del Ministerio de Fomento de 9 de mayo de 2016.

Los precios unitarios aplicables a la encomienda son:

Personal de oficina

Categoría

Tarifas oficina

Euros/mes

Tarifas oficina

Euros/h

Responsable de trabajo

12.392,03

77,45

Personal TIC oficina del cliente

Categoría

Tarifas en oficina del cliente

Euros/mes

Tarifas proyecto

Euros/h

Analista

7.580,83

47,38

Analista-programador

6.073,68

37,96

Programador

5.678,78

35,49

Programador sénior

4.196,50

26,23

4. Presupuesto.

De conformidad con los parámetros considerados en el apartado anterior, el presupuesto estimado de los paquetes de trabajo es el siguiente:

Detalle anualidades 2017 y 2018

Paquete 01.–Asistencia técnica para el servicio unificado de telecomunicaciones.

01.01 Seguimiento de la red de comunicaciones de voz y datos en el ámbito nacional.

Concepto

Tarifa horaria

Euros/h

Dedicación total

Horas

Presupuesto unitario

Euros

Responsable de trabajo

77,45

40

3.098,00

Analista

47,38

1.760

83.388,80

Analista-Programador

37,96

1.760

66.809,60

Programador sénior

35,49

3.520

124.924,80

Programador

26,23

1.760

46.164,80

Total

324.386,00

01.02 Seguimiento de los servicios de comunicaciones móviles.

Concepto

Tarifa horaria

Euros/h

Dedicación total

Horas

Presupuesto unitario

Euros

Responsable de trabajo

77,45

40

3.098,00

Programador sénior

35,49

1.760

62.462,40

Programador

26,23

1.760

46.164,80

Total

111.725,20

01.03 Seguimiento de la red de comunicaciones de voz y datos en el ámbito internacional.

Concepto

Tarifa horaria

Euros/h

Dedicación total

Horas

Presupuesto unitario

Euros

Responsable de trabajo

77,45

40

3.098,00

Analista-Programador

37,96

1.760

66.809,60

Programador

26,23

1.760

46.164,80

Total

116.072,40

01.04 Gestión de la red LAN en los CPD que participan en el servicio.

Concepto

Tarifa horaria

Euros/h

Dedicación total

Horas

Presupuesto unitario

Euros

Responsable de trabajo

77,45

40

3.098,00

Analista

47,38

1.760

83.388,80

Analista-Programador

37,96

1.760

66.809,60

Total

153.296,40

01.05 Administración de sistemas de videoconferencia y webconferencia.

Concepto

Tarifa horaria

Euros/h

Dedicación total

Horas

Presupuesto unitario

Euros

Responsable de trabajo

77,45

33,6

2.602,32

Programador sénior

35,49

1.760

62.462,40

Total

65.064,72

Paquete 02 -Asistencia técnica de la redacción del pliego del Contrato Centralizado de Telecomunicaciones (fase II).

02.01 Revisión del pliego de fase I.

Concepto

Tarifa horaria

Euros/h

Dedicación total

Horas

Presupuesto unitario

Euros

Responsable de trabajo

77,45

4

309,80

Analista

47,38

1760

83.388,80

Programador sénior

35,49

800

28.392,00

Total

112.090,60

02.02 Propuesta de redacción.

Concepto

Tarifa horaria

Euros/h

Dedicación total

Horas

Presupuesto unitario

Euros

Responsable de trabajo

77,45

3

232,35

Consultor

60,02

880

52.817,60

Analista

47,38

1760

83.388,80

Programador sénior

35,49

800

28.392,00

Total

164.830,75

02.03 Consolidación de información aportada por Entidades.

Concepto

Tarifa horaria

Euros/h

Dedicación total

Horas

Presupuesto unitario

Euros

Responsable de trabajo

77,45

4

309,80

Programador sénior

35,49

880

31.231,20

Total

31.541,00

02.04 Estimación presupuestaria.

Concepto

Tarifa horaria

Euros/h

Dedicación total

Horas

Presupuesto unitario

Euros

Responsable de trabajo

77,45

3

232,35

Programador sénior

35,49

900

31.941,00

Total

32.173,35

02.05 Homogeneización del texto de los lotes.

Concepto

Tarifa horaria

Euros/h

Dedicación total

Horas

Presupuesto unitario

Euros

Responsable de trabajo

77,45

3,6

278,82

Consultor

60,02

880

52.817,60

Jefe de Proyecto

58,65

880

51.612,00

Programador sénior

35,49

300

10.647,00

Total

115.355,42

Paquete 03.–Soporte de Nivel 2 para Servicios Compartidos.

03.01 Gestión de Incidencias y Peticiones.

Concepto

Tarifa horaria

Euros/h

Dedicación total

Horas

Presupuesto unitario

Euros

Responsable de trabajo

77,45

14

1.084,30

Analista

47,38

1420

67.279,60

Programador sénior

35,49

710

25.197,90

Programador

26,23

8400

220.332,00

Total

313.893,80

03.02 Gestión de Usuarios.

Concepto

Tarifa horaria

Euros/h

Dedicación total

Horas

Presupuesto unitario

Euros

Responsable de trabajo

77,45

14

1.084,30

Analista

47,38

1400

66.332,00

Programador sénior

35,49

700

24.843,00

Programador

26,23

8400

220.332,00

Total

312.591,30

03.03 Monitorización y Seguimiento del nivel de servicio.

Concepto

Tarifa horaria

Euros/h

Dedicación total

Horas

Presupuesto unitario

Euros

Responsable de trabajo

77,45

7,1

549,90

Analista

47,38

700

33.166,00

Programador sénior

35,49

350

12.421,50

Programador

26,23

4319

113.287,37

Total

159.424,77

Total anualidades 2017 y 2018

Paquete 01.–Asistencia técnica para el servicio unificado de telecomunicaciones.

