A los efectos de lo establecido en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en los artículos 124 y 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se vuelve a someter a información pública la solicitud de autorización administrativa previa (AAP) y declaración de impacto ambiental (DIA) del proyecto del parque eólico Valentina, de 90 MW, para su hibridación con la instalación solar fotovoltaica Valentina Solar, de 60,382 MW, y de una parte de su infraestructura de evacuación, en los términos municipales Rosinos de la Requejada, Espadañedo y Asturianos, en la provincia de Zamora.
Antecedentes del proyecto:
1. La Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Zamora comenzó en abril de 2025, a los efectos de lo establecido en la Ley 21/2013, en la Ley 24/2013, y en el Real Decreto 1955/2000, la tramitación de la solicitud de autorización administrativa previa (AAP) y declaración de impacto ambiental (DIA) del proyecto del parque eólico Valentina, de 90 MW, para su hibridación con la instalación solar fotovoltaica Valentina Solar, de 60,382 MW, y de una parte de su infraestructura de evacuación, en los términos municipales Rosinos de la Requejada, Espadañedo y Asturianos, en la provincia de Zamora. Dicha tramitación incluyó, entre otros trámites, la publicación del anuncio de información pública en el Boletín Oficial del Estado («BOE» núm. 109, de 6 de mayo de 2025) y en el Boletín Oficial de la provincia de Zamora («BOP» de la provincia de Zamora núm. 51, de 7 de mayo de 2025), así como las correspondientes consultas a entidades afectadas.
2. Durante la tramitación del expediente, el organismo autonómico con competencia en materia de medio ambiente, la Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental de la Junta de Castilla y León, solicitó, para la evaluación del proyecto, el estudio de avifauna anual asociado al mismo.
3. Una vez finalizada la tramitación el expediente por parte del órgano tramitador, y sin que se hubiera emitido resolución alguna por parte de los órganos sustantivo y ambiental sobre la solicitud de AAP y DIA del proyecto, en fecha 13 de octubre de 2025, el promotor solicitó una nueva tramitación del proyecto, en la que se incluyese en la documentación técnica del expediente el informe anual de avifauna citado en el punto anterior. La documentación asociada a esta nueva solicitud de tramitación es idéntica a la presentada para la tramitación inicial, salvo por la incorporación del informe anual de avifauna que fue solicitado por la Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental de la Junta de Castilla y León en la tramitación inicial, así como por la inclusión de los archivos de cartografía georreferenciada del proyecto.
El proyecto que mediante el presente anuncio se somete a información pública es consecuencia de la solicitud del promotor de fecha 13 de octubre de 2025 de nueva tramitación del proyecto
El proyecto que mediante el presente anuncio se somete a información pública es por tanto idéntico al sometido a información pública en el Boletín Oficial del Estado núm. 109, de 6 de mayo de 2025 y en el Boletín Oficial de la provincia de Zamora núm. 51, de 7 de mayo de 2025.
Las características del proyecto objeto de la solicitud son las que se indican a continuación:
- Número de expediente: PEol-FV-256.
- Órgano competente, a los efectos de autorizar el proyecto objeto de la solicitud: Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
- Órgano ambiental, a los efectos de formular la preceptiva declaración de impacto ambiental por estar el proyecto sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria: Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
- Órgano tramitador, a los efectos del trámite de información pública, consultas y notificaciones: Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Zamora.
- Peticionario: Planta FV130, S. L. U., con NIF B88396262 y domicilio social en calle Princesa nº 2, planta 4ª, C.P. 28008, Madrid.
- Objeto de la solicitud: autorización administrativa previa (AAP) y declaración de impacto ambiental (DIA) del proyecto.
- Finalidad del proyecto objeto de la solicitud: producción de energía eléctrica y su evacuación a la red de transporte.
- Emplazamiento: términos municipales Rosinos de la Requejada, Espadañedo y Asturianos, en la provincia de Zamora.
- Presupuesto de ejecución material: 63.949.475,42 €.
- Instalaciones y actuaciones que forman parte del proyecto objeto de la solicitud y sus características principales:
o Parque eólico Valentina, de 90 MW de potencia instalada, y su sistema colector de líneas eléctricas 30 kV para su conexión con la subestación transformadora SET Valentina 220/30 kV.
Según documento "Anteproyecto hibridación parque eólico Valentina (90 MW)", visado n.º 0507/24 en fecha 04/10/2024 por el Colegio Nacional de Ingenieros ICAI.
