Con fecha de 17 de marzo de 2026 la Subdirectora General de Planificación y Explotación, P. D. del Director General de Carreteras (Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, modificada por Orden TMA/355/2023, de 10 de abril), ha resuelto lo siguiente:
- Aprobar provisionalmente el Estudio de Delimitación de Tramo Urbano y establecimiento de la línea límite de edificación N-6 a la altura de calle Estrella Polar 2, T.M. Guadarrama (Madrid), lo cual supone modificación, en la parcela afectada de referencia catastral 1507001VL1010N0001KQ, del Estudio de Delimitación de Tramo Urbano y establecimiento de línea límite de edificación en la N-6 entre los pp.kk. 42+775 y 46+059, T.M. Guadarrama, (Madrid), aprobado definitivamente con fecha 22 de marzo de 2022 el Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana por delegación en la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre), de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.5 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, para la actualización de los citados Estudios, según lo siguiente:
· Fijar como tramo urbano el tramo de la N-6 colindante con la parcela de ref. cat. 1507001VL1010N0001KQ a la altura de la calle Estrella Polar 2
· Fijar, para el tramo urbano establecido en el punto anterior, la línea límite de edificación según el planeamiento urbanístico vigente en el municipio a la entrada en vigor de la Ley 37/2015, de Carreteras, según el plano adjunto, aplicando el retranqueo de 6 m desde límite de parcela y corrigiendo así la no reducción de la citada línea del Estudio de Delimitación de Tramo Urbano aprobado definitivamente el 22 de marzo de 2022.
· Fijar el borde exterior de la zona de dominio público, medido horizontal y perpendicularmente desde la arista exterior de la explanación, conforme al artículo 29 de la Ley 37/2015, de Carreteras, a 3 m de la N-6 en todo el ámbito de Estudio.
· Fijar el borde exterior de la zona de servidumbre, medido horizontal y perpendicularmente desde la arista exterior de la explanación, conforme al artículo 31 de la Ley 37/2015, de Carreteras, a 8 m de la N-6 en todo el ámbito de Estudio.
- Tramitar el Estudio de Delimitación de Tramo Urbano modificado según el procedimiento establecido en el artículo 48 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, lo cual supone:
· Notificar el Estudio a la Comunidad de Madrid y al Excmo. Ayuntamiento de Guadarrama, a fin de que, en el plazo de dos meses, emitan informe.
· Someter a información pública el Estudio, por un plazo de 30 días hábiles, anunciándolo en el Boletín Oficial del Estado y en el Excmo. Ayuntamiento de Guadarrama, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda formular alegaciones sobre la repercusión del Estudio en lo referente a limitaciones a la propiedad, régimen de autorizaciones, infracciones y sanciones.
Los interesados pueden presentar, por un plazo de 30 días hábiles, cuantas alegaciones y sugerencias estimen pertinentes sobre la citada resolución dirigidas a la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid (calle Josefa Valcárcel, número 11, 28027 Madrid) a través de las formas oficiales establecidas en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, entre otras a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
La referida resolución estará disponible en el enlace de Participación Pública del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (https://www.transportes.gob.es/el-ministerio/participacion-publica).
Madrid, 26 de marzo de 2026.- La Jefa de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid, Gloria Ramos Palop.