Por resolución de la Directora General del Agua de fecha 25 de octubre de 2025 se autoriza a la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A. a incoar el expediente de información pública del "Proyecto 10/25 de la presa de Tabala (TT.MM. Murcia y Beniel)" de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Las obras definidas en el proyecto consisten en la construcción de una presa de materiales sueltos de 17 m de altura en la Boquera de Tabala, así como su posterior encauzamiento hasta un parque fluvial inundable.
El objetivo de las obras es la protección frente a avenidas de la Rambla Salada y la Rambla de los Romos, ya que la presa permitirá una disminución y un retraso temporal de las puntas de la avenida, beneficiando a las poblaciones de Beniel, Zeneta y demás poblaciones ribereñas de la Vega Baja del Segura.
Atendiendo a lo anteriormente indicado, estas obras son de interés general conforme al artículo 46.b del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Agua al tratarse de obras para la defensa y protección del dominio público hidráulico […], especialmente las que tengan por objeto hacer frente a fenómenos catastróficos como las inundaciones, sequías y otras situaciones excepcionales, así como la prevención de avenidas vinculadas a obras de regulación que afecten al aprovechamiento, protección e integridad de los bienes del dominio público hidráulico; y también por encontrarse incluidas en el Anexo II: "Presas de las ramblas del Puerto de la Cadena, Tabala y Arroyo Grande", Ley 10/2001 sobre el Plan Hidrológico Nacional.
Estudio de impacto ambiental
El estudio de impacto ambiental se encuentra incluido en el anejo número 27 del "Proyecto 10/25 de la presa de Tabala (TT.MM. Murcia y Beniel)".
Expropiaciones y servicios afectados
Se somete a información pública el proyecto en relación a los bienes y derechos afectados, cuya ejecución conlleva implícitamente la necesidad de ocupación de los bienes y derechos relacionados detalladamente en el proyecto, todo ello a los efectos de lo previsto en los artículos 17 y 18 de la Ley de Expropiación Forzosa y artículo 17 del Reglamento de Expropiación Forzosa.
Las obras incluidas en esta disposición llevarán implícita la declaración de utilidad pública y de urgencia a los efectos previstos en los artículos 9, 10, 11 y 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.
La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por la ejecución de las obras se recoge en el anejo 22 del "Proyecto 10/25 de la presa de Tabala (TT.MM. Murcia y Beniel)".
Por ello, de conformidad con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como lo establecido en los artículos 17 y 18 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa y artículos 17 y 18 del Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, y la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se somete a información pública conjunta el "Proyecto 10/25 de la presa de Tabala (TT.MM. Murcia y Beniel)", su Estudio de Impacto Ambiental y los bienes y derechos afectados por un plazo de treinta días.
De acuerdo con la legislación vigente, esta Nota Anuncio se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. A efectos de plazo se considerará la fecha de la última publicación de los Boletines oficiales.
A tal fin, el proyecto junto con la relación de los bienes y derechos afectados estará expuesto al público en el plazo indicado durante las horas de atención al público en las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Segura sitas en Plaza Fontes, número 1, Murcia; y en la siguiente dirección URL:
PARTE 1: https://ssweb.seap.minhap.es/almacen/descarga/envio/341cd9947e93d8f1f8fcaa96135b026cbb5c4105
PARTE 2: https://ssweb.seap.minhap.es/almacen/descarga/envio/f248f569aa7ea8a6e8e2ade01c544f16b1912533
Todas las entidades y particulares que así lo deseen podrán dirigir a la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A. por escrito y dentro del plazo de información pública, las alegaciones u observaciones que estimen pertinentes. En todo escrito se hará constar el nombre, apellidos, documento nacional de identidad, domicilio y localidad del reclamante. Cuando se remita en nombre de una entidad (Ayuntamiento, Comunidad, Asociación, etc.), deberá acreditarse documentalmente el cargo o representación de quien la encabece.
Murcia, 13 de enero de 2026.- La Secretaria General, Mónica Gonzalo Martínez.