Con fecha 5 de agosto de 2025, la entidad Promoción Eólica Peninsular V, S.L. presentó solicitud conjunta de autorización administrativa previa y evaluación de impacto ambiental del proyecto parque eólico "Ferromolín", y de su infraestructura de evacuación.
Con fecha 20 de julio de 2026, la promotora presentó documentación de modificación del proyecto, recibida en esta Dependencia el 6 de agosto.
El Parque eólico Ferromolín, de 27 MW, se situará en los términos municipales de Vilamartín de Valdeorras y O Barco de Valdeorras, en la provincia de Ourense, y Oencia, provincia de León. Dentro del alcance de la solicitud se incluyen su infraestructura de evacuación hasta la subestación eléctrica que las conectará con la red de transporte, infraestructura que se desarrollará en el referido término municipal de Vilamartín de Valdeorras.
La puesta en funcionamiento de nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica está sometida al régimen de autorizaciones definido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo, destacando entre estas el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Asimismo, el proyecto está sujeto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, en virtud de lo definido en el artículo 7.1.a de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
De conformidad con lo previsto en el artículo 53.1.a de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, la tramitación de ambos procedimientos (autorización administrativa previa y evaluación de impacto ambiental) se está efectuando de manera conjunta.
A los efectos previstos en el artículo 125.1 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, se somete al trámite de información pública el estudio de impacto ambiental y la solicitud de autorización administrativa previa de la instalación indicada, cuyas características generales son las siguientes:
Órgano sustantivo: Dirección General de Política Energética y Minas, Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico; competente a los efectos de resolver sobre la Autorización Administrativa Previa.
Órgano ambiental: Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, competente a los efectos de formular la Declaración de Impacto AmbientaI.
Unidades tramitadoras: Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Pontevedra, que actúa sobre la provincia de Ourense en virtud de lo establecido en la Orden de 7 de noviembre de 1997 por la que se desarrolla el Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto; Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en León; estas son las unidades a las que corresponde el trámite de información pública, en la parte correspondiente a cada provincia (Ourense y León), y, por tanto, a las que pueden dirigirse alegaciones.
Peticionaria: Promoción Eólica Peninsular V, S.L., con CIF B09653890, y domicilio social en calle Serrano Galvache nº 56, Edificio Madroño, 28033, Madrid.
Denominación: Parque eólico Ferromolín, de 27,00 MW, y su infraestructura de evacuación.
Código del proyecto: PEol-1023.
Objeto de la solicitud: Autorización administrativa previa (AAP) y declaración de impacto ambiental (DIA) de la instalación.
Emplazamiento: Términos municipales de Vilamartín de Valdeorras y O Barco de Valdeorras (provincia de Ourense) y Oencia (provincia de León).
Finalidad: Generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovable (eólica).
Características técnicas:
1. Parque eólico: seis (6) aerogeneradores de 4’5 MW de potencia unitaria. Incluye una torre meteorológica, viales de acceso y obra civil para instalación y mantenimiento. Se contemplan cinco (5) posiciones adicionales de reserva. Términos municipales de Vilamartín de Valdeorras, O Barco de Valdeorras (provincia de Ourense) y Oencia (provincia de León).
2. Sistema colector de energía: los aerogeneradores se conectan al centro de seccionamiento del parque mediante líneas eléctricas subterráneas a 15 kV.
3. Centro de seccionamiento del parque eólico: recogerá la energía generada por cada aerogenerador, para su posterior evacuación a la subestación SET Sil-Xares. Superficie aproximada de 230 metros cuadrados. Término municipal de Vilamartín de Valdeorras (provincia de Ourense).
4. Línea subterránea de evacuación a 15kV: con una longitud de 14,33 km, origen en el centro de seccionamiento del parque eólico y final en la subestación SET Sil-Xares 15/220kV (titularidad de Iberdrola Generación, S.A.U.), que comparte ubicación con la SET Santiago 220kV de la red de transporte (titularidad de Red Eléctrica de España, S.A.). Las actuaciones de adecuación necesarias en la subestación Sil-Xares son objeto de otro expediente.
Presupuesto: 31.142.802,36 €
Este presupuesto de ejecución material incluye: PE Ferromolín (27.169.486,12 €), y LSMT 15kV entre PE Ferromolín y SET Sil-Xares (3.973.316,24 €).
