La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 2 de junio de 2025, toma conocimiento y ordena hacer público el acuerdo de Sala de Gobierno del Tribunal Supremo de 5 de mayo de 2025, sobre revisión de las normas de reparto de las salas y secciones de la Sala IV del Tribunal Supremo, del siguiente tenor literal:
«1.º Aprobar la propuesta de revisión de las normas de reparto de las salas y secciones de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, debido a la toma de posesión de seis nuevos magistrados/as de la Sala IV del Tribunal Supremo acaecida en fecha 25 de febrero de 2025, la convocatoria de otra plaza más en la referida Sala (BOE de 1 de abril de 2025), y la entrada en vigor de la modificación del recurso de casación para la unificación de doctrina llevada a cabo por la LO 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, que determinan la necesidad de diversos ajustes sobre los turnos precisos para la composición y funcionamiento de la Sala IV, siendo estos, durante un periodo de transición, los siguientes:
– Sala IV Norma Primera. Punto 1.°, sobre recursos de casación ordinaria, que su composición sea, al menos hasta el nuevo año judicial, de cinco magistrados. Igualmente, respecto del punto 2.° relativo a la casación unificadora.
– Sala IV Norma Primera. En el punto 7.° procede adicionar junto a la deliberación de los autos, la de las providencias de inadmisión.
Sala IV Norma Cuarta. Al haberse incrementado el número de magistrados/as, ha devenido posible conformar tres secciones de admisión. Son las que siguen:
Sección Primera:
Antonio Sempere Navarro (presidente);
Juan Manuel San Cristóbal Villanueva e Isabel Olmos Pares.
Sección Segunda:
Ángel Blasco Pellicer (presidente);
Juan Molins García-Atance; Juan Martínez Moya y Félix Azón Vilas.
Sección Tercera:
Sebastián Moralo Gallego (presidente);
Ignacio García-Perrote Escartín; Ana Orellana Cano y Rafael López Parada.
En el momento en el que se cubra la plaza vacante recientemente convocada, el magistrado/a que la ocupe pasará a integrar la sección primera de admisiones.
Para la composición y el funcionamiento de las salas de enjuiciamiento y admisión se aplican criterios objetivos, fijando de modo vinculante las normas de asignación de las ponencias que deba turnar cada magistrado (art. 152.1.2.° de la Ley Orgánica del Poder Judicial), con los eventuales returnos dimanantes de situaciones diversas (a título de ejemplo, por situaciones de jubilación o falta de entrada suficiente en el caso de los nuevos integrantes de la sala). Su aprobación anual corresponde a la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo. Resultarán aquí trasladables en su integridad los establecidos en las normas de reparto correspondientes a 2025 (BOE 6 de diciembre de 2025), adecuados al nuevo número de componentes de la Sala.
Por último, para el supuesto de que se ponga fin al refuerzo a la fase de decisión –esencialmente de asignación rotatoria en los meses que preceden a ese momento– podrán acordarse por la presidenta de la Sala repartos extraordinarios de los asuntos denominados repetitivos o que deriven de la resolución de las cuestiones prejudiciales pendientes ante el TJUE o de pronunciamientos del Tribunal Constitucional, con igual aplicación de los criterios objetivos ya fijados y la aparejada necesidad de returnos, en su caso.»
Madrid, 2 de junio de 2025.–La Presidenta del Consejo General del Poder Judicial, María Isabel Perelló Doménech.