Concepto

Tarifa horaria

Euros/h

Dedicación total

Horas

Presupuesto unitario

Euros

Responsable de trabajo

77,45

193,6

14.994,32

Analista

47,38

3.520

166.777,60

Analista-Programador

37,96

5.280

200.428,80

Programador sénior

35,49

7.040

249.849,60

Programador

26,23

5.280

138.494,40

Total

770.544,72

Paquete 02 .–Asistencia técnica de la redacción del pliego del Contrato Centralizado de Telecomunicaciones (fase II).

Concepto

Tarifa horaria

Euros/h

Dedicación total

Horas

Presupuesto unitario

Euros

Responsable de trabajo

77,45

17,60

1.363,12

Consultor

60,02

1.760

105.635,20

Jefe de Proyecto

58,65

880

51.612,00

Analista

47,38

3.520

166.777,60

Programador sénior

35,49

3.680

130.603,20

Total

455.991,12

Paquete 03.–Soporte de Nivel 2 para Servicios Compartidos.

Concepto

Tarifa horaria

Euros/h

Dedicación total

Horas

Presupuesto unitario

Euros

Responsable de trabajo

77,45

35,10

2.718,50

Analista

47,38

3.520

166.777,60

Programador sénior

35,49

1.760

62.462,40

Programador

26,23

21.119

553.951,37

Total

785.909,87

Resumen anualidades 2017 y 2018

Concepto

Tarifa horaria

Euros/h

Dedicación total encomienda

Horas

Presupuesto unitario

Euros

Responsable de trabajo

77,45

246,30

19.075,94

Consultor

60,02

1.760,00

105.635,20

Jefe de Proyecto

58,65

880

51.612,00

Analista

47,38

10.560

500.332,80

Analista-Programador

37,96

5.280

200.428,80

Programador sénior

35,49

12.480

442.915,20

Programador

26,23

26.399

692.445,77

Total

2.012.445,71

El citado importe tiene la consideración, en todo caso, de gasto máximo de la encomienda, incluyendo el IVA correspondiente de la subcontratación y otros gastos de aprovisionamiento.

El importe definitivo será el que resulte en razón al trabajo efectivamente realizado y aceptado por la SGAD.

Se autoriza la subcontratación por parte de INECO, de aquella parte de los trabajos que no constituyan parte esencial de la Encomienda, sin superar el 50%, entendiéndose por parte esencial la planificación y seguimiento de los trabajos, el control de la ubicación, entrega, recepción y custodia de los expedientes e interlocución con la SGAD.

4. Seguimiento de la ejecución.

La ejecución de los trabajos se realizará en virtud de órdenes de trabajo emitidas por el Subdirector General de Explotación de la SGAD o en quien éste delegue. INECO aceptará las órdenes de trabajo recibidas en cuanto a su cumplimiento, sin prejuicio de realizar las observaciones que estime oportunas.

Sin perjuicio de lo dispuesto en la encomienda, para velar por la adecuada realización de las actividades mencionadas se realizarán reuniones de seguimiento de la Encomienda. En estas reuniones la SGAD resolverá cualquier cuestión que se plantee en la interpretación y ejecución de este Acuerdo, se informará sobre la justificación del gasto a financiar por la presente Encomienda y cuantos otros temas consideren de interés ambas partes.

Con carácter mensual, previo a las reuniones, y sin necesidad de requerimiento previo por parte de la SG de Explotación, el encomendado deberá entregar informes de actividad de los trabajos realizados.

INECO comunicará al SG de Explotación el avance en el cumplimiento de las órdenes de trabajo, mediante un informe detallado de los trabajos realizados.

5. Personal adscrito al proyecto.

El encomendado designará un responsable integrado en su propia plantilla que asumirá las funciones de interlocutor con la SGAD y la coordinación de su equipo. La Dirección técnica del proyecto la asumirá la Subdirección General de Explotación. Las obligaciones de este responsable serán:

– Actuar de interlocutor entre el responsable de la S.G. de Explotación y el personal del encomendado.

– Presentar al equipo de trabajo adscrito a la ejecución del proyecto.

– Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato.

– Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante en el equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.

– Organizar el régimen vacacional del personal adscrito a la ejecución del trabajo.

– Asegurar que el personal adscrito es el adecuado para la ejecución del proyecto, tanto en número recursos como en conocimientos. La SGAD podrá verificar la idoneidad técnica de dicho personal de los trabajo a ejecutar.

– Informar a la SGAD acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución de la Encomienda, con quince días de antelación.

Corresponde exclusivamente al encomendado la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia necesarios, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución de la Encomienda, sin perjuicio de la verificación por parte de la SGAD del cumplimiento de aquellos requisitos.

El encomendado asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución de la Encomienda, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, la sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, Incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.

El encomendado procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento a la SGAD.

El encomendado velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución de la Encomienda desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos.

Dada la tipología de los trabajos a ejecutar, se estima conveniente que estos se realicen en las dependencias del Ministerio de Hacienda y Función Pública.