Divorcio

De Conceptos Jurídicos
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La adquisición por parte de los ex cónyuges del derecho a contraer nuevo matrimonio, incluso entre sí.

Se produce la disolución del régimen económico matrimonial.

artículo 89 del Código Civil

Según lo establecido en el demanda del convenio regulador, y para todos deberán haber transcurrido como mínimo tres meses desde la celebración del matrimonio.

El efecto principal del divoricio es:

  • Disolución del vínculo matrimonial.
  • La adquisición por parte de los ex cónyuges del derecho a contraer nuevo matrimonio, incluso entre sí.
  • Se produce la disolución del régimen económico matrimonial.

artículo 86 del Código Civil, se decretará judicialmente el divorcio, a petición de:

  • Ambos cónyuges de mutuo acuerdo.
  • Un cónyuge con el consentimiento del otro.
  • Un sólo cónyuge individualmente. 
  • La demanda del convenio regulador, y para todos deberán haber transcurrido como mínimo tres meses desde la celebración del matrimonio.