El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santander, en la sesión celebrada el 10 de abril de 2026, acordó otorgar a Unión Marina, Sociedad Limitada, una concesión administrativa para la ocupación de una superficie de agua en el Muelle Sur de la Dársena de Maliaño del Puerto de Santander, y de subsuelo, destacando las siguientes condiciones de otorgamiento:
A) Superficie: 3.970 m² (agua); 24,75 m² (subsuelo)
B) Plazo: cuatro (4) años
C) Objeto: la ocupación de una superficie de lámina de agua, con destino a pantalanes flotantes para pequeñas embarcaciones.
D) Tasa Ocupación de agua: 3.689,68 euros/año; Tasa Ocupación de subsuelo: 61,54 euros/año;Tasa actividad: 3.582,48 euros/año.
Tasa de las embarcaciones deportivas y de recreo (T-5): Conforme con lo establecido en los artículos 226.b y 229 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Tasa de ayudas a la navegación: Conforme con lo establecido en el art. 240 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Lo que se hace público para el general conocimiento de conformidad a lo previsto en el artículo 85.7 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina.
Santander, 10 de abril de 2026.- El Presidente, César Díaz Maza.