Anuncio de la Delegación de Economía y Hacienda de Castellón - Unidad de Patrimonio del Estado, en relación con el expediente de venta de un inmueble patrimonial de la Administración General del Estado.

Nº de Disposición: BOE-B-2025-47586|Boletín Oficial: 309|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2025-12-24|Órgano Emisor: Ministerio de Hacienda

De acuerdo con lo establecido en el artículo 135 y siguientes de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, se ha iniciado expediente de adjudicación directa a que se refiere el artículo 137.4 de dicha Ley, dado el interés mostrado por CLAUDIA NOEMI SCHAB KLAIN, para la enajenación del inmueble patrimonial del Estado, inscrito en el Registro de la Propiedad de Sant Mateu, al Tomo 95, Libro 16, Folio 197 y 198, Finca 2387/11. Dicho bien se corresponde actualmente con la siguiente finca: clasificada como suelo rústico agrario, sita en el término municipal de Sant Mateu, provincia de Castellón, parcela 145 del polígono 3, paraje MAS NA FERRERES, del Catastro actual, equivalente a la parcela 30 del polígono 59 del Avance Catastral, Exp: 12R- 24.369, con una extensión superficial catastral de 7.506 m2, referencia catastral 12100A003001450000EQ. Mediante este anuncio se hace público que la tasación a precio alzado de venta como cuerpo cierto de dicho inmueble patrimonial es de 337,00€. Esta publicación no tiene la condición de oferta vinculante, constituyendo únicamente un trámite de los correspondientes al procedimiento de venta directa que habrá de proseguir con el resto de trámites legalmente previstos, culminando, en su caso, con la Orden Ministerial de enajenación.

Los titulares colindantes que interesen la compra del inmueble patrimonial estatal anteriormente referido deberán manifestarlo por escrito dirigido a esta Delegación de Economía y Hacienda (Unidad de Patrimonio del Estado, Expte. CIBI 202501200054), en el plazo de 10 DÍAS desde el día de publicación de este anuncio, prestando expresamente su conformidad (que deberá ser ratificada en el documento administrativo o, en su caso, escritura pública en que se formalice la compraventa) con los siguientes extremos:

A) La tasación anteriormente señalada como precio alzado de venta de cuerpo cierto.

B) La situación de hecho y de derecho en que se encuentra el inmueble, es decir, situación posesoria, ubicación y configuración física según certificación catastral descriptiva y gráfica correspondiente a la referencia catastral 12100A003001450000EQ, y la actual inscripción en el Registro de la Propiedad al principio señalado.

C) Se considera de aplicación a esta enajenación lo establecido en el artículo 136.2 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, por cuanto el adjudicatario adquirente manifiesta conocer las circunstancias concurrentes en el caso y en relación con lo que anteriormente se refiere, asumiendo todos los riesgos y consecuencias que pudieran derivarse de dichas circunstancias, manteniendo indemne a la parte vendedora de cualesquiera contingencias, de cualquier naturaleza, bien sea legal, urbanística o de cualquier otro tipo que puedan producirse por actos u omisiones anteriores a la fecha del documento administrativo o, en su caso, escritura pública que se otorgue, y en particular, de cualquier circunstancia que impida a la parte compradora la inscripción de su derecho en el Registro de la Propiedad.

D) La Administración General del Estado, en tanto que vendedora, se reserva la posibilidad de repercutir al comprador la parte proporcional del Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondiente al período resultante desde la fecha de entrega del respectivo inmueble a su comprador hasta el final del año natural en que la misma se produzca. Dicha parte proporcional podrá exigirse al comprador una vez que el IBI correspondiente al año de entrega del inmueble a su adquirente haya sido efectivamente abonado por la Administración vendedora.

Al escrito dirigido a esta Delegación de Economía y Hacienda que anteriormente se refiere, deberá acompañarse resguardo de la Caja General de Depósitos o alguna de sus sucursales, acreditativo de haber constituido a disposición de la Delegación de Economía y Hacienda de Castellón un depósito por importe de 16,85 €, equivalente al 5 por ciento del precio de tasación. Transcurrido el plazo de presentación sin haber manifestado por escrito interés en la compra directa del inmueble patrimonial estatal y en los términos anteriormente señalados, se considerará decaído el derecho que, en su caso, alguien pudiera atribuirse en el procedimiento.

Castellón de la Plana, 19 de diciembre de 2025.- La Delegada de Economía y Hacienda, Pilar Larramendi Hernández.