El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Gijón, en su sesión de 7 de noviembre de 2025, al amparo de lo previsto en el artículo 30.5.a) en relación con el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre (TRLPEMM), acordó otorgar a la mercantil LUBRICANTES VIGÓN, S.L. licencia para la prestación de servicio portuario de recepción de desechos generados por buques (Anexo I, IV y VI MARPOL), en las condiciones del pliego de prescripciones particulares vigente, por un plazo de dos años.
Lo que se hace público para general conocimiento, en virtud de lo establecido en el artículo 115.3 del TRLPEMM.
Contra este acuerdo, que tiene carácter de acto administrativo definitivo y agota la vía administrativa, se puede interponer, de forma potestativa, recurso de reposición ante el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Gijón, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de publicación de este anuncio, según establece el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Alternativamente, puede interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados igualmente desde el día siguiente de la publicación de este anuncio, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
Gijón, 10 de noviembre de 2025.- La Presidenta, Nieves Roqueñí Gutiérrez.