Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Duero O.A., de información pública sobre extinción del derecho de un aprovechamiento. Expediente ED 40/2025.

Nº de Disposición: BOE-B-2025-18237|Boletín Oficial: 121|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2025-05-20|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Se hace público, de acuerdo con el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986 de 11 de abril, que esta Confederación Hidrográfica del Duero O.A ha iniciado, expediente de extinción del siguiente aprovechamiento de aguas.

1.- En el Registro de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A, Sección A, Tomo 103, Hoja 28, Número 19928, figura la siguiente inscripción relativa a un aprovechamiento de aguas superficiales del río Pisuerga con las siguientes caracterísitcas:

Expediente 1939/2008-VA; TF-0056/2008

- NUMERO: 19928

- CLASE: Riego

- CORRIENTE: río Pisuerga

- TITULAR:D Carmelo Sanz de la Fuente y Dª Angela Mª del Consuelo Sanz Aparicio

- LUGAR, TÉRMINO MUNICIPAL Y PROVINCIA DE LA TOMA: término municipal de Santovenia de Pisuerga (Valladolid)

- CAUDAL MÁXIMO (l/s):50,22

- CAUDAL MEDIO EQUIVALENTE (l/s):50,22

- VOLUMEN MÁXIMO ANUAL (m3):534.250,2

- SUPERFICIE CON DERECHO A RIEGO (ha):89,0417

- POTENCIA INSTALADA (CV): 50

- TÍTULO-FECHA-AUTORIDAD: 10/12/1951: Concesión Dirección General. Transferencia total. Escritura de Liquidación de sociedad de gananciales y adjudicación de herencia de fecha 12/02/1999 otorgada ante Notario de Valladolid D. José Luis Prada Pérez-Moneo, con el número trescientos veintinueve de su protocolo. Resolución de 27 de mayo de 2008. Confederación H. del Duero. Inscripción provisional

- OBSERVACIONES: Constaba con el NRG 11.263 Libro 6, Folio 159 Aprobada el acta final y autorizada la explotación el 25/05/1956. Riego de las parcelas 1, 3, 4, 18 y 10, polígono 2. Santovenia de Pisuerga (Valladolid). Ref. catastrales: 47156A002000010000TH, 47156A002000030000TA, 47156A002000040000TB, 47156A002000180000TR, 47156A003000100001YJ.

- CONDICIONES ESPECIFICAS: (Condición decima) Esta concesión se entenderá otorgada como provisional y a título precario para los riegos del periodo comprendido entre 1º de julio y 30 de septiembre, pudiendo, en consecuencia, ser reducido o suprimido en su totalidad el caudal en ese período, lo cual se comunicará en el momento oportuno por la Confederación H. del Duero al Alcalde de Santovenia de Pisuerga, para la publicación del correspondiente edicto para conocimiento de los regantes. (Condición novena) Cuando los terrenos a regar queden dominados en su día por algún canal construido por el Estado quedara caducada la concesión pasando a integrarse aquellos en la nueva zona regable y quedando sujetos a las nuevas normas económico-administrativas, que se dicten con carácter general. Se establece un plazo de 75 años desde 01/01/1986

2.- Con fecha 25 de abril de 2025 D. Carmelo Sanz de la Fuente, solicita ante esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., la renuncia al uso privativo de las aguas conforme a lo dispuesto en el artículo 53.1.d del Texto Refundido de la Ley de Aguas aprobada por Real Decreto Legislativo 1/2001, ya que según sus propias manifestaciones, no existe ni el aprovechamiento ni la toma ni la instalación eléctrica desde el año 1993, dejándose de regar desde esa fecha y cultivando actualmente en secano.

3.- Se procede mediante este acto a someter dicho expediente a información pública, de conformidad y a los efectos previstos en el artículo 163.3 y 167 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, durante un plazo de VEINTE DÍAS, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, durante el cual los titulares, y aquellos que tengan condición de interesado conforme al artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pueden comparecer mediante escrito dirigido a la Confederación Hidrográfica del Duero O.A., -indicando el número de expediente ED/TR3/40/2025, bien a través del Registro Electrónico (obligatorio para personas jurídicas), o por correo, o en cualquier oficina de asistencia en materia de registros de cualquier Administración u Organismo (art. 16 de la Ley 39/2015).

Valladolid, 14 de mayo de 2025.- Jefe de Servicio del Registro de Aguas, Ana I. Guardo Perez.