El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santander, en la sesión celebrada el 2 de junio de 2026, acordó otorgar a Pesqueras Santander, Sociedad Limitada, sobre dominio público portuario para la ocupación de las bodegas nº 1 y nº 5, que se encuentran dentro de las naves pesqueras en el Muelle oeste de la Dársena de Maliaño, destacando las siguientes condiciones de otorgamiento:
A) Superficie suelo ocupada: 80,86 m², cada una
B) Plazo: Cinco (5) años.
C) Objeto: utilización de las bodegas nº 1 y nº 5 destinadas a reparación y almacenaje de las artes de pesca, aparejos y pertrechos necesarios para el desarrollo de la actividad pesquera.
D) Tasa de Ocupación anual: 2.362,83 €/año (cada bodega) y tasa de actividad: 118,02 €/año. (cada bodega)
Lo que se hace público para el general conocimiento de conformidad a lo previsto en el artículo 85.7 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina.
Santander, 2 de junio de 2026.- El Presidente, César Díaz Maza.