Se acuerda el inicio de un expediente de declaración de heredero abintestato a favor de la Administración General del Estado de los bienes y derechos del causante; JOSÉ CREUS RIBAS, NIF: 40201720C.
Número de expediente: 2024 017 00007
Fecha del fallecimiento y último domicilio conocido: Passeig del Firal en Amer (Girona), el 21 de enero de 1982.
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 bis.3 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, con fecha 01 de diciembre de 2025, la Delegada de Economía y Hacienda de Girona, por delegación del Director General de Patrimonio del Estado (Res. 27/07/2015, BOE 05/08/2015) ha dictado el siguiente acuerdo de inicio:
La Delegación de Economía y Hacienda de Girona ha tenido conocimiento mediante denuncia formulada por el letrado ANTONI DE TIBURCIO I RIBOT, en representación de MARIA CARME PUJOL BRUNS, del fallecimiento sin testar de dicho causante, y no constando la existencia de herederos, se considera necesario iniciar un expediente administrativo al objeto de declarar heredero al Estado, según dispone el artículo 956 y siguientes del Código Civil.
Los bienes que hasta el momento se han identificado como pertenecientes al fallecido, y sin perjuicio de los que posteriormente puedan eventualmente descubrirse, son los siguientes:
- Registro de la Propiedad nº 3 de Girona: 50% de vivienda en la Calle Girona nº 67 de Amer según el Registro de la Propiedad y el Catastro.
De las actuaciones previas resulta que no consta la existencia de herederos testamentarios ni legítimos, por lo que procede iniciar el procedimiento administrativo para obtener la declaración de la Administración General del Estado como heredera abintestato.
De acuerdo con lo establecido en la Resolución de 27 de julio de 2015, de la Dirección General del Patrimonio del Estado, por la que se delegan competencias relativas al procedimiento de declaración de la Administración General del Estado como heredera abintestato y a la administración y liquidación de la masa hereditaria, esta Delegación de Economía y Hacienda, a la vista de la instrucción del expediente, estima procedente la incoación del procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 bis, apartado 1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20. bis, apartado 1de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, ACUERDO,
Incoar el procedimiento para la declaración de la Administración General del Estado como heredera abintestato de Jose Creus Ribas.
Publicar este acuerdo en el "Boletín Oficial del Estado", en la página web del Ministerio de Hacienda y, durante el plazo de un mes, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Amer, correspondiente al lugar del último domicilio conocido del causante, así como su lugar de nacimiento y fallecimiento, comunicándose además al denunciante.
Abrir el plazo para presentar alegaciones o aportar documentos u otros elementos de juicio, de cualquier interesado y en cualquier momento anterior a la resolución del procedimiento.
Girona, 11 de diciembre de 2025.- Delegada de Economía y Hacienda en Girona, P.S. La Secretaria General, Ana Oromí Vall-Llovera.