Resolución de 9 de octubre de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio marco entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Fundación Barrié, Feafes Galicia, la Fundación Roviralta y la Fundación Érguete-Integración en materia penitenciaria.

Nº de Disposición: BOE-A-2017-12114|Boletín Oficial: 255|Fecha Disposición: 2017-10-09|Fecha Publicación: 2017-10-23|Órgano Emisor: Ministerio del Interior

Habiéndose suscrito el 4 de septiembre de 2017 el Convenio marco entre la Fundación Barrié, Feafes Galicia, la Fundación Roviralta, la Fundación Erguete-Integración y el Ministerio de Interior (Secretaría General de Instituciones Penitenciarias) en materia penitenciaria, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 9 de octubre de 2017.–El Secretario General Técnico del Ministerio del Interior, Juan Antonio Puigserver Martínez.

ANEXO

Convenio marco entre la Fundación Barrié, Feafes Galicia, Fundación Roviralta, Fundación Érguete-Integración y el Ministerio de Interior (Secretaría General de Instituciones Penitenciarias) en materia penitenciaria

En A Coruña, 4 de septiembre 2017.

REUNIDOS

De una parte, don Ángel Yuste Castillejo, Secretario General de Instituciones Penitenciarias por Real Decreto de nombramiento 1964/2011, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre), y con competencia para firmar convenios según Orden INT 50/2010 de 12 de enero y Orden INT/1470/2008, de 27 de mayo, sobre régimen transitorio de delegación de competencias en el Ministerio del Interior, en relación con las anteriores Ordenes INT 2853/2006, de 13 de septiembre e INT 985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades.

De otra, la Fundación Pedro Barrié de la Maza, Conde de Fenosa, CIF G150279721 representada en este acto por don José María Arias Mosquera, en su condición de Presidente, mayor de edad, con domicilio en A Coruña, calle Cantón Grande, 9-15003 A Coruña, con NIF 32.402.435-N.

De otra parte, don Xosé Ramón Girón García, en su calidad de Presidente de Feafes Galicia (Federación de Asociacións de Familiares e Persoas con Enfermidade Mental de Galicia), de nacionalidad española, con CIF número G-15545353 y domicilio en rúa Belgrado, número 1, bajo, 15703 Santiago de Compostela (A Coruña), con poder para la firma de covenios. En adelante también denominada como «Feafes Galicia».

De otra parte, don Javier Serra López-Chicheri, en su calidad de Vocal y Director de la Fundación María Francisca de Roviralta, de nacionalidad española, con CIF número G-08-240731, inscrita en el Registro único de Fundaciones españolas con el número 215 y con sede en Alcobendas (Madrid). La Fundación María Francisca de Roviralta se constituyó el 21 de julio de 1959.

Ejerce su representación en virtud de su cargo de Vocal y Director en el ejercicio de sus poderes que le fueron concedidos mediante escritura pública de fecha 22 de marzo de 2007, otorgada ante el Notario de Madrid, don Carlos de Prada Guaita, con el número 602 de su protocolo. En adelante también denominada como la «Fundación Roviralta».

De otra parte, doña Carmen Avendaño Otero, en su calidad de Presidenta de la Fundación Érguete-Integración, de nacionalidad española, con CIF número G36861078 y sede en avenida Martínez Garrido, 21, interior, 36205 Vigo. La Fundación se constituyó en el año 1999, sin ánimo de lucro, con la finalidad de facilitar la integración socio-laboral de personas pertenecientes a colectivos en situación o riesgo de exclusión social.

Ejerce su representación en virtud de su cargo de Presidenta, en el ejercicio de los poderes que se le confieren según el artículo 19 de los estatutos de la entidad. En adelante también denominada como la «Fundación Érguete».

Las partes se reconocen capacidad para formalizar el presente convenio, en base a los principios de colaboración, cooperación, coordinación y eficacia que deben presidir las actuaciones de las Administraciones Públicas y

MANIFIESTAN

Primero.

Que en la actualidad el Ministerio de Interior, a través de la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias, tiene asignadas las funciones de planificación, dirección y gestión del régimen penitenciario.

Segundo.

