Examinado el expediente incoado a instancia de Casado Gómez, S. Coop. (F37362837) solicitando concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas, en el término municipal de Aldehuela de la Bóveda (Salamanca), por un volumen máximo anual de 22.529 m³, un caudal máximo instantáneo de 3,03 l/s, y un caudal medio equivalente de 0,714 l/s, con destino a uso ganadero, la Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Duero, en virtud de la competencia otorgada por el Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y de acuerdo con el vigente Reglamento del Dominio Público Hidráulico, ha resuelto, con fecha 16 de mayo de 2025, lo siguiente:
Anular la inscripción que consta en la Sección B del Registro de Aguas a nombre de D. José Martín Aparicio con referencia IP-20720-SA.
Otorgar la concesión de aguas subterráneas, de acuerdo con las características y condiciones que figuran en la resolución del expediente referenciado, y cuyas características del derecho son:
Titular: Casado Gómez, S. Coop. (F37362837)
Tipo de uso: Uso ganadero (400 cabezas de ganado bovino de cría en extensivo, 1.280 cabezas ganado bovino de cebo, 190 cabezas de ganado porcino de cría y 1.100 cabezas de ganado porcino de cebo)
Uso consuntivo: Sí
Volumen máximo anual (m³): 22.529
Caudal máximo instantáneo (l/s): 3,03
Caudal medio equivalente (l/s): 0,714
Procedencia de las aguas: Masa de agua subterránea 400059 – La Fuente de San Esteban
Plazo por el que se otorga: 30 años desde el día siguiente al de la notificación de la resolución de concesión administrativa.
Observación: El titular de la concesión procederá, en el plazo de dos (2) meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, a sellar debida y completamente el sondeo en desuso sito en la parcela 16 del polígono 503 del término municipal de Aldehuela de la Bóveda (Salamanca), con material inerte, de tal forma que no quede alterado el flujo subterráneo en el entorno del mismo y se procederá a la retirada de todos los materiales eléctricos y mecánicos para su reciclado, utilización o traslado a un vertedero autorizado. Las obras de sellado deberán realizarse con el fin de preservar la seguridad, evitar la entrada de contaminantes a las aguas subterráneas y la posible detracción de aguas con posterioridad al sellado de la captación, siguiendo los criterios establecidos el anexo III, parte B del RDPH y se garantizará que la consolidación de los materiales de relleno no origine depresiones significativas en el terreno, según establece el artículo 188 bis del citado Reglamento.
Título que ampara el derecho: La presente Resolución de Concesión Administrativa.
El contenido íntegro de la resolución de concesión puede conocerse accediendo al correspondiente expediente concesional que se encuentra archivado en las oficinas de esta Confederación Hidrográfica, o a través de la página Web www.chduero.es (Inicio\Portal del Ciudadano\Información al público\Resoluciones de Concesión).
Valladolid, 19 de mayo de 2025.- El Jefe de Servicio Técnico, Alberto Jesús De Luis Rivera.