Acuerdo de 8 de abril de 2025, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se acuerda la distribución de los antiguos procedimientos de ejecución civil que siguen tramitándose en los juzgados de instrucción a los juzgados de primera instancia del partido judicial de Castellón, excepto los números 7 y 9.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-10368|Boletín Oficial: 126|Fecha Disposición: 2025-04-08|Fecha Publicación: 2025-05-26|Órgano Emisor: Consejo General del Poder Judicial

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 8 de abril de 2025, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.

Tomar conocimiento del acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de fecha 10 de abril de 2024, que trae causa del acuerdo de la Junta sectorial de Jueces de los Juzgados de Instrucción y de los Juzgados de Primera Instancia de Castellón, a excepción de los juzgados de familia y discapacidad (juzgados de primera instancia n.º 7 y n.º 9) y mercantil, de fecha 26 de marzo de 2024, relativos la propuesta para la distribución de asuntos entre los juzgados de primera instancia, excepto los números 7 y 9, y los juzgados de instrucción de Castellón, con el objeto de dar cumplimiento efectivo a la separación de jurisdicciones acordada por Real Decreto 282/2001, de 16 de marzo (BOE número 66, de 17 de marzo de 2001), cuya efectividad se produjo desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Segundo.

Acordar la distribución de los antiguos procedimientos de ejecución civil que siguen tramitándose en los juzgados de instrucción a los juzgados de primera instancia del partido judicial de Castellón, excepto los números 7 y 9, en la forma que por norma de reparto se apruebe.

Las presentes normas de distribución de asuntos se aplicarán a partir del 1 de junio de 2025.

Esta distribución afectará exclusivamente a aquellos procedimientos de ejecución cuyo último proveído se haya dictado en el año 2024. Los restantes permanecerán en sus juzgados de origen, para ser actualizados y dictar la resolución actual que corresponde en cada uno de esos procedimientos, habida cuenta de los plazos de paralización que se aprecian. Una vez actualizados, se remitirán todos a los juzgados de primera instancia.

Tercero.

Publíquese este acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».

Cuarto.

Particípese este acuerdo al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana para su conocimiento, divulgación y ejecución, y traslado a la junta general de jueces del partido judicial de Castellón, así como a los servicios de Inspección y de Personal del Consejo General del Poder Judicial.

Madrid, 8 de abril de 2025.–La Presidenta del Consejo General del Poder Judicial, María Isabel Perelló Doménech.