1. Organismo Público: Autoridad Portuaria de Alicante.
2. Objeto del procedimiento: Enajenación, mediante adjudicación directa, del buque SANTÍSIMA TRINIDAD PRIMERA, declarado abandonado en virtud de Acuerdo del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Alicante, de fecha 19.02.2018.
3. Cargas: En aplicación del art. 12 Convenio Internacional sobre Privilegios Marítimos y la Hipoteca Naval de 1993 y art. 484 de la Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima, todas las hipotecas, gravámenes, privilegios y otras cargas de cualquier género que pudieran recaer sobre el buque quedarán sin efecto.
3. Precio de la enajenación mediante adjudicación directa: A la propuesta económica más ventajosa, según lo establecido en el Apdo. 12.4 del Pliego regulador de la enajenación.
4. Garantía exigida: Por importe de siete mil seiscientos cinco euros (7.605,00 €), correspondiente al cinco por cien del valor de tasación del bien (152.100,00 €).
5. Exposición del bien: El buque objeto de adjudicación directa podrá ser visitado, previa notificación y coordinación con la Secretaría General de la Autoridad Portuaria de Alicante, teléfono 965 13 00 95 y correo electrónico: secretaria.apa@puertoalicante.com.
6. Modo y plazo de presentación de las solicitudes: Las solicitudes se presentarán en sobre cerrado, hasta las catorce (14:00 horas) horas, del día 17 de diciembre de 2018.
7. Lugar de presentación de las ofertas: Las solicitudes serán presentarán ante el Registro de la Secretaría General de la Autoridad Portuaria de Alicante, sito en 03001-ALICANTE, Muelle de Poniente, 11.
8. Obtención de documentación e información: Autoridad Portuaria de Alicante, sita en 03001-ALICANTE, Muelle de Poniente, 11 - Teléfono 965 13 00 95 - Fax 965 13 00 34 - Perfil del Contratante/Licitaciones Públicas y Adjudicaciones de la web https://www.puertoalicante.com/ Correo electrónico: secretaria.apa@puertoalicante.com.
9. Gastos del anuncio: Por exclusiva cuenta del adjudicatario.
Alicante, 9 de noviembre de 2018.- El Presidente, Juan Antonio Gisbert García.