Asimismo, el artículo 25.2 de la Constitución Española y el artículo 1 de la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria, establece que las instituciones penitenciarias tienen como fin primordial la reeducación y la reinserción social de los sentenciados a penas y medidas penales privativas de libertad, al tiempo que las instituciones penitenciarias tienen igualmente a su cargo, según este último precepto legal, una labor asistencial y de ayuda para los internos/as, liberados/as condicionales y definitivos/as y familiares respectivos.

Tercero.

Por su parte, la Fundación Pedro Barrié de la Maza, creada en 1966 por Pedro Barrié de la Maza, Conde de Fenosa, es una entidad benéfico-docente de carácter privado y sin ánimo de lucro, cuya finalidad es el progreso de Galicia desde una perspectiva global y, especialmente, en los ámbitos de la educación, la investigación, la cultura y la acción social.

Que uno de sus fines dentro de su misión es la promoción, creación y sostenimiento de obras docentes, sociales o de toda índole para personas económicamente necesitadas, otorgando preferencia a las establecidas o que se establezcan en la región gallega.

Cuarto.

La Federación de Asociaciones de Familiares y Personas con Enfermedad Mental de Galicia (Feafes Galicia) es una entidad sin ánimo de lucro que se constituye en el año 1995 con el objetivo de actuar como representante de los derechos y necesidades del movimiento asociativo de las personas con enfermedad mental. En la actualidad está integrada por catorce asociaciones distribuidas por toda la geografía gallega. Feafes-Galicia realiza acciones dirigidas a mejorar la calidad de vida de las personas con enfermedad mental y a sus familias y dispone de centros en 24 localidades de Galicia.

Quinto.

La Fundación Roviralta, creada en 1959 por los hermanos don José María y don Manuel Roviralta Alemany es una entidad privada sin ánimo de lucro tiene entre sus fines y objetivos atender las necesidades de carácter social y asistencial, apoyando a los grupos sociales más desfavorecidos y necesitados. El 15 de abril de 2013, suscribió un acuerdo de colaboración con la Fundación Barrié para el desarrollo económico y social de Galicia. En aplicación del mismo, la F. Roviralta se ha comprometido a apoyar económicamente diversos programas desarrollados por la Fundación Barrié destinándose, para el presente convenio marco en materia penitenciaria, 13.000 €.

Sexta.

Por su parte la Fundación Érguete, creada en 1999 es una entidad sin ánimo de lucro que tiene por finalidad el destinar y afectar un patrimonio a la realización de fines de interés general para la comunidad encaminados a la inserción socio-laboral de personas con especial dificultad de integración en la sociedad.

Séptima.

Que los convenios entre las Administraciones Públicas y las entidades privadas constituyen el instrumento adecuado para desarrollar su cooperación en cuestiones de interés común, tal como contempla la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y normativa concomitante.

Octava.

Los problemas de salud mental entre las personas que se encuentran en prisión son mucho más frecuentes que en la población general. La intervención con enfermos mentales graves o crónicos en centros penitenciarios se fundamenta en las necesidades detectadas en la población penitenciaria actual. De ahí la importancia de un programa de estas características en todos los centros penitenciarios de Galicia, a través del cual se llevarán a cabo unos objetivos terapéuticos que mejoren la salud de los propios internos y sus posibilidades de reinserción.

Novena.

Que con fechas 11 de mayo de 2011 y 1 de julio de 2014 se firmaron Convenios de colaboración entre las partes con renovación automática anual –salvo denuncia- y por un periodo de tres años que finalizaron en diciembre de 2016. Por todo ello y dando por concluido en dicha fecha el convenio anterior, teniendo en cuenta cuanto antecede y con la finalidad de dar continuidad a esta colaboración, las instituciones firmantes acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de este Convenio.

El presente Convenio tiene por objeto la colaboración entre la Fundación Barrié, la Fundación Roviralta, FEAFES-Galicia y Fundación Érguete y la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias, para mejorar la situación de la población interna en los centros penitenciarios de Galicia que padezcan enfermedades mentales.

Segunda. Ámbito de aplicación.

