Corresponde a la Autoridad Portuaria de Sevilla la competencia de la ordenación y coordinación del tráfico marítimo portuario en las aguas de servicio del Puerto de Sevilla de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 del Texto Refundido de la Ley de Puertos de Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, (TRLPEMM), así como la prestación del servicio general de coordinación y control de los servicios portuarios técnico-náuticos.
A tal efecto, por la Autoridad Portuaria de Sevilla se ha elaborado propuesta de "Ordenanza reguladora de la ordenación y coordinación del tráfico marítimo portuario del Puerto de Sevilla", de conformidad con lo preceptuado en el art 295.3 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Visto lo anterior, se somete la propuesta de "Ordenanza reguladora de la ordenación y coordinación del tráfico marítimo portuario del Puerto de Sevilla" a información pública durante un periodo de veinte (20) días, contados desde el siguiente al de la publicación del presente edicto, de conformidad con lo preceptuado en el art 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Durante dicho plazo, de 09:00 a 14.00 horas, estará de manifiesto el citado documento en las oficinas de la Autoridad Portuaria de Sevilla, Avda. Molini nº 6, 41012 de Sevilla, y en la web institucional www.puertodesevilla.com, en el apartado de "Transparencia/Información pública", donde podrá ser examinado por las corporaciones, entidades y particulares que se crean afectados.
En el mismo plazo se podrán presentar alegaciones en la sede electrónica de la Autoridad Portuaria de Sevilla en el siguiente URL: https://sede.apsevilla.gob.es/info.0 con los requisitos de acceso que en la misma se establecen, o en caso de ser el interesado persona física se podrá concertar una cita previa, para su presentación, con el Registro General de la Autoridad Portuaria (a través de la sede electrónica antes indicada o en el teléfono 954.247.300), sito en Avenida de Moliní 6, 41012 Sevilla.
La presente resolución, al constituir un simple acto de trámite, no es susceptible de recurso alguno, de conformidad con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla, 10 de junio de 2026.- Presidente, Rafael Carmona Ruíz.