Por Resolución de fecha 10 de junio de 2025, la Subdirectora General de Planificación y Explotación, P. D. del Director General de Carreteras, Apartado Decimosexto.3.A.b) de la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, ha resuelto:
"1) Aprobar provisionalmente el Anteproyecto de construcción y explotación "Área de servicio dotada de una estación de recarga ultrarrápida para vehículos eléctricos. Autovía del Nordeste A-2, p.k. 234+300, margen izquierda. T.M. Calatayud, Zaragoza" redactado con fecha de abril de 2025.
2) Declarar la urgencia del anteproyecto en aplicación de lo previsto en el artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, por lo que el presente trámite también tendrá el carácter de información pública previa a la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto."
3) Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón, se proceda a incoar el expediente de información pública del estudio de viabilidad y del anteproyecto de construcción y explotación correspondientes a la nueva área de servicio de Calatayud, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, a los siguientes efectos:
a. Artículo 247.3 y 248.3 y 4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
b. Artículo 27.1.b de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, para que puedan formularse cuantas alegaciones o sugerencias se estime conveniente.
c. Artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa, para que puedan presentarse alegaciones sobre la necesidad de ocupación o sobre posibles errores de la relación concreta e individualizada de servicios, bienes y derechos afectados.
El plazo de información pública será de treinta (30) días hábiles contados a partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones reglamentarias.
Tras el análisis de las alegaciones presentadas, de las respuestas a las consultas y de los informes preceptivos previstos en la legislación vigente, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible resolverá sobre la aprobación de expediente de información pública y la aprobación del estudio de viabilidad y definitiva del anteproyecto.
De conformidad con el artículo 248.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la aprobación definitiva del anteproyecto de referencia, en su caso, implicará la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes, modificación de servicios y adquisición de derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres.
4) Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón:
a. Remita ejemplares del estudio de viabilidad y del anteproyecto de construcción y explotación a las Corporaciones Locales afectadas a efectos de su exposición al público, conforme al artículo 34.7 del Reglamento General de Carreteras (Real Decreto 1812/1994).
b. Lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente resolución sea publicada en el "Boletín Oficial del Estado" y en el de la provincia de Zaragoza, uno de los diarios de mayor circulación de la provincia, si lo hubiere, comunicándose además al Ayuntamiento en cuyo término radique la cosa a expropiar para que la fijen en el tablón de anuncios respectivo, en cumplimiento del artículo 34.6 del Reglamento General de Carreteras y del artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa.
En estos medios se señalarán los lugares de exhibición del expediente, que, en todo caso, deberá estar a disposición de las personas que lo soliciten a través de medios electrónicos en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de acuerdo con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
c. Solicite el preceptivo informe indicado en el artículo 16 de Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras y en los artículos 247.3 y 248.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 a las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales afectadas.
d. Solicite el informe del anteproyecto de construcción y explotación y del estudio de viabilidad a los Departamentos Ministeriales afectados, Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas, en cumplimiento del artículo 8 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras."
En cumplimiento de la citada resolución y de acuerdo con la vigente Ley de Expropiación Forzosa, el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas y el artículo 12.4 de la Ley 37/2015, de 9 de septiembre, de Carreteras, se somete a información pública el referido Anteproyecto de construcción y explotación del "Área de servicio dotada de una estación de recarga ultrarrápida para vehículos eléctricos. Autovía del Nordeste A-2, p.k. 234+300, margen izquierda. T.M. Calatayud, Zaragoza". El plazo de información pública será de treinta (30) días hábiles contados a partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones reglamentarias.
Durante este plazo la documentación podrá ser consultada en la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón, sita en Plaza de Santa Cruz n.º 17-19 de Zaragoza, en la Corporación Local afectada de Calatayud y en la página web del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible https://www.transportes.gob.es/el-ministerio/participacion-publica.
En este periodo y en virtud de la legislación indicada, podrán presentar por escrito en la citada Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón, o por cualquiera de los sistemas señalados en el art. 16 y Disposición Final Séptima de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las alegaciones y sugerencias que estimen oportunas en relación con el Anteproyecto y Estudio de Viabilidad de referencia, así como sobre la necesidad de ocupación o sobre posibles errores de la relación concreta e individualizada de servicios, bienes y derechos afectados.