El presente Convenio se circunscribe a la Comunidad Autónoma de Galicia, pudiendo beneficiarse del mismo todos los internos e internas con enfermedad mental seleccionados de los centros penitenciarios de Galicia.

El proyecto se ejecutará desde las asociaciones de Feafes Galicia ubicadas en las zonas geográficas de los principales centros penitenciarios de Galicia, según el siguiente cuadro:

Centro penitenciario

Asociación

Horas de atención directa

C.P. Teixeiro

APEM

6 h/semana

C.P. A Lama

LENDA

6 h/semana

C.P. Monterroso

ALUME

3,5 h/semana

C.P. Bonxe

ALUME

3,5 h/semana

C.P. Pereiro de Aguiar

MOREA

3,5 h/semana

CIS Vigo

LENDA

6/semana

CIS Coruña

APEM

6/semana

Las horas que se indican en la columna se refiere a las de presencia en los centros, salvo en los CIS que se refieren a horas de asistencia del interno a la asociación de referencia, y acompañamiento a la misma, si es el caso.

Tercera. Descripción general y justificación.

El proyecto se encuadra en lo establecido en el programa para la Atención Integral de Enfermos Mentales en Centros Penitenciarios (PAIEM).

Cuarta. Beneficiarios del proyecto y metodología.

Las personas con enfermedad mental grave y persistente de internos en los centros penitenciarios de Galicia con diagnóstico entre otros de: esquizofrenias, trastornos maniaco-depresivos y depresivos graves recurrentes, síndromes cerebro-orgánicos, trastornos paranoides y otras psicosis, algunos trastornos graves de la personalidad, que dificultan o impiden el desarrollo de sus capacidades funcionales en relación a los aspectos de la vida diaria. También sus familiares.

La selección de los participantes dentro del programa vendrá determinada por decisión del equipo técnico del PAIEM en colaboración con la dirección del centro penitenciario en cada caso. El número de beneficiarios del programa se estima en aproximadamente 200 internos cada año máximo.

Una vez seleccionados los usuarios, respecto de los cuales se respetará siempre y en todo caso la confidencialidad y el respeto a los datos especialmente protegidos, a tenor de lo dispuesto en la ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se realizará su valoración, incluyendo los siguientes aspectos:

• Historial personal, clínico, familiar y social

• Valoración funcional, psicosocial.

• Elaboración del Plan Individualizado de intervención, en el que se determina: objetivos, tareas, temporalización, evaluación y seguimiento.

Una vez diseñado este Plan Individualizado, se empezará la intervención y el trabajo directo con los usuarios en el centro penitenciario a cargo de los profesionales de las distintas asociaciones de FEAFES-Galicia. En este sentido, la Junta de Tratamiento de cada centro proporcionará a la asociación adscrita a su centro los medios adecuados para desarrollar el programa, excepto en el caso de las familias, que podrán ser atendidas en las instalaciones de cada Asociación.

Los internos beneficiarios no abonarán ninguna cantidad por su participación en el programa.

Asimismo se considerarán beneficiarios indirectos los internos de apoyo y al funcionariado que se verá beneficiado por una mejora de la convivencia y del ambiente de trabajo.

Quinta. Objetivos y resultados esperados del programa.

a) Objetivo general: mejorar la situación de la población con enfermedad mental en los centros penitenciarios de Galicia.

b) Objetivos específicos:

• Conseguir que los internos con discapacidad por enfermedad mental conozcan y aprendan a manejar su patología, evitando las recaídas y mejorando su calidad de vida.

• Favorecer su participación en los distintos programas y recursos del propio centro penitenciario.

• Implicar a sus familias en el proceso rehabilitador, prestándoles apoyo psicológico y formándolas a través de la Escuela de Familias.

• Facilitar el proceso de inserción social.

c) Resultados esperados: adquisición de conciencia de enfermedad; adherencia al tratamiento; mejorar las habilidades sociales, motivación y autonomía; mejorar su relación con familiares y allegados; facilitar la reinserción social, familiar y comunitaria.

Sexta. Contenidos del programa.

