Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 115.3 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, se informa que, en el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Ceuta, en su sesión celebrada el día 23 de febrero de 2026, ha resuelto otorgar una prórroga para la prestación del Servicio Portuario de Practicaje a la empresa que a continuación se relaciona:
Corporación de Prácticos del Puerto de Ceuta, S.L.P., con CIF B51021939, en las mismas condiciones establecidas en el Pliego de Prescripciones Particulares del Servicio Portuario de Practicaje hasta el otorgamiento de licencia previa resolución del concurso.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Ceuta, 16 de marzo de 2026.- Presidente de la Autoridad Portuaria de Ceuta, Juan Manuel Doncel Doncel.