Resolución de 9 de octubre de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración y coordinación con la Comunidad Autónoma de La Rioja, en materia de seguridad de los edificios e instalaciones autonómicos para el año 2017.

Nº de Disposición: BOE-A-2017-12110|Boletín Oficial: 255|Fecha Disposición: 2017-10-09|Fecha Publicación: 2017-10-23|Órgano Emisor: Ministerio del Interior

Habiéndose suscrito el 27 de septiembre de 2017 la Adenda al Convenio de colaboración y coordinación entre el Ministerio del Interior (Guardia Civil) y la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de seguridad de los edificios e instalaciones autonómicos para el año 2017, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha Adenda que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 9 de octubre de 2017.–El Secretario General Técnico del Ministerio del Interior, Juan Antonio Puigserver Martínez.

ANEXO

Adenda al Convenio de colaboración y coordinación entre el Ministerio del Interior (Guardia Civil) y la Comunidad Autónoma de La Rioja, en materia de seguridad de los edificios e instalaciones autonómicos para el año 2017

En Madrid, a 27 de septiembre de 2017.

REUNIDOS

De una parte, don Juan Ignacio Zoido Álvarez, Ministro del Interior, según el Real Decreto 417/2016, de 3 de noviembre, por el que se nombran Ministros del Gobierno (BOE número 267, de 4 de noviembre), en representación de este Ministerio y en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 61.k) la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra parte, don Conrado Escobar Las Heras, Consejero de Políticas Sociales, Familia Igualdad y Justicia del Gobierno de La Rioja, facultado para la firma del presente texto por el artículo 42.1.k) de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e incompatibilidades de sus miembros.

Intervienen los citados en la representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose recíprocamente capacidad y legitimación para otorgar y firmar la presenta adenda, bastante en Derecho, y en su virtud,

EXPONEN

El 4 de diciembre de 2006 fue suscrito un Convenio de Colaboración y Coordinación entre el Ministerio del Interior (Guardia Civil) y la Comunidad Autónoma de La Rioja, en materia de seguridad de los edificios e instalaciones autonómicos.

El objeto de dicho Convenio es establecer y regular la participación del personal del Cuerpo de la Guardia Civil en las misiones de vigilancia y protección de edificios e instalaciones de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

La cláusula séptima de este Convenio establece que tras analizar las necesidades de financiación de las actividades a realizar en desarrollo del Convenio y atendiendo a los efectivos previstos, las partes plasmarán en una adenda el coste estimado para el correspondiente ejercicio.

Que el presente texto se ha aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 2 de junio de 2017.

ACUERDAN

Primero. Objeto.

La presente Adenda se suscribe al amparo de lo dispuesto en la cláusula séptima del Convenio de colaboración y coordinación entre el Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil) y la Comunidad Autónoma de La Rioja, en materia de seguridad de edificios e instalaciones autonómicos, suscrito el 4 de diciembre de 2006, siendo el objeto de la presente adenda establecer y regular la participación del personal del Cuerpo de la Guardia Civil en las misiones de vigilancia y protección de edificios e instalaciones autonómicos.

Segundo. Edificios y horarios.

La Comisión Mixta del Convenio, haciendo uso de la posibilidad prevista en el apartado d) de la cláusula tercera del convenio originario, adopta los siguientes acuerdos, sobre edificios y horarios de prestación del servicio por el personal de la Guardia Civil.

1. Servicios.

Determinar que se sigan prestando durante 2017 los servicios en el edificio de Vara de Rey 3, sede de la Presidencia del Gobierno Regional y en el edificio sede del Palacio de Justicia de La Rioja situado en la calle Murrieta, 45-47, de esta ciudad, así como modificar el número de efectivos máximos, reflejados en la adenda de 2017 y que se especifican en el acuerdo tercero.

2. Horarios y turnos.

a) Palacio del Gobierno de La Rioja:

Días laborales (lunes a viernes)

Turno de mañana

7 a 14 horas

Turno de tarde

14 a 21 horas

Por la noche y fines de semana (sábado, domingo y festivos) el servicio de seguridad correrá a cargo de unidades de vigilancia privada.