Se prorrogarán y ampliarán las actividades iniciadas en los convenios 2011-2013 y 2014-2016 y que se agrupan en:

a) En los centros penitenciarios de A Lama, Teixeiro, Bonxe, Pereiro de Aguiar y Monterroso:

• Talleres para personas internas: taller de psicoeducación, taller de promoción de la salud mental para mujeres, taller de habilidades sociales, taller de rehabilitación cognitiva, taller «vivir saludablemente», taller de autoestima, taller de promoción de la salud mental para mujeres, cineforum, salidas terapéuticas, otras que se pudieran programar.

• Intervención psicológica individualizada con internos

• Intervención con familiares: información y orientación, centrados en su situación particular; apoyo en trámites de acceso a recursos; escuela de familias/ información y orientación; asesoría jurídica; apoyo emocional.

• Internos de apoyo:

La figura del interno de apoyo es fundamental dentro del PAIEM, por lo que en el presente convenio y como complemento a la oferta de la Administración Penitenciaria de formación a internos de apoyo en centros penitenciarios de fuera de Galicia, se ha incluido en el presente convenio la propuesta de Formación de Internos de Apoyo que realiza la Fundación Érguete dentro del proyecto Abeiro, como alternativa para todos aquellos internos dispuestos a formarse y poner sus conocimientos y ayuda al servicio del centro penitenciario como internos de apoyo. La formación en 2017 se realizaría en los centros penitenciarios de Teixeiro y A Lama, pudiendo en 2018 incorporarse también el centro Penitenciario de Pereiro. Como anexo se adjunta un resumen del proyecto Abeiro para la formación de internos de apoyo.

Asimismo y con el objeto de motivar y gratificar el esfuerzo de los internos de apoyo que realicen sus funciones a lo largo de 2017 y que no tengan ningún tipo de remuneración por este concepto, se establece dentro del convenio una partida para cubrir dichas gratificaciones, estimándose que el número de posibles beneficiarios será de entre 30 y 40 internos de apoyo en toda Galicia. La selección y gestión de estas gratificaciones corresponderá a FEAFES y a los equipos de trabajo del PAIEM dentro de los centros penitenciarios. En la claúsula séptima figura esta partida con indicación de las aportaciones de las entidades colaboradoras.

Además podrán realizarse cualquier otra iniciativa, previo acuerdo de las partes, que tengan como finalidad estimular y gratificar el esfuerzo de los internos de apoyo.

• Colaborar en la Formación de funcionarios. El papel de los funcionarios es esencial para el éxito del programa y su colaboración es imprescindible, constituyendo un elemento clave para el buen funcionamiento del mismo. Dentro del convenio se plantea a la Secretaría de General la posibilidad de colaborar en cursos de formación destinados a profesionales penitenciarios para que conozcan mejor la temática específica de personas con enfermedad mental. En este sentido, de ser aprobada dicha formación, y si la Secretaría General lo considera oportuno, FEAFES, por su trayectoria y reconocimiento, ofrece sus servicios tanto en la definición de contenidos como en la impartición de los mismo a través de su personal cualificado, a cuyo objeto se deja abierta la posibilidad de preparar compromisos concretos que puedan facilitar el logro de este objetivo.

b) Centros de Inserción Social (CIS) Carmen Arias y Díaz de Rábago (A Coruña) y Carmen Avendaño (Vigo).

Para facilitar la reincorporación progresiva a la comunidad de los pacientes, es preciso seguir profundizando en la línea de trabajo de reinserción de los internos PAIEM en los CIS, guiada y efectiva en la sociedad.

El trabajo lo realizarán profesionales de las asociaciones que forman parte del equipo PAIEM en colaboración con el personal técnico de FEAFES.

Las personas internas disfrutan de salidas semanales, debidamente dirigidas de dos tardes a la semana, durante aproximadamente 3 horas. El acompañamiento se realizará a través de la entidad colaboradora, con el fin de vincular al paciente y a la familia con la entidad (seguimiento, programación de consultas especializadas y otras actividades o servicios). La persona tiene que integrar en su día a día la asistencia habitual a un centro de referencia.

En el caso de las personas internas con vínculos familiares, paralelamente se hará atención con la familia. Se tratará de articular y mejorar la coordinación con otras entidades sociales.

