Con fecha 30 de junio de 2021 el director general del Agua, por delegación del secretario de Estado de Medio Ambiente, autoriza a la Confederación Hidrográfica del Guadiana, Organismo Autónomo, a incoar el expediente de información pública del proyecto de las obras comprendidas en la implantación del plan de emergencias de la presa de Los Canchales (Badajoz). Clave 04.126-0104/2111.
Las relaciones de bienes y/o derechos afectados por el proyecto cuyos titulares son convocados, por medio del anexo al presente anuncio, al levantamiento de actas previas a la ocupación y, si procediese, al levantamiento de actas de ocupación definitivas, fueron publicadas en el Boletín Oficial del Estado de 7 de noviembre de 2022, en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de 25 de noviembre de 2022 y en prensa del día 6 de noviembre de 2022, habiendo figurado igualmente expuestas en los Ayuntamientos de Mérida y Montijo desde el 15 de noviembre hasta el 16 de diciembre de 2022 y en las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Guadiana en Badajoz, situadas en la avenida Sinforiano Madroñero 12.
Con fecha 17 de noviembre de 2025, el presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, por delegación del secretario de Estado de Medio Ambiente mediante la Orden TED/533/2021, de 20 de mayo, resuelve aprobar el expediente de información pública del proyecto de implantación de plan de emergencias de la presa de Los Canchales (Badajoz), y aprobar técnicamente el mismo.
En la reunión del Consejo de ministros celebrada el día 17 de marzo de 2026 se aprobó el Acuerdo por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución de las obras del proyecto de implantación del plan de emergencia de la presa de Los Canchales (Badajoz).
La implantación del Plan de Emergencias de la presa de Los Canchales se encuadra dentro del Anejo número 11 del Plan de Medidas previsto para el Plan Hidrológico de cuenca aprobado por Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro. Por ello lleva implícita la declaración de utilidad pública según el artículo 3 del citado Real Decreto y el artículo 10 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa que declara que la utilidad pública se entiende implícita, en relación con la expropiación de inmuebles, en todos los planes de obras y servicios del Estado, Provincia y Municipio.
La implantación de planes de emergencia es una obligación del titular de la presa y embalse, fundamental para la seguridad de bienes y personas. Se deriva del artículo 123bis del texto refundido de la Ley de Aguas y de su desarrollo reglamentario: artículos 364, 366, 367 y 368 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico y el muy reciente Real Decreto 264/2021, de 13 de abril, por el que se aprueban las normas técnicas de seguridad para las presas y sus embalses.
Las actuaciones descritas en el proyecto son las necesarias para la implantación del plan de emergencia de la presa de Los Canchales que, redactado en diciembre de 2003, fue aprobado por la Subdirección General de Infraestructuras y Tecnología del Ministerio de Medio Ambiente el 15 de octubre de 2008, previo informe favorable de la Comisión Nacional de Protección Civil de fecha 8 de octubre de 2008. El citado plan fue elaborado por la Administración del General del Estado a través de la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
La citada actuación se justifica por imperativo legal en relación al Real Decreto 264/2021, de 13 de abril, por el que se aprueban las normas técnicas de seguridad para las presas y sus embalses, de la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones en lo que se dispone en su artículo 3.5.1 con respecto al Plan de Emergencia y en el Real Decreto 9/2008, de 11 de enero, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril.
Esta actuación ha sido incluida dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –financiado por la Unión Europea–, Next Generation EU.
En consecuencia, esta Confederación Hidrográfica, atendiendo a lo señalado en los apartados 2 y 3 del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa, procede a convocar a los titulares de los bienes y/o derechos afectados, conforme se les notificará de forma individual y mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado, para que, sin perjuicio de trasladarse al lugar de las fincas, si se considerase necesario, se proceda al levantamiento de las actas previas a la ocupación y si procediese, de ocupación definitiva, en los lugares, fechas y horas que a continuación se indican:
ANEXO. RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS
Término municipal de Mérida (Badajoz)
El levantamiento de actas será en Mérida en la sede de Confederación Hidrográfica del Guadiana (Dirección Técnica) el 23 de abril de 2026, a las11:00 horas
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Número Orden |
Referencia Catastral |
Polígono |
Parcela |
Tipo Cultivo y Suelo |
Titular Catastral |
Superficie parcela (m2) |
Superficie expropiación total (m2) |
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Sirena 2 |
06083A096000050000ZX |
96 |
5 |
CR - Labor o Labradío regadío. Rústico. |
PEDRO PINILLA CARRETERO; MARÍA PILAR PINILLA CARRETERO; JUANA PINILLA CARRETERO; CARMEN PINILLA CARRETERO; MARÍA PINILLA CARRETERO; FRANCISCO PINILLA CARRETERO |
151.842 |
16 |
Término municipal de Montijo (Badajoz)
El levantamiento de actas será en Mérida en la sede de Confederación Hidrográfica del Guadiana (Dirección Técnica) el 23 de abril de 2026, a las11:30 horas
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Número Orden |
Referencia Catastral |
Polígono |
Parcela |
Tipo Cultivo y Suelo |
Titular Catastral |
Superficie parcela (m2) |
Superficie expropiación total (m2) |
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Sirena 3 |
06088A033050130000KG |
33 |
5013 |
CR - Labor o Labradío regadío. Rústico. |
ISABEL LEDO RODRÍGUEZ |
127.992 |
16 |
A dicho acto, deberá comparecer personalmente y podrá hacerse acompañar, a su costa, de Perito y Notario, si lo estimase oportuno. La documentación a presentar en el levantamiento de actas será la siguiente:
- Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir u otro documento equivalente del titular de la finca.
- En caso de actuar mediante representante, deberá aportarse un poder notarial o bien un escrito de autorización firmado por el titular, junto con una fotocopia de su Documento Nacional de Identidad.
- En el supuesto de que varias personas sean titulares del bien y comparezca una sola de ellas, habrá de adjuntarse la documentación señalada en el apartado anterior, es decir, la referente a la representación válida.
- En los supuestos en que el titular de la finca sea persona distinta de quien figura en el acta previa de ocupación, deberá aportar nota simple del Registro de la Propiedad en la que conste el polígono y parcela a expropiar, certificación del Catastro o cualquier otro documento público (contrato de compraventa, permuta, donación o partición de herencia, etcétera) en los que conste el nuevo/s titular/es.
- Por último, para conseguir una mayor celeridad en el trámite económico del expediente expropiatorio, los titulares expropiados deben aportar el modelo del Tesoro Público de Designación de Cuenta Bancaria cumplimentado formalmente con sus datos bancarios.
Según el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, de 26 de abril de 1957, las personas que se consideren afectadas podrán formular por escrito, ante esta Confederación Hidrográfica, hasta el momento del levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación, alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan podido producir al relacionar los bienes afectados.
Lo que se hace público por medio del presente anuncio para que aquellos que se consideren perjudicados formulen por escrito reclamaciones ante el señor director técnico de esta Confederación Hidrográfica —Avenida Sinforiano Madroñero número 12, 06011 Badajoz—. También tienen acceso a consultar la documentación técnica relacionada con dicho proyecto en el siguiente enlace:
https://almacen.redsara.es/sending/public/d01facd8-c4d2-4a97-afa2-3edd0073dc6f
Badajoz, 1 de abril de 2026.- La directora general del Agua, P.D. el presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadiana (Orden TED/533/2021, de 20 de mayo), Samuel Moraleda Ludeña.