Relación de bienes y derechos afectados en el Término Municipal de Calatayud
POLIGONO |
PARCELA |
AFECCIONES |
|||||||||||
Nº DE ORDEN |
REFERENCIA |
CATASTRAL |
TITULAR ACTUAL |
TITULAR CATASTRAL |
SUPERFICIE CATASTRAL |
SUBPARCELA |
CALIFICACIÓN FISCAL |
APROVECHAMIENTO REAL |
EXPROPIACIÓN |
IMPOSICIÓN DE SERVIDUMBRE |
OCUPACIÓN TEMPORAL |
TOTAL |
NATURALEZA |
50-6701-0001 |
027 |
00214 |
TORRE CATALINA SL |
TORRE CATALINA SL |
78132 |
b-17886 |
C-02 |
Labor o labradío regadío |
88 |
0 |
0 |
88 |
Rural |
50-6701-0002 |
027 |
09013 |
AYUNTAMIENTO DE CALATAYUD |
AYUNTAMIENTO DE CALATAYUD |
2460 |
- |
VT-00 |
Vía de comunicación de dominio público |
37 |
0 |
0 |
37 |
Rural |
50-6701-0003 |
028 |
00015 |
GARDE ERIKSON ANDRES |
GARDE ERIKSON ANDRES |
30130 |
a-10329 |
C-02 |
Labor o Labradío secano |
412 |
0 |
0 |
412 |
Rural |
50-6701-0003 |
028 |
00015 |
GARDE ERIKSON ANDRES |
GARDE ERIKSON ANDRES |
30130 |
c-11050 |
E-02 |
Pastos |
279 |
0 |
0 |
279 |
Rural |
50-6701-0004 |
028 |
00016 |
GARDE FALERO ANGEL [HEREDEROS DE] |
GARDE FALERO ANGEL [HEREDEROS DE] |
9120 |
c-3653 |
C-01 |
Labor o Labradío secano |
760 |
0 |
0 |
760 |
Rural |
50-6701-0004 |
028 |
00016 |
GARDE FALERO ANGEL [HEREDEROS DE] |
GARDE FALERO ANGEL [HEREDEROS DE] |
9120 |
a-4161 |
C-01 |
Labor o Labradío secano |
59 |
0 |
0 |
59 |
Rural |
50-6701-0005 |
028 |
00017 |
AYUNTAMIENTO DE CALATAYUD |
AYUNTAMIENTO DE CALATAYUD |
878 |
- |
E-02 |
Pastos |
370 |
0 |
0 |
370 |
Rural |
50-6701-0006 |
028 |
09017 |
AYUNTAMIENTO DE CALATAYUD |
AYUNTAMIENTO DE CALATAYUD |
3379 |
- |
VT-00 |
Vía de comunicación de dominio público |
102 |
0 |
0 |
102 |
Rural |
50-6701-0007 |
029 |
00041 |
LOPEZ JEREZ FRANCISCA |
LOPEZ JEREZ FRANCISCA |
11101 |
b-713 |
E-02 |
Pastos |
615 |
0 |
0 |
615 |
Rural |
50-6701-0007 |
029 |
00041 |
LOPEZ JEREZ FRANCISCA |
LOPEZ JEREZ FRANCISCA |
11101 |
a-10389 |
V-00 |
Viña secano |
378 |
0 |
0 |
378 |
Rural |
50-6701-0008 |
029 |
00042 |
GORMAZ LOPEZ MARIA PILAR; LOPEZ JEREZ FRANCISCA |
GORMAZ LOPEZ MARIA PILAR; LOPEZ JEREZ FRANCISCA |
8639 |
f-26 |
E-14 |
Erial a pastos |
26 |
0 |
0 |
26 |
Rural |
50-6701-0008 |
029 |
00042 |
GORMAZ LOPEZ MARIA PILAR; LOPEZ JEREZ FRANCISCA |
GORMAZ LOPEZ MARIA PILAR; LOPEZ JEREZ FRANCISCA |
8639 |
b-4013 |
CR-29 |
Labor-Tierra arable |
18 |
0 |
0 |
18 |
Rural |
50-6701-0009 |
29 |
00190 |
AYUNTAMIENTO DE CALATAYUD |
AYUNTAMIENTO DE CALATAYUD |
30978 |
- |
E-01 |
Pastos |
132 |
268 |
400 |
Rural |
|
50-6701-0010 |
29 |
09014 |
CONFEDERACION HIDROGRAFICA EBRO |
CONFEDERACION HIDROGRAFICA EBRO |
11729 |
- |
HG-00 |
Hidrografía natural [río,laguna,arroyo.] |
171 |
0 |
0 |
171 |
Rural |
Zaragoza, 16 de junio de 2025.- La Ingeniera Jefa de Demarcación, Sandra de Francisco Méndez.