Excedencia voluntaria

La excedencia voluntaria significa el cese o suspensión temporal de la relación de trabajo, sin derecho a percibir ningún tipo de retribución, y se puede conceder a petición del/ de la funcionario/aria o trabajador/a, entre otros, por los siguientes casos: por interés particular, para tener cuidado de un hijo, por incompatibilidades, para tener cuidado de familiares, etc.
Rodrigo Lacueva Bertolacci. Funcionario de la Administración de Justicia.
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Hola soy Araceli, voy a pedir una excedencia voluntaria en mis trabajos (tengo dos medias jornadas) para el cuido de un familiar, llevo más de 1 año de contrato indefinido en ambas empresas y me gustaría saber si tengo derecho a que mela den y en que condiciones podría volver a mi trabajo. Soy fisioterapeuta y quisiera saber si la empresa está obligada a devolverme el puesto tras este período o si pueden rehusarlo y quedarme en paro. De ser así a que otra cosa podría acogerme para no perder mi empleo. Me urge saberlo, muchas gracias
comentado en: 03/12/10 - 10:07
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quisiera saber si el cese voluntario del trabajo no me perjudica si salgo del pais por ese tiempo soy de ecuador y quiero cuidar a mi padre
comentado en: 24/10/11 - 10:54
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