La Comunidad Autónoma de La Rioja podrá señalar hasta 4 días anuales, coincidentes con fines de semana (sábado y domingo) o festivos para que se preste servicio de seguridad por la Guardia Civil, y podrá señalar en estos días la ampliación del horario señalado anteriormente. Esta situación será participada por la Comunidad Autónoma al Jefe de la Unidad de Vigilancia y Protección de Edificios e Instalaciones Autonómicos con una antelación mínima de treinta días, salvo circunstancias extraordinarias no previstas, al objeto de poder considerar los cambios necesarios en el servicio previsto.

b) Palacio de Justicia de La Rioja:

Dos periodos:

1. De 1 de enero a 31 de mayo de 2017.

Días laborales (lunes a viernes)

Turno de mañana

8 a 15 horas

Turno de tarde

14 a 21 horas

De manera específica, durante los sábados, domingos y festivos el servicio se prestará en el Palacio de Justicia de La Rioja, situado en la calle Murrieta, 45-47, de acuerdo al horario siguiente:

Sábados

Turno de mañana

9 a 14 horas

Turno de tarde

17 a 20 horas

Domingos y festivos

Turno único

14 horas

2. De 1 de junio a 31 de diciembre de 2017.

Días laborales (lunes a viernes)

Turno de mañana

07:30 a 15:30 horas

Por la tarde, noche y fines de semana (sábado y domingo) y festivos, el servicio de seguridad correrá a cargo de unidades de vigilancia privada.

Tercero. Número de efectivos.

A efectos de determinar el coste de la prestación económica máxima para el ejercicio 2017, se concretan para este ejercicio los siguientes efectivos para la cobertura de los servicios señalados:

Categoría

Efectivos

(01-01-17 a 31-05-17)

Efectivos

(01-06-17 a 31-12-17)

Teniente

1

1

Sargento 1º

2

2

Cabo

1

1

Guardia Civil

14

11

Total

18

15

Cuarto. Prestación económica.

Para el ejercicio presupuestario 2017, la prestación económica máxima a aportar por la Comunidad Autónoma de La Rioja, con el fin de coadyuvar al desarrollo de las actividades previstas en el Convenio suscrito el 4 de diciembre de 2006, es de 201.376,92 euros, dentro del concepto de retribuciones, según desglose efectuado en la memoria económica que se acompaña al presente documento.

A efectos retributivos, la Comisión acuerda compensar económicamente a los agentes que los lleven a efecto, a razón de veinticinco euros con veinticinco céntimos (25,25 €) /efectivo, los servicios realizados en sábados, domingos y festivos, tanto nacionales, autonómicos y locales en los seis primeros meses del año, más el servicio realizado durante el día de San Mateo en el edificio de la Presidencia del Gobierno regional. El importe total de compensación se ingresará en el Tesoro a favor de la Dirección General de la Guardia Civil, con el fin de realizar la oportuna generación de crédito.

En la cuantía máxima a aportar por la Comunidad Autónoma de La Rioja señalada en el primer párrafo de esta cláusula se incluye la compensación del gasto por reposición de uniformidad, cuya cuantía asciende a 1.006,30 euros, en aplicación del apartado g), estipulación tercera del convenio marco.

En aplicación del apartado b) de la estipulación tercera del convenio marco, se incluye la compensación del gasto por formación continua de personal (ejercicios de tiro), cuya cuantía asciende a 90 euros por munición a emplear para el mismo durante el año 2017.

La referida prestación económica se incrementará porcentualmente según determinen los presupuestos Generales del Estado para el año 2017.

Quinto. Vigencia.

La presente adenda tendrá efecto entre las partes desde el 1 de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2017, teniendo en cuenta la previsión al respecto del artículo 12.3 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Y en prueba de conformidad, los intervinientes firman el presente documento, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.

El Ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido Álvarez.–El Consejero de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justica, Conrado Escobar Las Heras.