Extincion de la personalidad
De Conceptos JurÃdicos
La [personalidad civil] se extingue por la muerte de las personas, artÃculo 32 del Código Civil.
La muerte conlleva la extinción de la [personalidad civil] de la persona, disolución del patrimonio personal y conversión en [herencia].
Ver. Conmoriencia.
Conceptos relacionados con Extincion de la personalidad
-
No existen conceptos relacionados
ArtÃculos sobre Extincion de la personalidad
Ver todosÚltima modificación: 02 de julio de 2014