Procesos sumarios especiales


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A diferencia de los procesos plenarios especiales, los Procesos sumarios especiales son aquellos en que existe limitación de alegaciones, de prueba e incluso de conocimiento del tribunal. Se trata de procesos en que por razones de urgencia y especialidad de su objeto, necesitan de tramitaciones más singulares que la de los procesos plenarios especiales.

Se caracterizan porque la respuesta judicial que se obtiene tiene es estos procesos es de carácter provisional, de forma que las partes pueden volver a plantear la cuestión en el juicio declarativo ordinario que corresponda.

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Última modificación: 09 de abril de 2015