Con fecha 10 de junio de 2026 la Dirección Técnica de este Organismo ha aprobado la propuesta del canon de regulación de los embalses de Búbal y Lanuza año 2027 que conforme a lo establecido en el artículo 302 del R.D. 849/1986 de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico (BOE nº 103 de 30 de abril), incluye la siguiente propuesta de valores:
La Comunidad General de Riegos del Alto Aragón abonará por sus 128.160 ha en riego la cantidad de 247.363,28 €.
Las ha que se benefician de la regulación obtenida con los embalses de Búbal y Lanuza abonarán en concepto de canon de regulación 1,930113 €/ha si el riego es posible únicamente por dicha regulación, y si el riego es mejorado por el coeficiente que corresponda a la proporción de mejora.
Los kWh que se produzcan como consecuencia de la regulación obtenida en los embalses de Búbal y Lanuza abonarán en concepto de canon de regulación 0,482529 €/MWh salvo en los casos en que debe tenerse en cuenta la legislación específica.
Los abastecimientos y usos industriales consuntivos que se beneficien de la regulación de los embalses de Búbal y Lanuza, abonarán en concepto de canon de regulación, la cantidad de 1,206320 €/1.000m³ de agua beneficiada.
Lo que se somete a información pública a efecto de que puedan formularse las reclamaciones que procedan ante el Sr. Presidente de la Confederación Hidrográfica del Ebro, dentro del plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Durante este periodo podrá examinarse el expediente administrativo mediante comparecencia en la sede del Organismo, sita en Paseo Sagasta 24-28 de Zaragoza.
Zaragoza, 16 de junio de 2026.- El Director Técnico, Ramón Lúquez Llorente.