Concurrencia de culpa


De Conceptos Jurídicos
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La [concurrencia de culpa] tiene lugar cuando a la producción de un mismo [daño] concurre la conducta de un tercero, además de la propia víctima, de modo que faltando una de ellas, el [daño] no se hubiera producido. En este caso, se produce una [compensación], de modo que debe otorgarse una [indemnización] menor o incluso puede no existir [indemnización], porque la victima contribuyó con su [imprudencia], a la producción del [daño].

La [concurrencia de culpa], comporta, como consecuencia, la ponderación de la contribución de la víctima en la producción del [daño] y la consiguiente moderación de la [responsabilidad]. 

Para la exoneración de la [concurrencia de culpa], debe esta probar que efectivamente concurrió [negligencia] de la víctima o que el [daño] proviene de la conducta exclusiva del perjudicado.

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Última modificación: 02 de julio de 2014