Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Ebro, O.A., de información pública relativa a la propuesta de aprobación del canon de regulación del embalse de Itoiz año 2026.

Nº de Disposición: BOE-B-2025-23843|Boletín Oficial: 151|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2025-06-24|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Con fecha 6 de junio de 2025 la Dirección Técnica de este Organismo ha aprobado la propuesta del canon de regulación del embalse de Itoiz año 2026 que conforme a lo establecido en el artículo 302 del R.D. 849/1986 de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico (BOE nº 103 de 30 de abril), incluye la siguiente propuesta de valores:

A) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores I y II.1 abonarán 26,9213671960 €/ha.

B) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores II.2, III, IV.2 y IV.3 abonarán 27,5203788682 €/ha.

C) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores IV.1 abonarán 28,1193905405 €/ha.

D) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores II.2, III, IV.1-2-4-5, IX y X abonarán 28,7184022128 €/ha.

E) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores V, VII y VIII abonarán 29,3174138850 €/ha.

F) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores de Regularización 2015 abonarán 29,9164255573 €/ha.

G) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores de Regularización 2016 abonarán 30,5154372296 €/ha.

H) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra del Sector VI y Regularización Sectores 2017 abonarán 31,1144489019 €/ha.

I) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI y Regularización Sectores 2018 abonarán 31,7134605741 €/ha.

J) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores XXII-Arga 5, XXII-Arga 6 y Regularización Sectores 2019 abonarán 33,5104955909 €/ha.

K) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores XXII-Arga 4 y regularización Sectores 2022 abonarán 34,1095072632 €/ha.

L) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores XXVI-Ega 3 abonarán 34,7085189355 €/ha.

M) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores XXVI-Ega 4 abonarán 35,3075306078 €/ha.

N) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Irati, anterior a la presa de Itoiz, abonarán 2,3495798942 €/ha.

O) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Aragón, anterior a la presa de Itoiz, abonarán 2,0022766852 €/ha.

P) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Irati, posterior a la presa de Itoiz, abonarán 20,9850328690 €/ha.

Q) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Aragón, posterior a la presa de Itoiz, abonarán 13,6750516666 €/ha.

R) El Eje del Ebro tendrá la consideración de beneficiario de la regulación del Embalse de Itoiz y abonará la cantidad de 141.847,00 €, dicha cantidad se tendrá en consideración para el cálculo del canon de regulación del embalse del Ebro.

S) Los usuarios hidroeléctricos directos con concesión, en el río Irati, posterior a la construcción del Embalse de Itoiz, que se benefician del caudal superior al de estiaje normal producido por la regulación del embalse, abonarán 0,0084129272 €/kWh.

T) Los usuarios hidroeléctricos fluyentes del Irati con concesión, en el río Irati, posterior a la construcción del Embalse de Itoiz, que se benefician del caudal superior al de estiaje normal producido por la regulación del embalse, abonarán 0,0084129272 €/kWh.

U) Los usuarios hidroeléctricos con concesión, en el río Aragón, anterior a la construcción del Embalse de Itoiz y mejorados por su regulación, abonarán 0,0028043091 €/kWh.

V) Los usuarios hidroeléctricos apoyo eje del Ebro con concesión, en el río Aragón, anterior a la construcción del Embalse de Itoiz y mejorados por su regulación, abonarán 0,0034897969 €/kWh.

W) Los usuarios con concesión de agua para abastecimientos y usos consuntivos industriales desde el Canal de Navarra, o desde el río Irati, abonarán 0,0263633668 €/m³.

X) Los usuarios con concesión de agua para abastecimientos y usos consuntivos industriales desde el río Aragón, abonarán 0,0076230802 €/m³.

Y) Los usuarios con concesión de agua para usos no consuntivos desde el río Irati, abonarán 0,0021032318 €/m³.

Z) Los usuarios con concesión de agua para usos no consuntivos desde el río Aragón, abonarán 0,0007010773 €/m³.

AA) El Estado como beneficiario de las obras (defensa contra avenidas y demás beneficios generales) aportará al Organismo Gestor en concepto de canon de regulación 2.526.341,38 €.

Lo que se somete a información pública a efecto de que puedan formularse las reclamaciones que procedan ante el Sr. Presidente de la Confederación Hidrográfica del Ebro, dentro del plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Durante este periodo podrá examinarse el expediente administrativo mediante comparecencia en la sede del Organismo, sita en Paseo Sagasta 24-28 de Zaragoza.

Zaragoza, 11 de junio de 2025.- El Director Técnico, Ramón Lúquez Llorente.