La Dirección General de Carreteras con fecha 12 de mayo de 2025, resuelve:
1.- Aprobar provisionalmente el anteproyecto de construcción y explotación: Área de servicio dotada de una estación de recarga ultrarrápida para vehículos eléctricos. Autovía del Cantábrico A-8. P..K. 208+500. Ambas márgenes. Término municipal de Penagos, Cantabria. Redactado con fecha de abril de 2025.
2.- Declarar la urgencia del anteproyecto en aplicación de lo previsto en el artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, por lo que el presente trámite tendrá carácter de información pública previa a la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución de las actuaciones dentro del alcance de estos.
3.- Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria, se proceda a incoar el expediente de información pública del anteproyecto de construcción y explotación correspondiente al área de servicio de Penagos y del estudio de viabilidad, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a los siguientes efectos:
a. Artículo 247.3 y 248.3 y 4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público, por el que se trasponen al ordenamiento jurídico español la Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
b. Artículo 27.1.b de la Ley de 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras para que puedan formularse cuantas alegaciones o sugerencias se estimen conveniente.
c. Artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre Expropiación Forzosa para que puedan presentarse alegaciones sobre la necesidad de ocupación o sobre posibles errores de la relación concreta e individualizada de servicios, bienes y derechos afectados.
El plazo de información pública será de treinta (30) días hábiles contados a partir del primer día hábil siguiente al de la fecha de las publicaciones reglamentarias.
Tras el análisis de las alegaciones presentadas, de las respuestas a las consultas y de los informes preceptivos en la legislación vigente, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible resolverá sobre la aprobación de expediente de información pública y la aprobación del estudio de viabilidad y definitiva del anteproyecto.
De conformidad con el artículo 248.4 de la ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la aprobación definitiva del anteproyecto de referencia, en su caso, implicará la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes, modificación de servicios y adquisición de derechos correspondientes, a los fines de expropiación, ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres.
4.- Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria:
a. Remita ejemplares del anteproyecto de construcción y explotación y del estudio de viabilidad a la Corporación Local afectada a efectos de su exposición al público, conforme al artículo 34.7 de Reglamento General de Carreteras (Real Decreto 1812/1994)
b. Llevar a cabo los trámites necesarios para que la presente resolución sea publicada en el "Boletín Oficial del Estado" y en el de la provincia, uno de los diarios de mayor circulación, si lo hubiere, comunicándose además al ayuntamiento en cuyo término radique la cosa a expropiar para que la fijen en el tablón de anuncios respectivo, en cumplimiento del artículo 34.6 del Reglamento General de Carreteras y del artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa.
En estos medios se señalarán los lugares de exhibición del expediente que, en todo caso, deberá estar a disposición de las personas que lo soliciten a través de medios electrónicos en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de acuerdo con el artículo 83 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.
c. Solicite el preceptivo informe indicado en el artículo 16 de la ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras y en los artículos 247.3 y 248.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por el que se trasponen al ordenamiento jurídico español la Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE de 26 de febrero de 2014 a la Comunidad Autónoma y Corporación Local afectada.
d. Solicite el informe del anteproyecto de construcción y explotación y del estudio de viabilidad a los Departamentos Ministeriales afectados, Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas en cumplimiento del artículo 8 de la Ley 37/ 2015, de 29 de septiembre, de Carreteras."
En virtud de dicha Resolución y de acuerdo con la vigente Ley de Expropiación Forzosa, el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas y el artículo 12.4 de la Ley 37/2015, de 9 de septiembre, de Carreteras, se somete a información pública el referido Anteproyecto de Construcción y Explotación correspondiente al Área de Servicio de Penagos y del Estudio de Viabilidad, al objeto de que en el plazo de 30 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOE y BOC puedan presentarse alegaciones sobre la declaración de utilidad pública, necesidad de urgente ocupación referido a los bienes y derechos comprendidos en el replanteo del anteproyecto así como la reposición de servicios o sobre posibles errores de la relación concreta e individualizada de servicios, bienes y derechos afectados.
Los escritos formulando alegaciones deberán dirigirse a esta Demarcación y podrán presentarse utilizando cualquiera de las modalidades previstas en la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas.
A tales efectos, el Anteproyecto de Construcción puede ser examinado en la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria (C/ Somorrostro S/N. Edificio de Correos. 39010. Santander), en la página web del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible dentro del apartado de Información Pública, Proyectos no Normativos: https://www.transportes.gob.es/el-ministerio/participacion-publica y en el Ayuntamiento de Penagos (C/ Helguera 10, 39627 Arenal, Cantabria).
Anexo:
Relación de bienes y derechos afectados
Término Municipal de PENAGOS
Nº DE ORDEN |
POLIGONO |
PARCELA |
TITULAR ACTUAL |
EXPROPIACIÓN |
SERVIDUMBRE |
39-0481-0001 |
108 |
09001 |
AYUNTAMIENTO DE PENAGOS |
12 |
427 |
39-0481-0002 |
103 |
09011 |
AYUNTAMIENTO DE PENAGOS |
8 |
385 |
39-0481-0003 |
40918 |
4 |
AYUNTAMIENTO DE PENAGOS |
4 |
20 |
39-0481-0004 |
Calle Vuelta Abajo |
- |
AYUNTAMIENTO DE PENAGOS |
8 |
264 |
39-0481-0005 |
Calle Zona Urbana La Helguera |
- |
AYUNTAMIENTO DE PENAGOS |
8 |
277 |
39-0481-0006 |
7 |
09002 |
AYUNTAMIENTO DE PENAGOS |
4 |
159 |
39-0481-0007 |
102 |
09004 |
GOBIERNO DE CANTABRIA |
36 |
1280 |
39-0481-0008 |
007 |
09001 |
GOBIERNO DE CANTABRIA |
20 |
779 |
39-0481-0009 |
Calle Quintana |
- |
AYUNTAMIENTO DE PENAGOS |
4 |
159 |
39-0481-0010 |
006 |
09019 |
AYUNTAMIENTO DE PENAGOS |
16 |
546 |
39-0481-0011 |
006 |
09022 |
AYUNTAMIENTO DE PENAGOS |
0 |
1 |
39-0481-0012 |
3298301VN3939N0001OI |
01 |
RED ELECTRICA DE ESPAÑA SA |
4 |
65 |
39-0481-0013 |
Calle Quintana/CA408 |
- |
GOBIERNO DE CANTABRIA |
4 |
160 |
Santander, 2 de junio de 2025.- El Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria, Rosendo Martínez Fernández.