Coordenadas UTM de los aerogeneradores (a título meramente ilustrativo: prevalecerá en todo caso la información incluida en proyecto); se incluyen posiciones adicionales previstas como reserva:
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Coordenadas UTM, huso 29, banda T, ETRS89 |
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Aerogenerador |
Término municipal |
X |
Y |
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FRM-01 |
Oencia |
664.328,11 |
4.707.878,13 |
|
FRM-02 |
Oencia/Vilamartín de Valdeorras |
661.970,87 |
4.706.896,19 |
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FRM-03 |
Vilamartín de Valdeorras |
661.970,20 |
4.705.948,45 |
|
FRM-04 |
Vilamartín de Valdeorras |
661.363,00 |
4.705.022,31 |
|
FRM-05 |
Vilamartín de Valdeorras |
660.688,21 |
4.704.559,20 |
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FRM-06 |
Vilamartín de Valdeorras |
661.654,03 |
4.704.104,45 |
|
RES-01 (reserva) |
Oencia |
663.693,38 |
4.708.529,47 |
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RES-02 (reserva) |
Oencia/Vilamartín de Valdeorras |
662.796,28 |
4.707.416,79 |
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RES-03 (reserva) |
Oencia/Vilamartín de Valdeorras |
660.857,85 |
4.707.938,60 |
|
RES-04 (reserva) |
Vilamartín de Valdeorras |
661.682,80 |
4.705.427,92 |
|
RES-05 (reserva) |
Vilamartín de Valdeorras |
661.319,02 |
4.703.546,51 |
Los procedimientos en los cuales se encuadra este trámite de información pública están reglados en el artículo 53.1.a de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (referido como "Autorización Administrativa Previa"); en el artículo 122 y siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre; y en el Título II, Capítulo II, Sección 1ª de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre ("Procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria para la formulación de la declaración de impacto ambiental").
Corresponde a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico dictar la resolución de autorización administrativa previa de la instalación. Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, del mismo ministerio, formular la declaración de impacto ambiental. Por su parte, corresponde a las Áreas de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Pontevedra (que actúa sobre la provincia de Ourense) y de la Subdelegación del Gobierno en León, la tramitación del procedimiento administrativo iniciado mediante esta solicitud, en la parte correspondiente a cada provincia, por lo que esas son las unidades a las que pueden dirigirse alegaciones.
Todo lo anterior se hace público para que pueda ser examinado el expediente y, en el plazo de treinta (30) días, contados a partir del siguiente a la última publicación de este anuncio en el boletín oficial correspondiente, formularse las alegaciones que se estimen oportunas, a través del Registro Electrónico de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) o por cualquier otro de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas a la Dependencia del Área de Industria y Energía de la correspondiente provincia.
Se advierte que las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y otros sujetos identificados en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo. Con tal motivo, las alegaciones formuladas por cualquiera de esos sujetos en este trámite de información pública deben obligatoriamente presentarse por medios electrónicos.
El Proyecto y el Estudio de Impacto Ambiental de la instalación pueden ser examinados:
* a través del siguiente enlace:
https://run.gob.es/wvzPEol1023-PROYECTOSyEsIA
* en la página web de la Delegación del Gobierno en Galicia, apartado "Proyectos, Campañas e Información", epígrafe "Procedimientos de Información Pública", accesible a través del siguiente enlace:
https://www.mpt.gob.es/portal/delegaciones_gobierno/delegaciones/galicia/proyectos-ci/INFORMACION_PUBLICA/INSTALACIONES_ELECTRICAS.html
* en la página web de la Delegación del Gobierno en Castilla y León, apartado "Proyectos, Campañas e Información", epígrafe "Procedimientos de Información Pública", accesible a través del siguiente enlace:
https://run.gob.es/tramitacion
* presencialmente en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Pontevedra, sita en Plaza de España, s/n, 36002, Pontevedra; esta consulta presencial requerirá de cita previa, que puede solicitarse a través del teléfono 986 98 92 35, en horario de 9h a 14h, o del correo electrónico a industria.pontevedra@correo.gob.es
* presencialmente en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en León, sita en Avda. de Asturias, número 4, 24008, León; esta consulta presencial requerirá de cita previa, que puede solicitarse a través del teléfono 987 96 90 88, en horario de 9h a 14h, o del correo electrónico a industria.leon@correo.gob.es
La documentación anterior también ha sido puesta a disposición de cada uno de los Ayuntamientos afectados.
Pontevedra, 8 de septiembre de 2026.- La Jefa de la Dependencia del Área de Industria y Energía, Lara Fernández Martínez.