Con fecha de 25 de noviembre de 2025 el Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, P. D. del Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible (Orden TMA/1007/2021, modificada por Orden TMA/355/2023; DA quinta RD 253/2024), ha resuelto:
1. Aprobar el Expediente de Información Pública y, definitivamente, el proyecto de trazado "Mejora de la travesía de Béjar. Carretera N-630a, P.K. 411+220 a P.K. 414+400. Provincia de Salamanca" con un Presupuesto Base de Licitación estimado (IVA incluido) de 2.160.958,81 €, con las siguientes prescripciones que son resultado de la admisión de alegaciones presentadas en el procedimiento de información pública y que deberán incluirse en el proyecto de construcción a redactar:
1.1. En relación con las alegaciones presentadas por el Ayuntamiento de Béjar:
1.1.1. Durante la ejecución de la obra, se prestará especial atención a aquellas conducciones que puedan alojarse en las capas más superficiales de las excavaciones (Ej. Acometidas domiciliarias o conexiones entre farolas y cuadros)
1.1.2. Se actuará de forma coordinada con los técnicos municipales en las obras de renovación que estén efectuando en cada momento
1.2. En relación con las alegaciones presentadas por el Área de Medio Natural de la Junta de Castilla y León:
1.2.1. Cualquier actuación que pueda afectar a la integridad de las vías pecuarias deberá contar con la autorización previa correspondiente por parte del Servicio Territorial de Medio Ambiente.
1.2.2. Así mismo, se recuerda que las vías pecuarias deben tener garantizado su libre tránsito y uso, tanto durante la fase de obras como durante la fase de explotación, así como respetar su integridad superficial.
1.2.3. En los tramos de cauces afectados, las obras se realizarán en la época de mayor estiaje y adoptando las medidas necesarias para evitar vertidos y arrastre de materiales hacia los cauces.
1.2.4. Al finalizar las actuaciones se retirarán todos los materiales sobrantes y todos los residuos recogidos, y se entregarán a gestor autorizado, conforme establece la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
1.2.5. Se extremarán las precauciones para no ocasionar incendios forestales, debiendo adoptar todas las medidas necesarias para ello y cumpliendo todo lo especificado en la Orden FYM/510/2013, y Decreto-ley 2/2023, de 13 de abril, de Medidas Urgentes sobre Prevención y Extinción de Incendios Forestales.
1.2.6. Debe solicitarse informe al organismo de la Administración General del Estado competente sobre la posible afección a la ZEPAES4150006 Candelario incluida en la Red Natura 2000.
1.3. En relación con las alegaciones presentadas por la Diputación de Salamanca
1.3.1. Durante la ejecución de la obra, se solicitará la correspondiente autorización o informe en caso de afectar a las carreteras de titularidad provincial. En especial, a la DSA-190 y DSA-194.
1.4. En relación con las alegaciones presentadas por UFD Naturgy:
1.4.1. Se consultará la web Inkolan para conocer el emplazamiento de las instalaciones de UFD, teniendo siempre en cuenta su carácter orientativo. En caso de que las obras tuviesen un alcance distinto al presentado, se solicitará informe a UFD.
1.5. En relación con las alegaciones presentadas por Maria Victoria Vega Barisa en representación de Semark AC Group:
1.5.1. Se mantendrá el acceso contenido en el proyecto de trazado y, una vez cedida la titularidad de la carretera al Ayuntamiento de Béjar, éste adoptará las medidas necesarias para facilitar el acceso a las propiedades del grupo Semark AC Group.
2. Ordenar que se redacte un proyecto de construcción de forma que se cumplimente las prescripciones expuestas anteriormente.
3. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Occidental dé traslado de la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Occidental lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial del Estado.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Sr. Ministro, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de aquella en el "Boletín Oficial del Estado", sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Valladolid, 4 de diciembre de 2025.- El Ingeniero Jefe de La Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Occidental, José Vidal Corrales Díaz.