La doma vaquera es un bien del patrimonio cultural inmaterial de Castilla y León basado en una forma singular de montar a caballo, influenciada por la equitación militar y por las necesidades del trabajo de selección de ganado bravo, cuyos orígenes se pueden rastrear en siglos pasados. Su vinculación con Castilla y León es intensa, pues la ganadería de reses bravas se desarrolla por varias de sus provincias, destacando también la vertiente de los festejos populares y la de la celebración de pruebas como el campeonato nacional de acoso y derribo, cuya primera edición se celebró en la localidad salmantina de Ciudad Rodrigo en 1970.
La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, mediante Resolución de 17 de diciembre de 2025, acordó iniciar el procedimiento para la declaración de la doma vaquera en Castilla y León como Bien de Interés Cultural de carácter inmaterial.
El expediente cuenta con el informe favorable del Centro asociado de la UNED de Soria, de fecha 20 de enero de 2026 y de los expertos doña Marta Elena Alonso de la Varga, de fecha 12 de febrero de 2026 y don Rafael Cabrera Bonet de fecha 23 de febrero de 2026.
Cumplidos los trámites preceptivos de información pública por el plazo de un mes (BOCYL n.º 43 de 4 de marzo de 2026), no se presentan alegaciones.
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 31.2 de la Ley 7/2024, de 20 de junio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 46.3 del Decreto 37/2007, de 19 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, el Consejero de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto declarar la doma vaquera en Castilla y León como Bien de Interés Cultural de carácter inmaterial y, a tal efecto, se ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 7 de mayo de 2026, adopta el siguiente acuerdo:
Primero.
Declarar la doma vaquera en Castilla y León como Bien de Interés Cultural de carácter inmaterial, de acuerdo con la descripción que figura como anexo del presente acuerdo.
Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses.
Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquel.
Valladolid, 7 de mayo de 2026.–El Presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco.–El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, Gonzalo Santonja Gómez.
ANEXO
La doma vaquera en Castilla y León
Denominación:
La doma vaquera en Castilla y León.
Localización:
Castilla y León.
Descripción:
La doma vaquera es un bien del patrimonio cultural inmaterial basado en una forma singular de montar a caballo, influenciada por la equitación militar y por las necesidades del trabajo de selección de ganado bravo, cuyos orígenes se pueden rastrear en siglos pasados.
Un dato histórico relevante lo encontramos en la época musulmana, donde la caballería jugaba un papel determinante en la guerra, época que vio nacer la denominada «monta a la jineta», antecedente de la doma moderna. Esta técnica consistía en conducir el caballo con una sola mano, empleando monturas diseñadas para garantizar la sujeción del jinete y estribos cortos que facilitaran el control mediante las piernas, permitiendo así liberar las manos del jinete para el manejo de la lanza u otros instrumentos ofensivos. En relación con esta técnica, podemos destacar la obra del burgalés Hernán Ruiz de Villegas en el siglo XVI, el «Tratado de cavallería a la gineta», dedicado a su hijo para iniciarlo en el arte de montar a caballo.
A partir del siglo XVIII, con la fijación de las reglas de las corridas de toros y el rejoneo, se percibe mejor la relación directa entre la monta a la jineta y la doma vaquera. Para abastecer las corridas se empezaron a criar ganaderías de toros bravos, y como había que elegir a los animales más fieros, surgieron tareas específicas para poner a prueba su bravura. De ahí nació la figura del mayoral o conocedor y el vaquero, encargados de seleccionar, manejar y controlar el ganado. Su trabajo diario fue puliendo las habilidades que dieron forma a la doma vaquera, cuya denominación viene de que su objetivo es lograr que el caballo sea útil para controlar el ganado en el campo, sobre todo el bravo.
En relación con los orígenes de la ganadería de reses bravas en Castilla y León, podemos rastrear una fuerte influencia de la tradición monástica y la configuración de grandes fincas. Así, la zona de Sahagún, en León, destaca por la presencia de monjes benedictinos cistercienses, quienes establecieron grandes fincas o cotos en los siglos XI y XII, como en Valdellán, donde aún pervive la única ganadería de reses bravas de la provincia de León.
La ganadería brava más antigua de España, Raso de Portillo, se encuentra en Boecillo (Valladolid) y fue fundada en 1880. Desde sus inicios, y hasta finales del siglo XVIII, los terrenos –situados en las proximidades de Boecillo, Aldeamayor de San Martín y La Pedraja de Portillo– no tenían un propietario o titular como tal, sino que pequeñas ganaderías compartían el ganado en común, dando origen así a uno de los cinco encastes fundacionales del toro bravo. Sus toros –de origen morucho-castellano– alcanzaron tal fama entre la sociedad del siglo XVIII que se convirtieron en los preferidos por la Corona, otorgándoles el privilegio de abrir plaza en las funciones reales por tener el hierro más antiguo.
La ganadería de reses bravas en Castilla y León se ha desarrollado en diversas provincias, como Salamanca, Ávila y Valladolid; en León, como se ha citado anteriormente, solo cuenta con la ganadería de Valdellán. Pero actualmente el gran epicentro de la crianza del toro bravo se sitúa en el campo charro y así lo demuestran las 152 ganaderías que pastan en la provincia de Salamanca.
