Examinado el expediente incoado a instancia de Aguake Inmuebles, S.L. (B06856496) solicitando modificación de características de concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas, en el término municipal de Valladolid (Valladolid), por un volumen máximo anual de 2.050,40 m³, un caudal máximo instantáneo de 2,53 l/s, y un caudal medio equivalente de 0,13 l/s, con destino a riego, el Comisario por delegación de la Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Duero (Res. 06.11.2019, BOE 20.11.2019), en virtud de la competencia otorgada por el Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y de acuerdo con el vigente Reglamento del Dominio Público Hidráulico, ha resuelto, con fecha 27 de marzo de 2025, lo siguiente:
Autorizar la modificación de características de concesión de aguas subterráneas, de acuerdo con las características y condiciones que figuran en la resolución del expediente referenciado, y cuyas características del derecho son:
Titular: Aguake Inmuebles, S.L. (B06856496).
Tipo de uso: RiegoRiego de 0,3950 ha de jardines y zonas verdes.
Uso consuntivo: Sí.
Volumen máximo anual (m³): 2.050,40.
Volumen máximo mensual (m³): 565,20.
Caudal máximo instantáneo (l/s): 2,53.
Caudal medio equivalente (l/s): 0,13.
Procedencia de las aguas: MMMasa de agua subterránea 400067 – Terciario Detrítico Bajo los Páramos.
Plazo por el que se otorga: 25 años contados a partir de la fecha de la resolución de modificación de características de 22 de marzo de 2011.
Observación: La titular de la concesión procederá, en el plazo de dos (2) meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, a sellar debida y completamente los sondeos antiguos, sitos en la parcela urbana de referencia catastral 7741635UM5174B0001WJ del término municipal de Valladolid (Valladolid), con material inerte, de tal forma que no quede alterado el flujo subterráneo en el entorno del mismo y se procederá a la retirada de todos los materiales eléctricos y mecánicos para su reciclado, utilización o traslado a un vertedero autorizado. Las obras de sellado deberán realizarse con el fin de preservar la seguridad, evitar la entrada de contaminantes alas aguas subterráneas y la posible detracción de aguas con posterioridad al sellado de la captación, siguiendo los criterios establecidos el anexo III, parte B del RDPH y se garantizará que la consolidación de los materiales de relleno no origine depresiones significativas en el terreno, según establece el artículo 188 bis del citado Reglamento.
Título que ampara el derecho: La Resolución de Concesión Administrativa de Concesión, CP-22028-VA, de fecha 17 de noviembre de 1998. Confederación Hidrográfica del Duero; Resolución de Modificación de Características de fecha 30 de junio de 2009. Confederación Hidrográfica del Duero; Resolución de Modificación de Características de fecha 22 de marzo de 2011. Confederación Hidrográfica del Duero; La presente Resolución de Modificación de Características de Concesión.
El contenido íntegro de la resolución de concesión puede conocerse accediendo al correspondiente expediente concesional que se encuentra archivado en las oficinas de esta Confederación Hidrográfica, o a través de la página Web www.chduero.es (Inicio\Portal del Ciudadano\Información al público\Resoluciones de Concesión).
Valladolid, 8 de abril de 2026.- El Jefe de Servicio Técnico, Alberto Jesús de Luis Rivera.