Responsabilidad objetiva
En la [responsabilidad objetiva], quien cause [daños] responderá por ellos con independencia del nivel de precauciones que haya adoptado siempre que la ley asà lo hubiere establecido.Â
En el sistema de [responsabilidad objetiva], “quien desarrolla la actividad 'va a tener que [indemnizar] a todas las victimas de los accidentes”. En cambio, si la victima lo ha sido por un accidente a los que está atribuida la [responsabilidad objetiva], solo deberá probar el [daño] y [la relación de causalidad].
La [ley] ha optado por atribuir la [responsabilidad objetiva] a:
- Las actividades intrÃnsecamente peligrosas. Se dice cuando se lleva a cabo una actividad que en si misma genera un peligro, se imputa la [responsabilidad] por razón del riesgo creado a quien la realiza.Â
- Las actividades empresariales. Se trata de un criterio de imputación autónomo que se quiere hacer coincidir con el riesgo de empresa y que por regla general se encuentra el articulo 1903 CC, cuando provenga de la actividad desarrollado por los empleados, asà como el articulo 120 CP, al establecer la [responsabilidad civil subsidiaria] por [delito] cometido por la persona que el empresario tiene bajo sus ordenes.
- Bienes especialmente vulnerables. Se dice también que el criterio de imputación objetiva se aplica cuando se trata de proteger bienes especialmente vulnerables, como podrÃa ser el medio ambiente.
La [responsabilidad objetiva] tiene la misma finalidad de resarcir los [daños] causados a quien no tiene la obligación de soportarlos, pero con un mecanismo distinto del de la responsabilidad por culpa: se atribuye la obligación de [indemnizar] por razón de la posición que el responsable ocupa.
La jurisprudencia ha justificado esta técnica porque ha entendido que se ha creado un [riesgo].
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Ver todosÚltima modificación: 02 de julio de 2014