Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Duero O.A. de información pública sobre expediente de extinción del derecho a un aprovechamiento de aguas en el término municipal de Monterrei (Ourense). Expediente ED-00144/2024 (ARU).

Nº de Disposición: BOE-B-2025-17505|Boletín Oficial: 116|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2025-05-14|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Se hace público, de acuerdo con el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986 de 11 de abril, que esta Confederación Hidrográfica del Duero O.A. ha iniciado, expediente de extinción del siguiente aprovechamiento de aguas:

1.- En el Registro de Aguas, Sección A, de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A, figura la siguiente inscripción relativa a un Aprovechamiento de Aguas del río Rubín con destino a uso industrial (molino) y a riego de 7,005 ha en el paraje "A Cortiña" en el término municipal de Monterrei (Ourense). Expediente OR-795:

- Nº de registro general: 22938

- Clase y afección: Riego y usos industriales

- Titular: Manuel Rivero Vilaboa (****9827*), Máximo Marquina Rodríguez, Jesús Marquina Rodríguez, Camila Rodríguez Marquina, Amparo Rodríguez Marquina

- Término municipal y provincia de la toma: Finca/paraje "Cortiña". Albarellos pedanía de Monterrei (Ourense)

- Caudal máximo (l/s): 300

- Superficie regable (ha): 7,0050

- Título-fecha-autoridad: Prescripción acreditada por uso continuo durante 20 años. Resolución Orden Ministerial de 2 de julio de 1936. Transferencia parcial. Escritura de Acta de protocolización de reorganización de la propiedad de 24 de mayo de 2012 ante el notario de Verín D. Alfonso Castro Lago. Resolución de 17 de mayo de 2013. Confederación Hidrográfica del Duero. Inscripción provisional

- Observaciones: Del caudal inscrito: 300 l/s, se usan 24,5 l/s para riego. Constaba con el nº 9201. Subsisten lo anteriores propietarios. Expediente OR-795 (2008/2702 nº 9201).

Expediente: Aprovechamiento OR-795 (expte. ref. Integra C-0005/1935 y TF-0039/2012)

2.- Se ha recibido el informe de la Guardería Fluvial G-1145/2024 con relación al expediente OR-795 de fecha 10 de diciembre de 2024, en el que se manifiesta que actualmente no existe el azud para la derivación del agua, ya hace años que fue retirado y por lo tanto dichos aprovechamientos llevan muchos años sin usarse existiendo por ello la imposibilidad de su uso. Además de acuerdo con dicho informe se observa la existencia del canal de derivación del agua en desuso.

3.- El Área de Régimen de Usuarios de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. propuso, en su informe de 25 de marzo de 2025, que se iniciara el trámite de extinción de acuerdo con lo establecido en el artículo 66.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, que señala que: ''El derecho al uso privativo de las aguas, cualquiera que sea el título de su adquisición, podrá declararse caducado por la interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, siempre que aquella sea imputable al titular''.

Del informe emitido por el Área de Régimen de Usuarios se desprende conforme a lo indicado en el informe de la Guardería Fluvial de 10 de diciembre de 2024, que se produce la interrupción permanente de la explotación del aprovechamiento durante tres años consecutivos, por causa imputable a su titular.

4.- Esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., acordó el 27 de marzo de 2025 iniciar el expediente de extinción por caducidad del derecho del aprovechamiento del que se trata, motivada por interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, por causa imputable a su titular. Este procedimiento se tramita conforme a lo establecido en el artículo 161 y siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (aprobado por R.D. 849/1986, de 11 de abril).

5.- Se procede mediante este acto a someter dicho expediente a información pública, de conformidad y a los efectos previstos en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, durante un plazo de VEINTE DÍAS, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, durante el cual el titular, y aquellos que tengan condición de interesado conforme al artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pueden comparecer mediante escrito dirigido a la Confederación Hidrográfica del Duero O.A., -indicando el número de expediente ED/ARU/0144/2024-, bien a través del Registro Electrónico (obligatorio para personas jurídicas), o por correo, o en cualquier oficina de asistencia en materia de registros de cualquier Administración u Organismo (art. 16 de la Ley 39/2015).

Valladolid, 9 de mayo de 2025.- Jefe de Servicio de Registro de Aguas y Recursos Hidráulicos, Ana I. Guardo Pérez.