El Consejo de Administración de la APBA, en uso de las funciones que le confieren los artículos 30.5 s) y 26.1.l) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, acordó el otorgamiento de la siguiente licencia:
• Sesión de fecha 24 de julio de 2024:
o Servicio portuario: Recepción de desechos generados por buques Anexo I, IV y V del Convenio Marpol 73/78.
o Licenciatario: TRANSPORTES PIEDRA DE CONTENEDORES S.L.
o Ámbito: Puerto Bahía de Algeciras.
o Plazo: 6 años desde su otorgamiento.
Posteriormente, en fecha 6 de noviembre de 2025, la citada licencia se extinguió por acuerdo de ese Consejo de Administración.
Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el art. 115.3 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Algeciras, 24 de febrero de 2026.- Presidente, Gerardo Landaluce Calleja.