Anuncio de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por el que se somete a información pública la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto modificado del denominado «Parque Eólico Parapanda» en los términos municipales de Íllora y Montefrío (Granada). Expediente E-4584.

Nº de Disposición: BOE-B-2025-32241|Boletín Oficial: 217|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2025-09-09|Órgano Emisor: Comunidad Autónoma de Andalucía

De conformidad con lo establecido en los artículos 54, 55 y 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en los artículos 126 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a información pública la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública, del proyecto de referencia, cuyas características principales se señalan a continuación:

a) Peticionario: Dalton Gestión de Activos, S.L., con CIF B10752996 y domicilio social en el Paseo de la Castellana, n.º 60, planta 3 de Madrid.

b) Objeto de la petición: Declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación denominada «Parque Eólico "Parapanda" de 9,0 MW de potencia instalada, línea subterránea de evacuación de 30 kV (LMST), línea aérea de media tensión de 30 kV (LAMT), subestación elevadora "Ruipérez" de 132/30 kV y línea aérea de alta tensión de 132 kV (LAAT)» en los términos municipales de Íllora y Montefrío (Granada).

c) Emplazamiento: el parque eólico y sus infraestructuras de evacuación se ubicarán en los términos municipales de Íllora y de Monterfrío, situándose los dos aerogeneradores en las coordenadas (UTM, Huso 30, ETRS89) X418.161,52-Y4.131.333,76 y X418.435,19-Y4.130.853,71.

d) Características: El Parque Eólico estará constituido por dos aerogeneradores, fabricados por VESTAS, modelo V163 con un diámetro de rotor de 163 metros y una potencia nominal de hasta 4,5 MW. La potencia total del Parque Eólico "Parapanda" estará limitada en todo momento a 9 MW de salida. El transporte de la energía desde el Parque Eólico se divide en varios tramos: Los tramos I, II y III transcurren con una línea mixta subterránea - aérea de 30 kV partiendo del centro de transformación del aerogenerador-2 hasta la Subestación elevadora "Ruipérez" de 132/30 kV. El tramo IV se realiza con una línea aérea en doble circuito de 132 kV desde la Subestación elevadora Ruipérez de 132/30 kV hasta el entronque en el apoyo 129.1 de la línea Petra-Caparacena para la conexión a red. La línea eléctrica de 30 kV estará formada por tres tramos que suman 8.983 metros.

El trazado de las vías de conexión para el Parque Eólico se ha realizado considerando el camino existente, la rasante actual y en la medida de lo posible aprovechar la calzada de manera que se estas condiciones minimicen los cortes y rellenos del nuevo diseño. Las características fundamentales del trazado en planta consisten en: • Longitud total acceso vía principal = 1.896,87 m; • Longitud total acceso aerogenerador 1 = 139,02 m; • Longitud total vía y retorno sobre plataforma AEG-1 = 180,86 m; • Longitud total vía y retorno sobre plataforma AEG-2 = 180,86m.

Se prevé que la nueva subestación colectora "RUIPEREZ" se conecte mediante una LAAT de 132 kV a la LAAT "Caparacena – Petra" de 132 kV en el nuevo apoyo de conexión 129, donde se realizará la apertura de la mencionada línea, con el propósito de evacuar la energía generada por la instalación fotovoltaica "Vitas" y el parque eólico "Parapanda" a la Red de Distribución.

Respecto de la relación de bienes y derechos afectados por el presente procedimiento, únicamente se incluye las afecciones en el camino de acceso a los aerogeneradores, por cuanto el Parque Eólico "Parapanda" ya cuenta con declaración, en concreto, de utilidad pública para la toda la infraestructura de evacuación.

d) Finalidad: producción de energía eléctrica renovable de origen eólico.

La declaración, en concreto, de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley del Sector Eléctrico, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2. de dicha Ley.

Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56.2 de la citada Ley del Sector Eléctrico, «supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública», por lo que los organismos oficiales que, en su caso, se encuentren incluidos en la relación de bienes y derechos afectados lo serán a efectos meramente informativos de dicha obligación.

Lo que se hace público para conocimiento general y, especialmente, de los titulares de los bienes y derechos afectados por dicho proyecto, incluidos los que pudieran haber sido omitidos, pudiendo formular las alegaciones que estimen oportunas en el plazo de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. A estos efectos, en el anexo adjunto, se incluye la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por el procedimiento de expropiación forzosa, con indicación de sus titulares.

Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley de Expropiación Forzosa y en el artículo 56 de su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Decreto de 26 de abril de 1957, en el indicado plazo, los afectados podrán aportar los datos que estimen oportunos a los solos efectos de subsanar posibles errores en la relación indicada. En caso de que alguno de los titulares afectados e incluidos en la citada relación tenga firmado un acuerdo de ocupación de su finca con la beneficiaria, podrá aportarlo a los efectos de lo establecido en el artículo 24 de la Ley de Expropiación forzosa.

De conformidad con lo establecido en el artículo 13.1 e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, procede la publicación del presente trámite de información pública en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, donde podrá accederse a la documentación presentada para su examen. Dicha documentación estará disponible en el enlace de acceso público que se cita a continuación: http://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos.html

Asimismo, el acceso presencial al expediente podrá solicitarse únicamente por aquellos sujetos que no están obligados a relacionarse con la Administración por medios electrónicos, en el mismo plazo de treinta días indicado, en las dependencias del Servicio de Energía de esta Delegación Territorial, sito en la Avenida Joaquina Eguaras, n.º 2, planta 5.ª, de Granada. Para ello, será necesario cita, que podrá obtenerse contactando en el teléfono 955 012 012 o a través de la dirección de correo electrónico: buzonweb.sac.cpie@juntadeandalucia.es. No obstante, los planos parcelarios afectados por el proyecto podrán ser igualmente consultados en el Ayuntamiento correspondiente.

La presente publicación se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

ANEXO

Relación de bienes y derechos afectados por la declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto modificado del denominado «Parque Eólico Parapanda» en los términos municipales de Íllora y Montefrío (Granada). Expediente E-4584.

Finca

Datos titulares

Datos Catastrales

Obra Civil

Aerogeneradores

N.º Finca

DNI

Término Municipal

Polígono

Parcela

Ref. Catastral

Superficie ocupada permanente (m2)

Aerogenerador

Superficie ocupada

por vuelo (m2)

1

24230173H

24220281Q

Íllora

31

47

18104A03100047

101,24

-

-

2

24203337T

Íllora

31

51

18104A03100051

131,64

-

-

3

24230173H

24220281Q

Íllora

31

53

18104A03100053

306,39

-

-

4

24203337T

Íllora

30

3

18104A03000003

1.626,42

-

-

5

24203337T

Íllora

30

4

18104A03000004

2.550,39

AEG-02

10.983,25

Granada, 28 de agosto de 2025.- El Delegado Territorial, Gumersindo Fernández Casas.