Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana relativo a la convocatoria para el levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si procediese, de ocupación definitiva de los bienes y/o derechos afectados por los procedimientos expropiatorios derivados de la ejecución del proyecto de las obras comprendidas en la implantación del plan de emergencias de las presas de Horno Tejero y El Boquerón (Badajoz). Clave 04.126-0107.

Nº de Disposición: BOE-B-2026-10906|Boletín Oficial: 87|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2026-04-09|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Con fecha 18 de junio de 2021 el director general del Agua, por delegación del secretario de Estado de Medio Ambiente, autoriza a la Confederación Hidrográfica del Guadiana, Organismo Autónomo, a incoar el expediente de información pública del proyecto de las obras comprendidas en la implantación del plan de emergencias de las presas de Horno Tejero y El Boquerón (Badajoz). Clave 04.126-0107/2111.

Las relaciones de bienes y/o derechos afectados por el proyecto cuyos titulares son convocados, por medio del anexo al presente anuncio, al levantamiento de actas previas a la ocupación y, si procediese, al levantamiento de actas de ocupación definitivas, fueron publicadas en el Boletín Oficial del Estado de 7 de noviembre de 2022, en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de 25 de noviembre de 2022 y en prensa del día 6 de noviembre de 2022, habiendo figurado igualmente expuestas en el Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara desde el 13 de noviembre hasta el 14 de diciembre de 2022 y en las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Guadiana en Badajoz, situadas en la avenida Sinforiano Madroñero, 12.

Con fecha 17 de noviembre de 2025, el presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, por delegación del secretario de Estado de Medio Ambiente mediante la Orden TED/533/2021, de 20 de mayo, resuelve aprobar el expediente de información pública del proyecto de implantación de plan de emergencias de las presas de Horno Tejero y El Boquerón (Badajoz), y aprobar técnicamente el mismo.

En la reunión del Consejo de ministros celebrada el día 17 de marzo de 2026 se aprobó el Acuerdo por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución de las obras del proyecto de implantación del plan de emergencia de las presas de Horno Tejero y El Boquerón (Badajoz).

La implantación del plan de emergencias de las presas de Horno Tejero y Boquerón se encuadra dentro del Anejo número 11 del Plan de Medidas previsto para el Plan Hidrológico de cuenca aprobado por Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro. Por ello lleva implícita la declaración de utilidad pública según el artículo 3 del citado Real Decreto y el artículo 10 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa que declara que la utilidad pública se entiende implícita, en relación con la expropiación de inmuebles, en todos los planes de obras y servicios del Estado, Provincia y Municipio.

La implantación de planes de emergencia es una obligación del titular de la presa y embalse, fundamental para la seguridad de bienes y personas. Se deriva del artículo 123bis del texto refundido de la Ley de Aguas y de su desarrollo reglamentario: artículos 364, 366, 367 y 368 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico y el muy reciente Real Decreto 264/2021, de 13 de abril, por el que se aprueban las normas técnicas de seguridad para las presas y sus embalses.

Las actuaciones descritas en el proyecto son las necesarias para la implantación del plan de emergencia de las presas de Horno Tejero y El Boquerón que, redactados en diciembre de 2003, fueron aprobados por la Subdirección General de Infraestructuras y Tecnología del Ministerio de Medio Ambiente el 22 de mayo de 2012, previo informe favorable de la Comisión Nacional de Protección Civil de fecha 15 de junio de 2005. El citado plan fue elaborado por la Administración del General del Estado a través de la Confederación Hidrográfica del Guadiana.

La citada actuación se justifica por imperativo legal en relación al Real Decreto 264/2021, de 13 de abril, por el que se aprueban las normas técnicas de seguridad para las presas y sus embalses, de la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones en lo que se dispone en su artículo 3.5.1 con respecto al Plan de Emergencia y en el Real Decreto 9/2008, de 11 de enero, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril.

Esta actuación ha sido incluida dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –financiado por la Unión Europea–, Next Generation EU.

En consecuencia, esta Confederación Hidrográfica, atendiendo a lo señalado en los apartados 2 y 3 del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa procede a convocar a los titulares de los bienes y/o derechos afectados, conforme se les notificará de forma individual y mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado, para que, sin perjuicio de trasladarse al lugar de las fincas, si se considerase necesario, se proceda al levantamiento de las actas previas a la ocupación y si procediese, de ocupación definitiva, en los lugares, fechas y horas que a continuación se indican:

ANEXO. RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS

Término municipal de Cordobilla de Lácara (Badajoz)

El levantamiento de actas será en el Ayuntamiento de Cordovilla de Lácara el 27 de abril de 2026, a las 11:00 horas.

Número Orden

Referencia Catastral

Polígono

Parcela

Tipo Cultivo y Suelo

Titular Catastral

Superficie parcela

(m2)

Superficie expropiación total

(m2)

Sirena 2

06038A006003050000HO

6

305

O - Olivos secano. Rústico

MARÍA ISABEL PARRA BOLA

8.115

16

Sirena 3

06038A005007040000HQ

5

704

C - Labor o Labradío secano. Rústico.

PEDRO LUIS MANDOME CACERES;

MARIA GLORIA MANDOME CACERES;

HEREDEROS DE MARIA CARMEN MANDOME CACERES

162.835

16

A dicho acto, deberá comparecer personalmente y podrá hacerse acompañar, a su costa, de Perito y Notario, si lo estimase oportuno. La documentación a presentar en el levantamiento de actas será la siguiente:

- Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir u otro documento equivalente del titular de la finca.

- En caso de actuar mediante representante, deberá aportarse un poder notarial o bien un escrito de autorización firmado por el titular, junto con una fotocopia de su Documento Nacional de Identidad.

- En el supuesto de que varias personas sean titulares del bien y comparezca una sola de ellas, habrá de adjuntarse la documentación señalada en el apartado anterior, es decir, la referente a la representación válida.

- En los supuestos en que el titular de la finca sea persona distinta de quien figura en el acta previa de ocupación, deberá aportar nota simple del Registro de la Propiedad en la que conste el polígono y parcela a expropiar, certificación del Catastro o cualquier otro documento público (contrato de compraventa, permuta, donación o partición de herencia, etcétera) en los que conste el nuevo/s titular/es.

- Por último, para conseguir una mayor celeridad en el trámite económico del expediente expropiatorio, los titulares expropiados deben aportar el modelo del Tesoro Público de Designación de Cuenta Bancaria cumplimentado formalmente con sus datos bancarios.

Según el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, de 26 de abril de 1957, las personas que se consideren afectadas podrán formular por escrito, ante esta Confederación Hidrográfica, hasta el momento del levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación, alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan podido producir al relacionar los bienes afectados.

Lo que se hace público por medio del presente anuncio para que aquellos que se consideren perjudicados formulen por escrito reclamaciones ante el señor director técnico de esta Confederación Hidrográfica -Avenida Sinforiano Madroñero número 12, 06011 Badajoz-. También tienen acceso a consultar la documentación técnica relacionada con dicho proyecto en el siguiente enlace:

https://almacen.redsara.es/sending/public/5316cd51-6dc9-4b97-8fd6-b8f081745d7b

Badajoz, 1 de abril de 2026.- La directora general del Agua, P.D. el presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadiana (Orden TED/533/2021, de 20 de mayo), Samuel Moraleda Ludeña.