Se hace público, de acuerdo con el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986 de 11 de abril, que esta Confederación Hidrográfica del Tajo ha iniciado, de oficio, expediente de extinción de un aprovechamiento de aguas con las siguientes características:
Corriente de la que se deriva: Rivera de Aliseda (O.D. 301-65-03Q)
Clase y afección del aprovechamiento: Riego
Titular y DNI: Quintiliano Ramos Muñoz (***7584**)
Lugar, término y provincia de la toma: "Huertecillas del Fraile", parcela 218, polígono 6, Aliseda (Cáceres)
Coordenadas UTM Datum ETRS89 del punto de toma: X= 182.490; Y= 4.370.197 del huso 30
Caudal continuo equivalente (l/s): 0,04
Volumen máximo anual (m³/ha): 7000
Volumen máximo mensual (m³/ha): 2400
Superficie regada (ha): 0,05
Potencia instalada y mecanismos de elevación: 0,75 C.V
Título del derecho: Concesión otorgada por resolución de la Confederación Hidrográfica del Tajo de fecha 22 de noviembre de 1993
Motivo: La interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos por causas imputables al titular.
Referencia del expediente: E-0003/2026
Lo que se comunica a los posibles titulares de derechos e intereses afectados, significándoles que, de conformidad con la normativa aplicable, se abre un plazo de UN (1) MES, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, para que, quien lo desee, pueda examinar la documentación del expediente y manifestar cuanto considere conveniente en su defensa.
Para ello, deberá remitir antes de la finalización de dicho plazo una petición expresa a este Organismo indicando en el asunto de su solicitud la referencia del expediente, así como su nombre, apellidos, NIF y dirección de notificación. A la dirección de correo electrónico desde la que realice la solicitud, le llegará la notificación informándole de la puesta a disposición de la información en la sede electrónica de la Administración, a la que podrá acceder previa identificación.
Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 26 de marzo de 2026.- La Jefa del Área de Régimen de Usuarios, María Belén Rodríguez Díaz.