La vinculación de la doma vaquera con el manejo y selección de ganado bravo en Castilla León también está directamente relacionada con la celebración de los encierros tradicionales, que constituyen una de las expresiones festivas más extendidas en la Comunidad. Cabe citar la celebración del Carnaval del Toro en Ciudad Rodrigo, La Saca de las Fiestas de San Juan de Soria, en la que los toros son guiados y controlados por caballos en su camino desde el Monte Valonsadero hasta la ciudad o los Encierros de Cuéllar, que también tiene una parte de recorrido con caballistas por el campo, entre muchos otros festejos.
La doma vaquera también tiene una vertiente deportiva, que se materializa en tres disciplinas regladas que cuentan con los correspondientes reglamentos de competiciones aprobados por la Real Federación Hípica Española: la Doma Vaquera de Competición, que consiste en la ejecución en pista de una serie de ejercicios inspirados en las maniobras propias del trabajo con ganado, como cambios de pie, paradas en seco, medias vueltas o giros; las Faenas y Doma de Campo, que tienen su origen en el antiguo acoso y derribo, técnica empleada históricamente para la selección y doma del ganado bravo, y la Equitación de Trabajo, disciplina que integra pruebas como doma, manejo de ganado, prueba de velocidad y recorrido de obstáculos.
El primer Campeonato de España de Acoso y Derribo –ahora denominado de Faenas y Doma de campo– se celebró en Salamanca en el año 1970, resultando proclamado campeón Miguel Bernardo de Quirós. Durante las décadas de 1970 y 1980, la participación en estos concursos estuvo vinculada casi exclusivamente a personas relacionadas con la ganadería de bravo y los escenarios eran las dehesas de Salamanca, donde se mantenía vivo el espíritu original de la faena.
El hecho de que ese primer campeonato nacional tuviera lugar en Salamanca refleja el peso de esta tierra en la configuración de la identidad de la competición. Desde entonces, la Comunidad se ha consolidado como uno de los escenarios privilegiados para el desarrollo de los concursos, manteniendo el equilibrio entre el respeto a la tradición y la apertura a nuevos públicos. Particular relevancia ha tenido el concurso de Ciudad Rodrigo, que se ha consolidado como una de las citas emblemáticas de la disciplina desde 1970, contribuyendo a su expansión y prestigio y que constituye una manifestación cultural profundamente enraizada en la doma vaquera y en la tradición ganadera de Castilla y León.
La doma vaquera también tiene su reflejo en bienes materiales utilizados para su desarrollo, como es el caso, por ejemplo, de la indumentaria de los jinetes. Históricamente en las dehesas salmantinas el traje charro constituía la vestimenta tradicional de los jinetes vaqueros, adaptada a las condiciones culturales, climáticas y ganaderas de la región, pero su presencia fue disminuyendo con el tiempo frente a otras influencias externas. Actualmente, en toda España y de manera generalizada, el traje que se utiliza en los concursos de doma vaquera es el traje corto propio de Andalucía, bien el traje de campo, con pantalón con vuelta blanca, boto de caña alta y chaquetilla, o el traje de paseo, con chaqueta de solapa, chalequillo, pantalón, botín de media caña, polaina de paseo y zahones de piel para las piernas. En la cabeza, sombrero de ala ancha.
También debemos citar los arreos y guarniciones de los caballos: la cabezada, los bocados y, sobre todo, la montura, con estribos de gran tamaño que garantizan una mayor estabilidad y protección del jinete.
Comunidad portadora y transmisión:
La comunidad portadora de este bien inmaterial es amplia, pues integra no solo a los ganaderos y jinetes, sino también a los pastores y veterinarios que cuidan de las reses, a los artesanos de los oficios vinculados a la doma (guarnicioneros, herreros,…), así como a todo el tejido asociativo y municipal que organiza los concursos y encierros.
La doma en sí se transmite principalmente a través de la experiencia directa: los conocimientos se comparten y se aprenden en la práctica, principalmente en el medio rural, donde el jinete convive con el caballo. Esta tradición se recrea durante los encierros y concursos, en los que las técnicas y destrezas se muestran como parte de una herencia cultural que se mantiene viva generación tras generación.
Pero también debemos mencionar la transmisión que, como actividad deportiva, se realiza a través de los cursos impartidos en escuelas de equitación, pues la doma vaquera forma parte de la formación que ofrece tanto la Real Federación Hípica de España como la Federación Hípica de Castilla y León.
Objeto del expediente:
La doma vaquera constituye una manifestación cultural viva de indudable relevancia para Castilla y León, en tanto integra un conjunto de saberes y prácticas de valor etnológico vinculados en su origen a la ganadería de reses bravas que han sido transmitidos de generación en generación y que ponen de manifiesto la interacción entre cultura y territorio, especialmente en el medio rural, operando como saber técnico especializado y vehículo de transmisión de conocimiento, de valores identitarios y de cohesión social. Todo ello evidencia que la doma vaquera reúne los requisitos de antigüedad acreditada, continuidad histórica, arraigo territorial, función social activa y transmisión intergeneracional que justifican su declaración como Bien de Interés Cultural.
Este bien inmaterial se incluye dentro del epígrafe 1.c) del artículo 22 de la Ley 7/2024, de 20 de junio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, como uso social, ritual y acto festivo.
Respetando los procesos de cambio que, como patrimonio vivo y sin pervertir su esencia, decida la comunidad depositaria de esta tradición y auténtica protagonista de esta manifestación cultural, la administración competente en materia de patrimonio velará por su normal desarrollo en el marco de la normativa vigente, tutelando la salvaguarda de los valores que han determinado su declaración como Bien de Interés Cultural.