El derecho a contraer matrimonio
El artÃculo 32 de la Constitución Española establece que el hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurÃdica. La Ley regulará las formas de matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los derechos y deberes de los cónyuges, las causas de separación y disolución y sus efectos.Â
El Código Canónico regula las normas del matrimonio contraido por la Iglesia. Mientras, el Código Civil regula el matrimonio civil. El artÃculo 44 de esta última norma reconoce el mismo derecho y añade que el matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo.
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Ver todosÚltima modificación: 02 de julio de 2014