Las características del parque eólico y su sistema colector son:
- Potencia instalada: 90 MW.
- Número total de aerogeneradores: 13.
- Potencia nominal de cada aerogenerador: 6,92 MW.
- Diámetro de rotor: 175 m.
- Altura de buje: 135 m.
- Tensión del sistema colector: 30 kV.
- N.º circuitos del parque (sistema colector): 13.
- Tipo de cable (sistema colector): RHZ1-OL 18/30kV 1x630 K Al H25.
- Centros de transformación: tipo liquid filled, 7,77 MVA, 0,69/30 kV.
- Altura de torres meteorológicas: 135 m.
No forman parte de este expediente el resto de infraestructuras de evacuación, entre las que se encuentran la subestación transformadora SET Valentina 220/30 kV, la línea de 220 kV que conecta la subestación transformadora SET Valentina 220/30 kV con la subestación colectora Arbillera 30/220 kV, la subestación colectora Arbillera 30/220 kV, la línea aérea-subterránea de 220 kV que conecta la subestación colectora Arbillera 30/220 kV con la subestación Arbillera 220 kV, y la subestación Arbillera 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, S. A. U., que es el punto de acceso y conexión final donde se evacuará la energía generada.
El parque eólico Valentina, de 90 MW, tiene proyectada su hibridación con la instalación solar fotovoltaica Valentina Solar, de 60,382 MW, en la subestación transformadora SET Valentina 220/30 kV.
Tanto la instalación solar fotovoltaica Valentina Solar, de 60,382 MW, como la subestación transformadora SET Valentina 220/30 kV, como la línea de 220 kV que conecta la subestación transformadora SET Valentina 220/30 kV con la subestación colectora Arbillera 30/220 kV, obtuvieron autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción mediante resolución de 23 de julio de 2024 de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico («BOE» núm. 200, de 19 de agosto de 2024, «BOP» de Zamora núm. 95, de 14 de agosto de 2024).
El proyecto objeto de la solicitud y el estudio de impacto ambiental podrán ser examinados en la Subdelegación del Gobierno en Zamora, sita en Plaza Constitución, 1, 49001 Zamora, así como en la web de la Delegación del Gobierno en Castilla y León, apartado Proyectos, Campañas e Información, a los efectos de que puedan formularse ante dicho órgano las alegaciones y observaciones que se consideren oportunas en el plazo de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, bien presencialmente en cualquier oficina de registro de la Administración, o bien en el registro electrónico general de la Administración General del Estado, disponible en el enlace https://rec.redsara.es, de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También podrá ser examinada la documentación relativa al proyecto objeto de la solicitud y al estudio de impacto ambiental en los siguientes enlaces:
- Documentación del proyecto, idéntica a la publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 109, de 6 de mayo de 2025 y en el Boletín Oficial de la provincia de Zamora núm. 51, de 7 de mayo de 2025:
https://run.gob.es/ioo322c4_ampl_plazo
- Informe anual de avifauna que fue solicitado por la Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental de la Junta de Castilla y León en la tramitación inicial:
https://run.gob.es/ioo5fcec_ampl_plazo
- Archivos de cartografía georreferenciada del proyecto:
https://run.gob.es/ioo6499a_ampl_plazo
La consulta presencial requerirá solicitar cita previa llamando al teléfono 980 75 91 18, en horario de 9h a 14h, o enviando un correo electrónico a industria_energia.zamora@correo.gob.es.
Atendiendo a los principios de economía, eficiencia y eficacia que deben regir el funcionamiento de las Administraciones Públicas y que se recoge, entre otros, en el artículo 103 de la Constitución Española, en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las alegaciones que se hubiesen presentado durante el anterior período de información pública (asociada, entre otros, al «BOE» núm. 109, de 6 de mayo de 2025) mantendrán plena validez y eficacia, integrándose en el presente expediente, sin necesidad de nueva presentación por parte de sus autores. Dichas alegaciones serán debidamente consideradas junto con las que, en su caso, se formulen en este nuevo trámite de información pública, ya que la documentación complementaria aportada por el interesado en este nuevo trámite no introduce modificaciones en el proyecto sometido a la citada anterior información pública.
Zamora, 21 de enero de 2026.- El jefe de la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Zamora, Alfredo Gómez Rodríguez.