Resolución de 9 de enero de 2018, de la Subsecretaría, por la que se publica la relación de los aspirantes que han sido declarados aptos en los exámenes para la obtención del título de Traductor-Intérprete Jurado, convocados por Resolución de 8 de marzo de 2017.

Nº de Disposición: BOE-A-2018-583|Boletín Oficial: 15|Fecha Disposición: 2018-01-09|Fecha Publicación: 2018-01-17|Órgano Emisor: Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación

En virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 2555/1977, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación («BOE» de 8 de octubre de 1977), y en la Orden AEC/2125/2014, de 6 de noviembre, por la que se dictan normas sobre los exámenes para la obtención del título de Traductor-Intérprete Jurado («BOE» de 15 de noviembre de 2014), y a propuesta del Tribunal Calificador, dispongo:

Primero.

Se hace pública la relación de aspirantes declarados aptos en los exámenes para la obtención del título de Traductor-Intérprete Jurado convocados mediante Resolución, de 8 de marzo de 2016, de la Subsecretaría y que figura como anexo, con indicación del idioma.

Segundo.

Se declaran no aptos todos los aspirantes no incluidos en la relación anexa.

Tercero.

Los aspirantes aprobados deberán presentar, en el plazo de 20 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de la lista de aprobados en el Boletín Oficial del Estado, bien en el Registro General del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación o bien en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, solicitud de nombramiento dirigida a la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, citando esta Resolución, acompañada de los siguientes documentos:

a) fotocopia compulsada del título español de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado o, si se trata de un título extranjero, de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia;

b) fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o pasaporte.

En el supuesto de titulares del Documento Nacional de Identidad español o de un título universitario expedido en España, la presentación de las fotocopias compulsadas de esos documentos podrá sustituirse por la autorización para la consulta de las correspondientes bases de datos de la Administración del Estado. De no poder realizarse la consulta por razones técnicas o no dar la consulta resultados positivos, la Oficina de Interpretación de Lenguas requerirá al interesado para que aporte copia compulsada del documento de que se trate, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 68 de la mencionada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Cuarto.

Quienes, dentro del plazo indicado y salvo caso de fuerza mayor, no presentasen la documentación requerida o de la misma se dedujese que no cumplen alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados Traductores-Intérpretes Jurados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 9 de enero de 2018.–La Subsecretaria de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Beatriz Larrotcha Palma.

ANEXO

Relación de aspirantes aprobados

Exámenes para el título de Traductor-Intérprete Jurado

Convocatoria 2017

Apellidos

Nombre

Idioma

Andrés Suñer.

María Gloria.

Inglés.

Rodríguez Piñán.

Violeta.

Inglés.