Evaluación externa: Con el objeto de poder mejorar la medición de resultados y sacar enseñanzas que permitan seguir mejorando, entendemos que contar con el apoyo de evaluadores externos podría ser de mucha utilidad para el programa. Se incluye la posibilidad de una evaluación externa al final, para lo que dispone de presupuesto específico ya incluido en partida específica en el coste total del programa.

Séptima. Dotación económica e informes de seguimiento.

Para financiar las actividades previstas en los distintos centros penitenciarios, según figuran más arriba, se contará con una dotación total de 93.690 euros/año según el siguiente presupuesto:

El abono total de dicho importe en 2017 se realizará como sigue:

Concepto

Fundación Barrié

Euros

Feafes

Euros

Fundación Roviralta

Euros

Fundación Érguete

Euros

Total

Euros

Profesionales, dietas, desplazamiento, materiales y coordinación Feafes

44.735

26.475

72.210

Evaluación externa

2.000

1.000

3.000

Proyecto Abeiro. Formación internos de apoyo

10.600

6.880

17.480

Gratificación internos de apoyo

865

1.735

2.400

5.000

Total

47.600

29.210

13.000

6.880

96.690

Las entidades colaboradoras se comprometen de forma individual con el programa, de la manera y bajo los términos siguientes:

La Fundación Barrié se compromete a:

• Abonar a Feafes la cantidad total de 50.000 euros en tres pagos:

Primero. 20.000 euros a la firma del convenio.

Segundo. 5.000 euros el 15 de julio de 2017.

Tercero. 15.000 euros el 15 de enero de 2018.

• Abonar a Fundación Érguete la cantidad de 10.600 euros en dos pagos:

Primero. 8.000 euros a la firma del convenio.

Segundo. 2.600 euros a la entrega del informe final, previsto para noviembre de 2017.

Feafes se compromete a:

• Gestionar y coordinar el programa, en colaboración con sus asociaciones federadas y los equipos PAIEM de los centros penitenciarios gallegos.

• Aportar en especie al convenio la cantidad valorada en 29.210 euros como costo del trabajo para el desarrollo del programa.

• Enviar a la Fundación Barrié el informe intermedio del primer semestre antes del 15 de julio.

• Enviar a la Fundación Barrié el informe del segundo semestre y los datos finales anuales antes del 15 de enero de 2018.

• Coordinar la evaluación externa.

• Facilitar los indicadores al respecto.

La Fundación Roviralta se compromete a:

Aportar a este convenio la cantidad total de 13.000 euros que serán abonados a la Fundación Barrié y que cubrirán:

• 10.600 euros del proyecto de Formación de Internos de Apoyo que realiza la Fundación Érguete en los centros penitenciarios de A Lama y Teixeiro en 2017.

• 2.400 euros como parte de la gratificación a los Internos de Apoyo que gestiona Feafes.

La Fundación Érguete se compromete a:

• Aportar en especie a este convenio 6.880 euros, cantidad por la que esta entidad valora el costo de su trabajo para el desarrollo del programa de Formación de Internos de Apoyo y que asume ella.

• Desarrollar el proyecto de Formación de Internos de Apoyo según se especifica en el anexo I.

Octava.

Por su parte la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias se compromete a:

a) Proporcionar a las partes el apoyo profesional, organizativo y de infraestructuras penitenciarias necesarias, contando con las instalaciones y medios de que dispone, a fin de conseguir realizar todas las actividades programadas y que se incluyen en el presente convenio.

b) Facilitar locales para la realización de las diferentes actividades.

c) Participar en la elaboración, seguimiento y desarrollo de las actividades, a propiciar los medios materiales necesarios y a prestar la colaboración precisa a través del personal del Centro Penitenciario.

d) Procurar la efectiva coordinación entre los centros penitenciarios y los centros de inserción social, en consonancia con la entidad colaboradora, a fin de que el proceso rehabilitador sea continuo y dinámico, propiciándose así un retorno del paciente a la comunidad, una vez cumplida su condena y/o medida de seguridad, que suponga un menor riesgo de reincidencia en el delito y reingreso en la institución penitenciaria

Novena. Seguimiento del Convenio.

