Tribunal de cuentas

De Conceptos Jurídicos
Saltar a: navegación, buscar

En España, el Tribunal de Cuentas viene regulado en el artículo 136 de la Constitución Española. Dicho precepto señala que es el supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del Estado, así como del sector público. Hay que destacar que el Tribunal de Cuentas depende directamente de las Cortes Generales y ejerce sus funciones por delegación de ellas en el examen y comprobación de la Cuenta General del Estado.

Asimismo, la norma suprema del Ordenamiento Jurídico, establece que el Tribunal de Cuentas, sin perjuicio de su propia jurisdicción, remitirá a las Cortes Generales un informe anual en el que, cuando proceda, comunicará las infracciones o responsabilidades en que, a su juicio, se hubiere incurrido. 

Los miembros de este tribunal gozarán de la misma independencia e inamovilidad y estarán sometidos a las mismas incompatibilidades que los Jueces.

Â