Patria potestad

De Conceptos Jurídicos
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La patria potestad se ejerce por los padres o tutores sobre los menores de edad no emancipados. El ejercicio de la patria potestad, implica en referencia a dichos menores:

  • Velar por ellos.
  • Tenerlos en su compañía.
  • Alimentarlos.
  • Educarlos.
  • Procurarles una formación integral.

Según el artículo 169 del Código Civil, la patria potestad se acaba por las siguientes causas. 

  • Por la muerte o la declaración de fallecimiento de los padres o del hijo.
  • Por la emancipación.
  • Por la adopción del hijo.

Por su parte, el artículo 170 del mismo Código Civil establece que el padre o la madre podrán ser privados total o parcialmente de su potestad por sentencia fundada en el incumplimieno de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial. Los Tribunales correspondientes podrá, en beneficio e interés del hijo, acordar la recuperación de la patri potestad cuando hubiere cesado la causa que motivó la privación.Â