La evaluación tanto de los participantes como del programa será continua, modificando las actividades y propuestas en la medida que mejor se adapten a la dinámica de los programas y las capacidades de los participantes. Se realizarán reuniones mensuales del equipo de trabajo de los centros penitenciarios y los profesionales de Feafes-Galicia para el mejor desarrollo del programa.

Se constituye asimismo una Comisión de Seguimiento integrada por los siguientes miembros:

a) Un representante de la Fundación Barrié.

b) Un representante de Feafes-Galicia.

c) Un representante de la Subdirección General de Tratamiento designado por la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias.

La Comisión, que se reunirá al menos una vez al año, determinará un proceso de seguimiento, evaluación y, en su caso, modificación de la programación efectuada así como la interpretación de lo dispuesto en el presente convenio e intentará solventar por consenso los posibles desacuerdos o resolver las posibles incidencias que puedan presentarse a fin de conseguir el mejor cumplimiento de los objetivos propuestos.

El funcionamiento de la Comisión Mixta de Seguimiento se adecuará a lo dispuesto para los órganos colegiados en el artículo 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Décima. Difusión y comunicación.

La comunicación se coordinará de mutuo acuerdo entre la Fundación Barrié y la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, con el conocimiento del resto de los firmantes, facilitando la difusión de los programas a través de los diferentes canales de comunicación y a través de acciones que favorezcan el conocimiento de los mismo en su más amplio sentido, cumpliendo así con el objetivo último de reinserción que persigue el programa.

Undécima. Personal.

En ningún caso, con ocasión de los servicios o actividades realizadas en desarrollo del presente convenio, se establecerán vínculos de carácter contractual, laboral, funcionarial o estatutario entre el personal designado por cada una de las partes y el resto de las mismas.

Duodécima. Tratamiento de datos y deber de confidencialidad.

Las partes cumplirán en todo momento con la normativa y legislación aplicable vigente en materia de protección de datos, y especialmente con la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, su normativa de desarrollo y cuanta normativa resulte de aplicación en cada momento.

En el supuesto de que las Partes comuniquen indistintamente algún dato de carácter personal, deberán guardar confidencialidad y no aplicar los datos a finalidad distinta que la estipulada en el presente contrato.

Al finalizar la vigencia del contrato pactado en el presente documento, las Partes cancelarán cuantos datos de carácter personal se hubieren proporcionado respectivamente con la finalidad señalada.

Decimotercera. Vigencia del convenio.

El convenio se plantea a tres años, si bien el presupuesto tendrá carácter anual en 2017 y su renovación para los años 2018 y 2019 requerirá el cumplimiento de objetivos y la autorización expresa del Patronato de la Fundación Barrié, Fundación Roviralta, Feafes y la Fundación Érguete, en sus respectivas aportaciones económicas.

No se contempla prórroga ya que, la continuidad de las acciones o la incorporación de otras nuevas conllevara la tramitación de un nuevo convenio previo acuerdo de las partes.

El convenio podrá extinguirse por renuncia de alguna de las partes que deberá ser comunicada, para su eficacia, a las otras partes, con una antelación mínima de dos meses a la fecha de cada vencimiento; todo ello, sin perjuicio de que las actividades que estuvieran comprometidas hasta la fecha de resolución del convenio, sean debidamente cumplidas.

Decimocuarta. Naturaleza del Convenio y derecho aplicable.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, le es de aplicación lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y queda excluido de la aplicación del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud de lo establecido en el artículo 4.1 apartado d) de su texto.

Decimoquinta. Resolución de conflictos y jurisdicción aplicable.

Las dudas o controversias que surjan entre las partes sobre los efectos, interpretación, modificación o resolución del mismo que no puedan resolverse por conciliación en la Comisión Mixta de Seguimiento, serán sometidas a los tribunales competentes de la jurisdicción contencioso-administrativa de A Coruña.

Y en prueba de conformidad firman el presente Convenio en el lugar y fecha indicados.–Por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste Castillejo.–Por la Fundación Barrié, José María Arias Mosquera.–Por la Fundación Roviralta, Javier Serra López-Chicheri.–Por la Fundación Érguete, Carmen Avendaño Otero.–Por Feafes Galicia, Xosé Ramón Girón García.