Se hace público, de acuerdo con el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986 de 11 de abril, que esta Confederación Hidrográfica del Tajo ha iniciado, de oficio, expediente de extinción de un aprovechamiento de aguas con las siguientes características:
Titular y C.I.F.: Ayuntamiento de Mazuecos (***2070**)
Cauce: Río Tajo (301), margen derecha
Destino del aprovechamiento: Abastecimiento de población
Lugar, término y provincia de la toma: Mazuecos (Guadalajara)
Coordenadas UTM Datum ETRS89 del punto de toma: X= 501.717; Y= 4.455.522 del huso 30
Caudal máximo derivable (l/s): 7
Potencia instalada y mecanismos de elevación: 2 bombas de 30 CV (quedando una de ellas en reserva)
Título del derecho: Concesión otorgada por resolución de la Comisaría de Aguas del Tajo de fecha 31 de octubre de 1973. Inspección por resolución de la Confederación Hidrográfica del Tajo el 31 de octubre de 2001.
Motivo: Interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos por causas imputables al titular.
Referencia del expediente: E-0088/2025
Lo que se comunica a los posibles titulares de derechos e intereses afectados, significándoles que, de conformidad con la normativa aplicable, se abre un plazo de UN (1) MES, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, para que, quien lo desee, pueda examinar la documentación del expediente y manifestar cuanto considere conveniente en su defensa.
Para ello, deberá remitir antes de la finalización de dicho plazo una petición expresa a este Organismo indicando en el asunto de su solicitud la referencia del expediente, así como su nombre, apellidos, NIF y dirección de notificación. A la dirección de correo electrónico desde la que realice la solicitud, le llegará la notificación informándole de la puesta a disposición de la información en la sede electrónica de la Administración, a la que podrá acceder previa identificación.
Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 16 de marzo de 2026.- La Jefa del Área de Régimen de Usuarios, María Belén Rodríguez Díaz.